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INSTITUTO DE DERECHO PROCESAL

***PRIMERA REUNIÓN***
SE INVITA A TODOS LOS COLEGIADOS INTERESADOS EN PARTICIPAR DEL INSTITUTO DE DERECHO PROCESAL A LA PRIMERA REUNIÓN QUE, A LOS FINES DE SU CONSTITUCIÓN, SE LLEVARÁ A CABO EL PRÓXIMO JUEVES 02 DE AGOSTO A LAS 19.00 HORAS EN CASA DEL FORO (Alvear 425).



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Invitación Jornada Previsional CASF

Jornada especial de Jubilaciones y Pensiones: Actualidad normativa y jurisprudencial, a realizarse el 10 de Agosto de 2018, a las 10,30 horas, en el Salón Juan Bautista Alberdi (3 de Febrero 2743, primer piso, Santa Fe), en cuyo marco se abordará a través de tres paneles el tema Jubilaciones y Pensiones. Actualidad normativa y jurisprudencial.

El programa prevé lo siguiente:

Panel 1: Reforma Previsional. Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Memorándum de compromiso con el FMI y el respeto a la Convención Interamericana de Protección de Adultos Mayores, adherida por nuestro país por Ley 27.360.

Panel 2: Análisis de fallos recientes de la Cámara Federal de Rosario. Cámara de Apelaciones de la Seguridad Social sobre cuestiones procesales vinculadas con medidas cautelares relacionadas con la Ley 27.260. Índices de Movilidad. La Ley 27.426. Reciprocidad. Continuidad de los sucesos en Juicio de reajustes.

Serán expositoras en dichos paneles las Dras. Liliana Coronel; Laura Primucci; Laura Sequeira; Érica Telo y Nora Zacarías.

Panel 3: Modificaciones a partir del dictado de la Ley 27.426. Movilidad del haber. Actualización de Remuneración y Artículo 252 de la Ley de Contrato de Trabajo. Expositora: Dra. Elsa Rodríguez Romero. Coordinadora General: Dra. Lidia Mercedes Quintana.

Las acreditaciones serán el día 10 de agosto a partir de las 10 horas, con inicio de las actividades a las 10,30. Costos: en general $ 400. Jóvenes Abogados (hasta 5 años de matrícula) y estudiantes: $ 200. Pre-inscripciones on line: www.casf.org.ar

Inscripciones: Se abonan al ingreso al momento de acreditarse.

Organizan esta Jornada el Instituto de Seguridad Social del Colegio de Abogados de Santa Fe y el Instituto de Derecho Previsional del Colegio de Abogados de Rosario.

 

 

 


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PNL RAFAELA 2018- Más allá de las CREENCIAS » Daniel OIL – 28 y 29 de julio – Módulo abierto

Richard Bandler, uno de los creadores de la PNL, dice «Tus creencias no están hechas de realidades, sino más bien, es tu realidad la que está hecha de tus creencias.» Y cuando las CREENCIAS se conectan con los VALORES y juntos se van alineando con la IDENTIDAD, se puede vivir más congruente y saludablemente. Esta es la propuesta de PNL Rafaela de este mes.

 

 

Correo : amaliamaine@gmail.com y pnlrafaela@gmail.com
Estaremos trabajando entonces creencias, valores y las metáforas de identidad en el Modelado.

Además, estos temas:

Los Niveles de Aprendizaje y Cambio

Alineación en los Niveles

El Nivel de las Creencias

Identidades Metafóricas.

Estructura Lingüística.

Deconstrucción y Transformación.

Modelando en los Niveles de Dilts.

La Identidad, una y múltiple.

Más allá de las Creencias y los Mapas de Identidad.

El docente: DANIEL OIL

Master Trainer en PNL, NLP University – Santa Cruz, California
Coach Ontológico Profesional
Certified NLP Coach, The Society of NLP
Formado en Hipnosis Ericksoniana y Trance Generativo con Stephen Gilligan.
Generative Coaching Certification IAGC (Robert Dilts & Stephen Gilligan)
Representante Regional de la  I.A.G.C  para Latinoamérica

Co-creador y Facilitador  en Conciencia Generativa

Docente Senior de la Escuela Argentina de PNL y Coaching
Co-creador de Tiempo de Magos, espacio de entrenamiento en Hipnosis Ericksoniana y Trance Generativo, dictado en Argentina y Latinoamérica.
Miembro de la Asociación de Programación Neurolingüística de
Argentina (A.P.N.L.).
Miembro fundador y co-director de la Red Latinoamericana de P.N.L.
Miembro de la GTC- Global Nlp Training and Consulting Community.

 

Fechas: sábado 28 y domingo 29 de julio, de 9 a 18.

Lugar: SUM del Colegio de Abogados ( Alvear y Buenos Aires) RAFAELA

Destinado a: 
Público en general: profesionales, docentes, terapeutas, empresarios, comerciantes, estudiantes universitarios y todos aquellos que estén interesados en sumar recursos, técnicas y estrategias cada vez más funcionales tanto en la vida personal, profesional, laboral y organizacional.

Bonificación especial a miembros de asociaciones pertenecientes al Foro de Entidades Profesionales, a estudiantes universitarios; a grupos. Reserva tu lugar haciendo una seña en Saavedra 531, de 8 a 12.30 y de 15.30 a 19.30 o contactándonos a los miembros del equipo.

Les recordamos que este entrenamiento cuenta con el aval de la Red Latinoamericana de PNL, de la que Rafaela es Nodo.

ABIERTO a todos los que quieran sumarse, sin requerimientos de conocimientos previos.

Estamos disponibles para cualquier consulta. Te esperamos.
PNL Rafaela
Andrea Rodich, David Heinzmann, Carlos Reinaudi, Gisela Albarrán y Amalia Maine.

CONTACTOS: 

Correo : amaliamaine@gmail.com y pnlrafaela@gmail.com
Facebook: PNL Rafaela
Gisela 3492 563197
David 3492 669506
Amalia 3492 648926


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Anteproyecto de Código Procesal Civil y Comercial

Anteproyecto de Código Procesal Civil y Comercial

En el sitio web de la reforma (http://www.santafe.gov.ar/cpcc/) ya se encuentran disponibles tres documentos referidos al Anteproyecto de Código Procesal Civil y Comercial (http://www.santafe.gov.ar/cpcc/anteproyecto.php) a saber:

– Agradecimientos
– Mensaje
– Anexo

Sin más, los saludamos atentamente.
Secretaría Privada
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos



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PLAN DE REGULARIZACIÓN DE APORTES – CAJA FORENSE

El Directorio de la Caja Forense informa que a partir del 1º de Agosto se implementa un “Plan de Regularización de Aportes”, con el propósito de que todos los afiliados –beneficiarios, y no beneficiarios- cuenten con un instrumento ágil para cancelar deudas por aportes en juicios con la Caja, contribuyendo al sustento del sistema solidario de la seguridad social, y con ello a optimizar el acceso a los beneficios institucionales, de manera directa, integral y personalizada, cumpliendo así, uno de los propósitos de nuestra ley.
Los destinatarios de este plan son los afiliados -beneficiarios, y no beneficiarios-, que registren deudas a la fecha de la entrada en vigencia del presente plan, y que reciban comunicación vía e-mail de esta entidad con detalle de saldos adeudados en concepto de aportes.
Para mayor información, Ud. podrá comunicarse con la Sección Fiscalización Externa de Caja Forense a los teléfonos (0342-4593123/67 – 4597760 – Interno: 337), ó al mail: fiscexterna@cajaforensesantafe.org.ar
Atte. Directorio Caja Forense



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Circular nro. 72. Personal que prestará servicios durante la Feria Judicial de la Estación Invernal.

Circular nro. 72. Personal que prestará servicios durante la Feria Judicial de la Estación Invernal.

La nómina completa podrá descargarse desde el siguiente enlace:  http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5694

 

 

Circular Nro. 72/18.-

 

Santa Fe, 04 de julio de 2018.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S                    /                    D

 

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 3.7.18, Acta N° 24, punto 7), la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

 

PERSONAL QUE PRESTARÁ SERVICIOS DURANTE LA FERIA JUDICIAL DE LA ESTACIÓN INVERNAL DE 2018.

 

VISTAS: Las nóminas de magistrados, funcionarios, empleados y personal de servicio, confeccionadas de acuerdo con la reglamentación vigente en la materia por las Secretarías de este Tribunal de Santa Fe y Rosario, en las que se especifican los agentes de las Circunscripciones Judiciales 1, 2, 3, 4 y 5 que desempeñarán sus funciones durante la feria judicial de la estación invernal del corriente año, en los respectivos Distritos y Circuitos comprendidos en las mismas. Que en virtud de lo expuesto, atento las prescripciones del artículo 248 de la ley 10.160, y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General,

 

SE RESUELVE: Aprobar las nóminas y ordenar sean agregadas al final de la presente y como parte integrante del acta, estableciendo que el personal designado gozará de la licencia compensatoria respectiva de acuerdo con lo prescripto por el artículo 253 del mencionado texto legal y el criterio rector establecido por este Cuerpo en la reglamentación vigente en la materia.

 

Fdo. GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS –Secretario–”.

 

Se transcribe, al pie de la presente la nómina de personal que actuará en la Feria de la estación invernal de 2018.

 

Sin otro particular lo saluda atentamente.

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno




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DTRC 9/2018 Suspensión de plazos registrales / Acordada 161/2018 Poder Judicial de la Nación. Autoridades de la Feria Judicial.

DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 09
Santa Fe y Rosario, 26 de Junio de 2018.
VISTO:
El paro de actividades dispuesto por la C.G.T al que adhirió la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION, Regional Santa Fe, el día 25 de junio del corriente año.; y
CONSIDERANDO QUE:
El mencionado paro afectó directamente la acitvidad registral, alterando la normalidad del ingreso y del curso de los plazos registrales que rigen para distintos trámites.
La Ley 9263 y la Resolución Ministerial de Gobierno Nº 981/83 autorizan a los Directores de los Registros Generales de Santa Fe y Rosario a suspender plazos registrales cuando existan circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor, y dicho paro configura una de tales situaciones de excepción en relación a eventuales vencimientos de plazos registrales.
Por ello y lo establecido en dicha Ley y Resolución, en el artículo 75 de la Ley 6435 y Decreto nro. 0772/2018
LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL, LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO GENERAL
ROSARIO.
DISPONEN:
1 – Suspender, sin perjuicio de terceros, los plazos registrales establecidos en la Ley 6435 desde las (0) horas del día 25 de junio de 2018 hasta las 24 horas del mismo día, para aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese período y las inscripciones, anotaciones y documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación
se cumpliera durante dicha suspensión.
2 – Regístrese, notifíquese, comuníquese al Poder Judicial y Colegios Profesionales vinculados con la actividad del Registro, hágase conocer al público en general mediante copias puestas de manifiesto en las Oficinas de esta Repartición, y archívese en el protocolo de Disposiciones Técnico Registrales.

Fdo: Dra. NATALIA M. CARRANZA -Directora Provincial Registro General- Dra. GRACIELA GIMENEZ -Directora General del Registro General Santa Fe- Dr. MIGUEL ANGEL LUVERA -Director General del Registro General Rosario-

************************************************************

Poder Judicial de la Nación
Acordada nº161 /2018.
DESIGNACIÓN DE LAS AUTORIDADES PARA LA FERIA JUDICIAL DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2018.
En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones;
Y VISTO:
Lo dispuesto por el art. 115 del Reglamento para la Justicia Nacional.
En su mérito, ACORDARON:
I) Designar las autoridades de esta Cámara Federal y de los Tribunales dependientes de su jurisdicción que se desempeñarán durante la Feria Judicial del mes de Julio de 2018:

CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES:
del 10 al 16: Dra. Elida Isabel VIDAL.
del 10 al 16: Dr. Aníbal PINEDA.
del 17 al 23: Dr. José Guillermo TOLEDO.
del 17 al 23: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ.
del 10 al 23: Dr. Edgardo BELLO.

PRESIDENTES DE FERIA:
del 10 al 16: Dra. Elida Isabel VIDAL.
del 17 al 23: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ.

SECRETARIOS DE CAMARA:
del 10 al 23: Araceli PROVENS y María Victoria RUIZ.
del 10 al 13 : Verónica VILLATTE.
del 10 al 13: Raquel BOLZICO.
del 10 al 15: Milagros CABAL.
del 16 al 23: Roberto Félix ANGELINI.
del 16 al 23: Eleonora PELOZZI .
del 16 al 23 : Valeria MALGIOGLIO.

JUZGADOS FEDERALES Nº 1 y 2 DE ROSARIO:
del 10 al 15: Dr. Marcelo Martín BAILAQUE.
del 16 al 23: Dra. Sylvia R. ARAMBERRI.

JUZGADOS FEDERALES Nº 3 Y 4 DE ROSARIO
del 10 al 23: Dr. Marcelo Martín BAILAQUE.

JUZGADOS FEDERALES DE SANTA FE:
del 10 al 23: Dr. Reinaldo Rubén RODRIGUEZ

JUZGADO FEDERAL DE RAFAELA:
del 10 al 16: Dr. Reinaldo Rubén RODRIGUEZ
del 17 al 23: Dr. Miguel Eugenio ABÁSOLO.

JUZGADOS FEDERALES DE SAN NICOLÁS:
del 16 al 22: Juzgados Federales Nº 1 y 2: Dr. Carlos VILLAFUERTE RUZO.
del 23 al 25: Juzgado Federal Nº 1: Dra. Sylvia R. ARAMBERRI.
del 26 al 27: Juzgado Federal Nº 1: Dr. Aurelio CUELLO MURÚA.
del 23 al 27: Juzgado Federal Nº 2: Dr. Marcelo Martín BAILAQUE.

JUZGADO FEDERAL DE VENADO TUERTO:
del 10 al 15: Dr. Carlos VILLAFUERTE RUZO.
del 16 al 19: Dra. Sylvia R. ARAMBERRI.
del 20 al 23: Dr. Marcelo Martín BAILAQUE.

II) Disponer que las autoridades designadas nombrarán el personal que los secundará.
III) Fijar el horario de atención al público de 7 a 13 horas.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia y se comunique, por ante mí que doy fe.- (firmado) Dres. Elida I. VIDAL – Fernando L. BARBARÁ – Aníbal PINEDA – José Guillermo TOLEDO -Edgardo A. BELLO- Jorge Sebastián GALLINO (Subrogante) – Jueces de Cámara – Diana A. Latini -Prosecretaria de
Cámara.-




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TRIBUNALES FEDERALES DE LAS CIUDADES DE ROSARIO, SANTA FE, RAFAELA Y VENADO TUERTO – RECESO JUDICIAL MES DE JULIO 2018

ACORDADA 150/2018 - PODER JUDICIAL DE LA NACION

ESTABLECIENDO EL RECESO JUDICIAL DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2018 PARA LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LAS CIUDADES DE ROSARIO, SANTA FE, RAFAELA Y VENADO TUERTO

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones.

Y VISTO: 
Lo dispuesto por las Acordadas nº 53/73 y 16/18 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación. 

Y CONSIDERANDO: 
Que esta Cámara debe fijar la feria judicial para los Tribunales Federales de la jurisdicción en la provincia de Santa Fe, guardando coincidencia con las vacaciones escolares.
En su mérito, 

ACORDARON:  
I) Establecer para los Tribunales Federales de las ciudades de Rosario, Santa Fe, Rafaela y Venado Tuerto, Feria Judicial a partir del día 10 de julio del corriente año, por el término de diez (10) días hábiles. 

II) Fijar el horario para la atención al público, de lunes a viernes, de 7  a 13 horas. 

III) Disponer que las autoridades designadas nombrarán el personal que los secundará. 

Todo lo cual dispusieron, ordenando se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia y se comunique, por ante mí que doy fe. (firmado) Dres. Elida I. VIDAL - Fernando L. BARBARÁ – Aníbal PINEDA – José Guillermo TOLEDO -Edgardo A. BELLO- Jorge Sebastián GALLINO (Subrogante) -  Jueces de Cámara - Raquel N. BOLZICO. Secretaria de Superintendencia.-                                                                              


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Suspensión de términos procesales y audiencias en las sedes judiciales de la Provincia de Santa Fe.

La Oficina de Prensa, Difusión y RR. II del Poder Judicial de Santa Fe hace saber que por resolución de la Presidencia de la Corte Suprema de Santa Fe, se dispuso la suspensión de los términos procesales y audiencias para el día 25 de junio de 2018, en las sedes judiciales de toda la Provincia.

Ello, en virtud de la situación de paro nacional de actividades del día de la fecha, que obsta el normal desenvolvimiento de la actividad judicial en los Tribunales de la Provincia, y afecta especialmente el desarrollo de las tareas propias de los profesionales del foro.

Cabe destacar, que la medida aludida no afecta  las actividades que los respectivos responsables de las unidades jurisdiccionales dispongan realizar y de los actos que mediando consentimiento de las partes se ejecuten.

Santa Fe, 25 de junio de 2018.
Prensa / Poder Judicial de Santa Fe

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5681



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REUNION DE LOS CINCO COLEGIOS DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA.

Importante reunión de los cinco Colegios de Abogados de la Provincia.

	El pasado 23 de mayo se celebró, en la ciudad de Rafaela, la 2da.
reunión de Colegios de Abogados de la provincia.

	En la oportunidad, representantes de las cinco Circunscripciones
debatieron diversos temas que hacen al ejercicio profesional y al avance del
tratamiento de diferentes reformas legislativas.

	Finalizado el encuentro, arribaron  a las siguientes conclusiones:

	Se decidió remitir comunicaciones a los diferentes poderes
provinciales en relación con los siguientes temas:

·         Pronto tratamiento del proyecto de reforma del Código Procesal
Laboral de la Provincia de Santa Fe (Expte. N° 33.901, ingresado en el año
2017) atento a la necesidad imperiosa de poder acercar los derechos del
trabajador a la tutela judicial efectiva, lo que, además, optimizará el
servicio de justicia en el fuero laboral.

·         Planteada la necesidad de la reforma de la Constitución de la
Provincia de Santa Fe, los Cinco Colegios de Abogados solicitan se incorpore
a la misma: a.-) con jerarquía constitucional, la conformación del Consejo
de la Magistratura, con justo equilibrio de todos los estamentos que lo
componen y estableciendo los criterios de selección de Jueces; b.-) que se
garantice la jerarquía constitucional de las Cajas Jubilatorias
Profesionales;   

·         Destacar la decisión política de llevar adelante la Reforma del
Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Valorando el
procedimiento empleado para la reforma, el cual asegura la participación de
los diferentes actores estatales y no estatales involucrados en la misma,
fundamentalmente de los Colegios de Abogados que representamos. 

·         Reiterar la posición institucional de los cinco Colegios con
respecto de las leyes de Matrícula Federal y Consejo de la Magistratura de
la Nación, impulsadas por la Federación Argentina de Colegios de Abogados
(F.A.C.A.).-

·         Manifestar a la C.S.J. tenga a bien arbitrar los mecanismos
necesarios tendientes a comunicar de manera inmediata los incrementos que se
vayan generando en la Unidad JUS. Motiva la presente la honda preocupación
que generan en los colegiados que representamos la aplicación retroactiva de
dichos incrementos.

·         Solicitar a la Suprema Corte de Justicia de la provincia que los
Colegios de Abogados puedan intervenir en el procedimiento de designación de
empleados y funcionarios judiciales.

·         Los cinco Colegios manifiestan preocupación y solidaridad por la
crítica situación que atraviesa el servicio de justicia de la provincia de
Santa Fe en la IV Circunscripción Judicial y en el Distrito Nro. 14 de la
2da.  Circunscripción Judicial. Se solicita a las autoridades políticas la
urgente adopción de medidas que tienda a revertir el déficit institucional
existente.





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Agradecimiento a Colegiados – Participación en elecciones Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe.

Estimados colegiados:

El Directorio agradece la importante participación en las elecciones de la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la provincia de Santa Fe del pasado viernes 08, gracias a la cual este Colegio cuenta con una representante en esa entidad. La Abog. Mariel Tschieder (síndico titular) será nuestra voz en el Directorio de la Caja para evacuar todo tipo de consultas e inquietudes de nuestros colegiados.

Atte.

Colegio de Abogados.



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Sistema de autoconsulta de exptes.

Circular nro. 62. Incorporación de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo de la Nación al Sistema de Autoconsulta de expedientes.

Circular en extenso http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5659




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Informativa C.S.J. de la provincia de Santa Fe.

ACTA N° 17: En la ciudad de Santa Fe, a los veintidós días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, se reunió en Acuerdo Ordinario la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia, presidida por su titular Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ, e integrada por los señores Ministros, Dres. DANIEL ANÍBAL ERBETTA, ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO, MARÍA ANGÉLICA GASTALDI y MARIO LUIS NETRI, y con la asistencia del señor Procurador General, Dr. JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE, a fin de considerar lo siguiente:

3) RÉPLICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN JUDICIAL EN LAS CÁMARAS DE APELACIÓN EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES N° 3, 4 Y 5; JUZGADOS EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LOS DISTRITOS JUDICIALES N° 3 A 20, JUZGADOS DE FAMILIA Y DE CIRCUITO DE LA PROVINCIA (CUIJ: 21-17531772-1 – Expte. C.S.J. N° 1357/2017).

El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 21 de mayo del corriente año, dictó la siguiente resolución: «… VISTAS: Las actuaciones caratuladas “Réplica del Sistema de Gestión Judicial en las Cámaras de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de las Circunscripciones Judiciales N° 3, 4 y 5; Juzgados en lo Civil, Comercial y Laboral de los Distritos Judiciales N° 3 a 20, Juzgados de Familia y de Circuito de la Provincia” (Expte. C.S.J.N° 1357/2017 – CUIJ N° 21-17531772-1) y;

 

CONSIDERANDO:

 

  1. I) Que en el marco del Proyecto de Modernización y Transformación Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, y en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y prácticas de estos tiempos, se han venido incorporando paulatinamente nuevas tecnologías. En este sentido, corresponde hacer referencia en primer lugar a los antecedentes relacionados con la Licitación Pública Internacional N° 10.

En virtud de la misma y a través de recursos de financiamiento externo, se adjudicó por contrato suscripto por la Provincia de Santa Fe con la Empresa Indra SI S.A., el diseño, fabricación, prueba, entrega y puesta en servicio de un nuevo “Sistema de Gestión Judicial” (Lote 1 Ítem 1), ajustado a las necesidades de este Poder Judicial, con provisión del hardware necesario. De resultas de dicha ejecución, el sistema fue instalado y puesto en funcionamiento en los órganos designados oportunamente como “pilotos” -cada uno de los cuales respondió a un Juzgado tipo por Fuero e Instancia, excepto Fuero Penal-, en los Registros de los Fueros Civil y Comercial y Penal, y en los Archivos Generales de Tribunales (correspondientes al Ítem 2); todos los cuales totalizaron 24 dependencias modelos implementadas.

 

  1. II) En orden a lo mencionado, y a fin de dar continuidad al Proyecto Integral -que trasciende los términos previstos en la Licitación y contratación antes referida-, el Poder Judicial consideró propicio iniciar la puesta en funcionamiento del nuevo Sistema de Gestión Judicial en el resto de los órganos jurisdiccionales de la Provincia, en distintas etapas denominadas de “Réplica”. La primera de ellas fue comprensiva de 30 dependencias -28 Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de los Distritos Judiciales N° 1 y 2 y sus Mesas de Entradas Única-. La segunda fase abarcó 31 unidades jurisdiccionales, correspondientes a los Juzgados en lo Laboral, y Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial y en lo Laboral de Santa Fe y Rosario, junto a sus Mesas distribuidoras; y los Registros Públicos de Comercio de la Provincia, en la parte concerniente a la gestión de Mesa de Entradas. Asimismo, en la tercera etapa, se ha avanzado con 62 dependencias, comprensiva de los demás órganos considerados “modelo” en la Licitación anteriormente citada, a saber: Tribunales Colegiados de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, Juzgados de Circuito y de Ejecución de Circuito -y sus respectivas Mesas distribuidoras-, y las Cámaras de Circuito y de lo Contencioso Administrativo, todos ellos de Santa Fe y Rosario; y los Juzgados de Menores, de Faltas y en lo Laboral, y Salas de Efectos Secuestrados de la Provincia. A lo cual se suma, además, la digitalización de las Mesas de Entradas y de los trámites y actuaciones que involucra la Gestión de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia Provincial.

 

III) Que, en virtud de lo expuesto, el Poder Judicial se encuentra encaminado en proseguir con la extensión del Sistema informático integral “SISFE” a los demás órganos jurisdiccionales con asiento en los restantes Circuitos y Distritos de la Provincia, y cuyos modelos del fuero no estaban previstos en la Licitación supra referida, en una cuarta etapa comprensiva de 74 dependencias.

 

  1. IV) Que, en la continuidad de las actividades según la planificación integral de este Proyecto, teniendo en cuenta los antecedentes mencionados, y encontrándose informatizado con el Nuevo Sistema de Gestión Judicial la totalidad del Fuero de Circuito (tanto en Primera como en Segunda Instancia) de Santa Fe y Rosario, como así también los Juzgados de Circuito de Venado Tuerto y Rafaela, se está en condiciones de continuar con su ejecución en los demás Juzgados de Circuito de la Provincia. Que, en este sentido, y como ya se mencionara oportunamente, la informatización a llevar a cabo alcanza al sistema en el cual se realiza la registración de las causas civiles y comerciales, y en su caso, laborales, que son de conocimiento de dichos Juzgados, conforme la competencia material y cuantitativa que les atribuye la legislación vigente.

Es así que, en la fase inicial de esta cuarta etapa, por Acuerdos del 20.2.2018, 27.2.2018, 7.3.2018, 20.3.2018, 3.4.2018, 16.4.2018 y 15.5.2018 la Corte Suprema de Justicia ha resuelto la puesta en funcionamiento del nuevo Sistema de Gestión de Expedientes en los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de Santo Tomé, Laguna Paiva, Esperanza, Gálvez, San Justo, Vera y Avellaneda a partir del 26.2.2018, 5.3.2018, 12.3.2018, 19.3.2018, 9.4.2018, 23.4.2018 y 21.5.2018 respectivamente; por Acuerdo del 13.3.2018 ordenó lo propio respecto de los Juzgados de Circuito de Coronda y Arroyo Seco, a partir del 19.3.2018; y por Acuerdo del 27.3.2018 lo hizo respecto de los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de San Cristóbal y Villa Gobernador Gálvez, a partir del 3.4.2018. Que asimismo, por Acuerdo del 10.4.2018 ha dispuesto su puesta en marcha en los Juzgados de San Javier y Cañada de Gómez,a partir del 16.4.2018; y por Acuerdo del 24.4.2018 lo hizo respecto de los Juzgados de Circuito de Ceres y Las Rosas, a partir del 2.5.2018, y en esta misma fecha se resolvió la puesta en funcionamiento del Juzgado de Circuito de Reconquista, a partir del 7.5.2018. Así también, por Acuerdo del 8.5.2018 se dispuso lo propio respecto de los Juzgados de Circuito de Villa Ocampo y Casilda, a partir del 14.5.2018. Que, teniendo en cuenta lo expuesto, y en el mismo orden de lo antes mencionado, corresponde en esta oportunidad iniciar la implementación efectiva del Sistema de Gestión de Expedientes -en las materias civil y comercial, y laboral-, en los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de San Vicente y San Lorenzo, quienes comenzarán a operar el mencionado sistema a partir del 28 de mayo del corriente año, en reemplazo del sistema informático existente respecto de las materias mencionadas; todo ello, sin mediar prueba en paralelo del mismo, con la correspondiente capacitación intensiva y soporte de atención a usuarios; y proveyéndose los elementos técnicos necesarios a tales fines (escáneres y lectores de código de barras). Que, por otra parte, y como ya lo mencionara el Alto Cuerpo, teniendo en cuenta que este nuevo sistema identifica de manera única y unívoca cada expediente a lo largo de su proceso y que se representa a través de un Código Único de Identificación Jurídica (CUIJ) y, dado que actualmente en este Poder Judicial cada organismo asigna una identificación propia de cada expediente cuando la causa llega a su ámbito de acción, corresponde dejar sin efecto dicha formalidad en las dependencias judiciales antes aludidas, comenzando a utilizar únicamente la registración propia del nuevo Sistema de Gestión Judicial. Que, asimismo, la modalidad de impresión de carátula con código de barra torna aconsejable su protección, por lo que resulta necesario exceptuar a los Juzgados de Circuito de San Vicente y San Lorenzo, de lo dispuesto mediante Acta Nro. 26 Punto 1 del 1.7.1998, y disponer que comenzará a utilizarse en esas dependencias judiciales una carátula de PVC 400 grs., color negro, con cubierta cristal de 360 x 225 mm más solapa de 45 x 225 mm. Que, así también, dado que los Archivos Generales de las ciudades de Santa Fe y Rosario cuentan con un nuevo Sistema de Gestión desde el 12 de octubre de 2010, corresponde que los órganos jurisdiccionales mencionados utilicen la nueva modalidad de envío de remesas prevista, quedando sin efecto por tanto la utilizada hasta el momento.

 

  1. V) Que, por otra parte, atento a que el sistema de gestión de causas cuenta con la modalidad de “Autoconsulta Online”, y en aras de seguir brindando un mejor servicio de justicia, resulta conveniente proceder a incorporar a los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de San Vicente y San Lorenzo al Sistema de Autoconsulta de Expedientes del Poder Judicial. Siendo así, se deberá poner en conocimiento de los Colegios de Abogados y Procuradores y demás Colegios Profesionales Auxiliares de la justicia y de la comunidad toda, que para la consulta de expedientes de los órganos jurisdiccionales aludidos, deberán ingresar por internet a la página oficial de este Poder -como lo hacen habitualmente para la consulta de expedientes- y seleccionar el link que haga referencia a “Nuevo Sistema de Gestión Judicial – Juzgados de Primera Instancia de Circuito”. Igualmente, y en tanto las consultas se realicen desde los puestos de autoconsulta instalados en los edificios de los Tribunales Provinciales, deberán seleccionar “Consulta Juzgados – Nuevo Sistema de Gestión Judicial”.

 

Que, teniendo en cuenta todo lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

 

RESUELVE:

1) Poner en conocimiento de la Excma. Corte Suprema de Justicia lo actuado en el marco del Proyecto de Réplica, dentro del Proyecto Integral de Modernización del Poder Judicial.

 

2) Disponer que los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de San Vicente y San Lorenzo comiencen a operar el Sistema de Gestión de Expedientes, en reemplazo del actual sistema informático -en las materias civil y comercial, y laboral-, a partir del 28 de mayo del corriente año, utilizándose de modo exclusivo a los fines de la registración e identificación de los expedientes el Código Único de Identificación Jurídica (CUIJ).

 

3) Disponer que las mencionadas dependencias judiciales utilicen la nueva carátula descripta en los Considerandos precedentes, exceptuándola a esos fines de lo dispuesto mediante Acta 26 Punto 1 del 1.7.1998.

 

4) Autorizar que los mencionados órganos jurisdiccionales utilicen la nueva modalidad de envío de remesas prevista, quedando sin efecto a esos fines la utilizada hasta el momento.

 

5) Disponer como fecha de puesta en funcionamiento del Sistema de Autoconsulta para los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de San Vicente y San Lorenzo, la del 28 de mayo de 2018, en la modalidad establecida.

 

6) Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo, librándose las comunicaciones pertinentes. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA).» Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo.

 


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Circular nro. 60. Llamado a concurso para 1 cargo de Fiscal de Cámara para la Circunscripción Judicial nro. 5.

Santa Fe, 31 de mayo de 2018.

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

 

Para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de esa dependencia, me dirijo a Ud. a fin de comunicarle que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 29 de mayo de 2018, Acta N° 18, punto 9, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, dispuso llamar a Concurso para la provisión del siguiente cargo:

 

UN CARGO DE FISCAL DE CÁMARAS DE APELACIÓN PARA LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL N° 5.

 

Carácter del concurso: Abierto, de antecedentes y en su caso, de oposición.

 

Requisitos:

  1. a) Poseer ciudadanía argentina;
  2. b) Mayor de treinta años de edad;
  3. c) Título de abogado debidamente certificado;
  4. d) Diez años de ejercicio de la profesión de abogado o de la magistratura;
  5. e) Residencia no menor de dos años en la Provincia si no hubieren nacido en ella;
  6. f) Buenos antecedentes de conducta, acreditados con el Certificado respectivo otorgado por la Policía de la Provincia;
  7. g) Certificación de la Oficina Judicial correspondiente de no hallarse incluido en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;

 

Período de inscripción: Del 18 al 29 de junio de 2018, ambas fechas inclusive, debiendo los interesados presentar las respectivas solicitudes -en el formulario confeccionado al efecto-, ante la Secretaría de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia en Santa Fe, mencionando y acompañando, en su caso, todos los antecedentes que estimen convenientes, los que deberán ser retirados dentro del plazo de dos meses una vez resuelto el concurso.

 

Exámenes de oposición: En caso de así disponerse, oportunamente se designarán las fechas para los exámenes de oposición.

 

Entrevistas Personales: Asimismo, en su oportunidad se designará la fecha para la recepción de entrevistas personales a los postulantes inscriptos que reúnan las exigencias legales y reglamentarias.

 

El concurso precedente se realizará de acuerdo a las prescripciones contenidas en el Reglamento vigente para la provisión de Cargos de Funcionarios en el Poder Judicial.

 

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno

 

Formulario de inscripción:    CI-60-18-formulario de inscripcion

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5652


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Circular nro. 58. Aumento de la Unidad Jus prevista en el art. 32 de la Ley 12.851 – HONORARIOS PROFESIONALES

Circular nro. 58. Aumento de la Unidad Jus prevista en el art. 32 de la Ley 12.851
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5649

Circular Nro. 58/18.-
 
Santa Fe, 30 de mayo de 2018.-

Señor
Titular del Órgano Jurisdiccional
S                       /                       D
 
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 29.5.2018, Acta Nro. 18, punto 3, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

INFORME DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- El señor Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. EDUARDO MARCOS PEDRO BORDAS informa que, atento las prescripciones de los arts. 92 de la Constitución Provincial y 217 de la ley 10.160 (t.o. según Decreto N° 0046/98) y conforme facultades conferidas (vid Acuerdo del 20.10.99, Acta Nro. 41, punto único), da cuenta de una resolución de fecha 28.5.2018 mediante la cual, atento a la delegación que le confirió el Cuerpo en Acuerdo del 10.6.2008, Acta N° 23, punto 6, apartado V, estableció que el monto de la Unidad Jus prevista en el artículo 32 de la ley 12.851, es de $ 2166,23 a partir del 1.4.2018. Por todo ello, y oído el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. Fdo: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).





MONTO ACTUALIZADO DE LA UNIDAD JUS ART. 32 DE LA LEY 12851

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=3791


$2.166,23 a partir del 1/4/2018 - Dispuesto por la Corte Suprema de Justicia en Acuerdo Ordinario celebrado el 29/5/2018, Acta 18, punto 3.


Montos precedentes:
$1.969,30 a partir del 1/1/2018 - Acuerdo del 8/5/2018, Acta 15, punto 3.
$1.875,53 a partir del 1/6/2017 - Acuerdo del 25/7/2017, Acta 29, punto 3.
$1.705,02 a partir del 1/3/2017 - Acuerdo del 9/5/2017, Acta 16, punto 2.
$1.550,02 a partir del 01/10/2016 - Acuerdo del 14/11/2016, Acta 48, punto 2.
$1.383,95 a partir del 01/06/2016 - Acuerdo del 21/06/2016, Acta 25, punto 3.
$1.203,43 a partir del 01/01/2016 - Acuerdo del 14/03/2016, Acta 10, punto 2.
$1.094,03 a partir del 01/10/2015 - Acuerdo del 24/11/2015, Acta 49, punto 1.
$994,57 a partir del 01/06/2015 - Acuerdo del 30/06/2015, Acta 26, punto 1.
$904,16 a partir del 01/01/2015 - Acuerdo del 28/04/2015, Acta 16, punto 2.
$821,96 a partir del 1/10/2014 - Acuerdo del 18/11/2014, Acta 50, punto 2.
$747,23 a partir del 1/6/2014 - Acuerdo del 29/7/2014, Acta 33, punto 3.
$649,77 a partir del 1/3/2014 - Acuerdo del 29/4/2014, Acta 17, punto 3.
$590,70 a partir del 1/12/2013 - Acuerdo del 11/2/2014, Acta 4, punto 6.
$562,57, a partir del 1/7/2013 - Acuerdo del 1/10/2013, Acta 40, punto 3.
$511,43, a partir del 1/3/2013 - Acuerdo del 28/5/2013, Acta 19, punto 2.
$464,94 a partir del 1/1/2013 - Acuerdo del 13/2/2013, Acta 3, punto 3.
$442,80, a partir del 1/11/2012 - Acuerdo del 13/2/2013, Acta 3, punto 3.
$421,71, a partir del 1/7/2012 - Acuerdo del 3/9/2012, Acta 39, punto 2.
$383,37, a partir del 1/1/2012 - Acuerdo del 15/5/2012, Acta 22, punto 2.
$331,92, a partir del 1.10.2011 y en $ 348,52, a partir del 1.11.2011; Acuerdo del 14.2.2012, Acta Nro. 4, punto 5.
$316,12, Acuerdo del 20.7.2011 - Acta Nro. 36, punto 2, desde el 1.5.2011.
$287,38, Acuerdo del 12.4.2011, Acta Nro. 16, punto 3, desde el 1.3.2011.
$261,25 - Acuerdo del 22.12.2010, Acta Nro. 61, punto 2, desde el 1.12.2010.
$237,50 - Acuerdo del 27.7.2010, Acta Nro. 28, punto 2, desde el 1.7.2010.
$219,91 - Acuerdo del 27.7.2010, Acta Nro. 28, punto 2, desde el 1.5.2010.
$205,52 - Acuerdo del 9.3.2010, Acta Nro. 6, punto 2, desde el 1.1.2010.
$186,84 - Acuerdo del 9.9.09, Acta Nro. 39, punto 3, desde el 1.9.09.
$177,94 - Acuerdo del 24.6.09, Acta Nro. 24, punto 3, desde el 1.5.09.
$161,76 - Acuerdo del 11.3.09, Acta Nro. 7, punto 3, desde el 1.1.09.
$154,06 - Acuerdo del 8.10.08, Acta Nro. 41, punto 2, desde el 1.8.08.
$146,72 - Acuerdo del 10.6.08, Acta Nro. 23, punto 6, desde el 10.6.08. (Monto inicial al haberse dictado la Ley 12.851/08, oportunidad en que el Alto Tribunal delegó en Secretaría de Gobierno de la Corte, para que en el futuro, de producirse la modificación en la base de cálculo del valor de esa unidad jus, dispusiera lo conducente a su publicidad, con comunicación al Alto Cuerpo). 



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Circular nro. 59. Fijación del período de la Feria Judicial de Invierno de 2018.

Circular nro. 59. Fijación del período de la Feria Judicial de Invierno de 2018.
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5650


Santa Fe, 30 de mayo de 2018.-

Señor:
Titular del Órgano Jurisdiccional
S                    /                    D
 
Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y debida notificación a los demás integrantes de ese órgano jurisdiccional, que la Excma. Corte Suprema de Justicia, en Acuerdo Ordinario celebrado el día 29.05.17, Acta N°18, punto 6), adoptó la siguiente resolución: 

“FERIA JUDICIAL DE INVIERNO DEL AÑO 2018. VISTAS: Las facultades conferidas por el artículo 248 de la ley 10.160 (texto ordenado según decreto 0046/98), mediante el cual se establecen los plazos de feria, fijando la de la estación invernal en un lapso de dos semanas, cuyo comienzo determinará esta Corte antes del 31 de mayo de cada año; teniendo en cuenta el calendario escolar dispuesto por el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, luego de un cambio de opiniones y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Fijar el receso judicial de la estación invernal del corriente año, del día 9 al 22 de julio de 2018 inclusive, librando las comunicaciones pertinentes.” Fdo: GUTIÉRREZ. ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).
 
Sin otro particular,lo saludo  atentamente.


Dr. Eduardo Bordas
Secretario de Gobierno 

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Segundo Encuentro Nacional de Ética de las Profesiones del Derecho, organizado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.), Colegio de Abogados de Santa Fe -Primera Circunscripción- (CASF) y el Foro Argentino de Tribunales de Ética

Segundo Encuentro Nacional de Ética de las Profesiones del Derecho, organizado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.), Colegio de Abogados de Santa Fe -Primera Circunscripción- (CASF) y el Foro Argentino de Tribunales de Ética de Abogados (F.A.T.E.A.), a realizarse los días 14 y 15 de junio de 2018, en la sede de nuestro Colegio, Salón Juan Bautista Alberdi, 3 de febrero Nº 2743, primer piso, de esta ciudad. La apertura será el 14/06, a las 9,30 horas (conforme programa adjunto).

 


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REUNIONES INSTITUTOS ANIMAL / MEDIACION

REUNION

INSTITUTO DERECHO ANIMAL

MIÉRCOLES 30 DE MAYO DE 2018 – HORA 20.00 – CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

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INSTITUTO DE MEDIACIÓN

JUEVES 07 DE JUNIO DE 2018 – HORA 19.00 – CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

 

 


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* Información SISTEMA DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA ENTRE LOS DISTINTOS ASENTAMIENTOS JUDICIALES * Acordada PJN 113/2018 Matrícula Federal * MPF LLAMADO A CONCURSO.

Circular nro. 49. 
Nueva modalidad de comunicación a través de la tecnología de correo electrónico con firma digital, entre la Inspección General de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe (IGPJ) y los Registros Públicos con sede en las cinco Circunscripciones Judiciales.
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5632


Inicia un nuevo mecanismo de comunicación entre los Registros Públicos y la Inspección General de Personas Jurídicas
Desde el próximo lunes 21 de mayo, las comunicaciones entre los Registros Públicos (antes de Comercio) y la Inspección General de Personas Jurídicas, se podrán hacer mediante el uso del correo electrónico con firma digital. El citado avance se produce en el ámbito de las cinco Circunscripciones Judiciales y permitirá poner en contacto y mejorar la comunicación en los distintos ámbitos del Estado Provincial. 
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5636


///
SISTEMA DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA ENTRE LOS DISTINTOS ASENTAMIENTOS JUDICIALES.
ACTA N° 16: En la ciudad de Santa Fe, a los quince días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, se reunió en Acuerdo Ordinario la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia, presidida por su titular Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ, e integrada por los señores Ministros, Dres. DANIEL ANÍBAL ERBETTA, ROBERTO HÉCTOR FALISTOCCO, MARÍA ANGÉLICA GASTALDI y MARIO LUIS NETRI, y con la asistencia del señor Procurador General, Dr. JORGE ALBERTO BARRAGUIRRE, a fin de considerar lo siguiente: ...
SECRETARÍA DE GOBIERNO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA S/ REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO DE FACTIBILIDAD A LOS FINES DEL ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA ENTRE LOS DISTINTOS ASENTAMIENTOS JUDICIALES. EXPTE. N° 1043/2002. CUIJ 21-17501029-4. El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 11 de mayo del corriente año, dictó la siguiente resolución: "... VISTAS: Las actuaciones caratuladas "SECRETARÍA DE GOBIERNO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA S/ REALIZACIÓN DE UN ESTUDIO DE FACTIBILIDAD A LOS FINES DEL ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA ENTRE LOS DISTINTOS ASENTAMIENTOS JUDICIALES", EXPTE. 1043/2002; y, CONSIDERANDO: Que en el marco del Proyecto de Modernización e Informatización Integral que este Poder Judicial viene llevando adelante, en aras de continuar avanzando en la implementación de nuevas tecnologías al servicio de la gestión judicial, cabe tener presente que mediante Acuerdo del 5.9.2006, Acta Nº 35, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, dentro del marco de la Ley Nacional Nº 25.506 que regula la Firma Digital y Firma Electrónica, y sus Decretos Reglamentarios, como así también la Ley Provincial Nº 12.491 y el Convenio de Comunicación Electrónica Interjurisdiccional suscripto en fecha 6.9.2001, autorizó el uso de Tecnología de Firma Digital y/o Electrónica para diversos trámites de este Poder Judicial, en atención a las necesidades del servicio judiciario. Que con la finalidad de impulsar la utilización de este recurso tecnológico, el Poder Judicial ha implementado primeramente para diferentes trámites administrativos las comunicaciones por correo electrónico con Firma Digital en diferentes dependencias, como ser la Dirección General de Administración respecto a los pedidos de autorización para las compras menores que realicen las Habilitaciones Delegadas; Economato en relación a pedidos de insumos a la Imprenta Judicial; Sección Personal para hacer remisión de circulares de la Secretaría de Gobierno a todas las oficinas judiciales que tengan cuentas de correos electrónicos oficiales del Poder Judicial o las comunicaciones que envíe la Secretaría de Gobierno a los titulares de las oficinas judiciales y que refieran a la concesión de licencias, entre otras. En el mismo sentido y en pos de continuar expandiendo la utilización de esta herramienta tecnológica comunicacional, se incorporó el uso del correo electrónico con Firma Digital para las notificaciones de las resoluciones que emite la Secretaría Letrada de la Presidencia del Alto Cuerpo, habilitación que comprende a aquellos casos en los que el destinatario de la notificación sea Magistrado o Funcionario titular de una cuenta de correo electrónico con firma digital, asignada por este Poder Judicial. De idéntico modo, se ha comenzado a implementar paulatinamente la utilización de Firma Digital para las comunicaciones relacionadas con actuaciones jurisdiccionales. En ese orden, por Acuerdo de fecha 10 de Septiembre de 2013, Acta Nº 36, la Corte Suprema ordenó instrumentar la modalidad de comunicación a través de correo electrónico con Firma Digital entre los órganos jurisdiccionales con competencia en materia de familia –esto es, los Tribunales Colegiados de Familia de Rosario, como primera etapa- y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de esa sede judicial, respecto de las inscripciones, modificaciones y levantamiento de inscripciones ordenadas judicialmente, conforme Ley Provincial Nº 11.945. Que, en similar sentido, el Alto Cuerpo por Acta Nro. 6, Punto 7 de fecha 16.2.2016, creó en el ámbito de la Secretaría de Gobierno la Oficina de Comunicaciones Electrónicas Interjurisdiccionales Ley 22.172, a través de la cual se posibilitó la tramitación de comunicaciones y oficios reglados por la citada normativa, mediante correo electrónico con firma digital entre tribunales de distinta jurisdicción territorial. Que, mencionados los antecedentes en virtud de los cuales se ha habilitado progresivamente la utilización de esta tecnología, y teniendo en cuenta la vasta y moderna infraestructura y capacidad tecnológica con la que cuenta este Poder Judicial, resulta viable extender el uso de esta herramienta a otras comunicaciones que se realizan entre dependencias de este Poder Judicial. Que, en ese sentido, la presente modalidad que en esta instancia se propone, involucra las comunicaciones que se realizan entre los Juzgados de Primera Instancia de Distrito con competencia Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe y los Registros de Procesos Universales de Santa Fe y Rosario, a los fines de asentar las inscripciones y modificaciones que se vinculen con procesos sucesorios. Que, en la actualidad el mecanismo utilizado para la materialización de estos trámites conlleva una operatoria disfuncional para los organismos involucrados en el proceso, insumiendo importantes cantidades de tiempo. Que, el íter del procedimiento en cuestión trae aparejado la concurrencia de los profesionales interesados en materializar las referidas inscripciones a los Registros de Santa Fe y Rosario, sin importar el lugar donde se inicie el proceso sucesorio o se dicte la respectiva declaratoria. Ello así, dado que conforme lo normado por las Leyes 8100/77; 8744/81; y 11.025/93 que crean y regulan el funcionamiento del Registro de Procesos Universales y Sucesorios, las inscripciones de iniciación de juicio sucesorio y declaratoria de herederos, y toda otra modificación que el juicio en cuestión registre, solo puede asentarse en las dependencias ubicadas en las sedes de los Distritos Judiciales Nro. 1 y 2. Que, en razón de ello, se produce un valioso dispendio de recursos económicos y humanos como consecuencia de la operatoria en cuestión, a lo que debe sumarse la utilización del formato papel en todo el proceso, generando una demora adicional a lo hasta aquí expuesto. En consecuencia, se entiende oportuno que los actos de comunicación aquí señalados entre los distintos operadores del sistema, sean materializados a través de cuentas oficiales de correo electrónico con firma digital, en tanto cuenten con la misma. Ello así, con el fin de ofrecer una importante economía de las actividades procesales y de los tiempos que ellas conllevan. De esta manera, tanto las solicitudes generadas por las distintas dependencias jurisdiccionales, como la debida diligencia de las mismas por parte de los Registros de Procesos Universales en el marco de juicios sucesorios, serán viabilizadas a través de esta valiosa herramienta informática, la cual, amén de los beneficios ya expuestos, otorga las garantías necesarias de confiabilidad y seguridad que el proceso demanda, conforme las previsiones que legalmente regula la ley nacional Nro. 25.506. Que asimismo, resulta oportuno proponer que la utilización de esta metodología de comunicaciones por correo electrónico con firma digital sustituya al actual sistema utilizado, prescindiendo del formato papel; con excepción de aquellos casos en que por imposibilidades técnicas resulte inviable su operatividad. Por último, y a los fines de evaluar el desempeño de la metodología aquí expuesta, es que se considera pertinente llevar adelante una implementación progresiva de la misma, en pos de obtener datos de la experiencia fáctica que sirvan de base para futuras réplicas en las restantes unidades jurisdiccionales. Que teniendo en cuenta lo expuesto y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley Nº10160 (t.o. según Decreto Nº0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta Nº 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 
RESUELVE: I.- Disponer que a partir del 4 de junio de 2018, las comunicaciones referidas a inscripciones y anotaciones de procesos sucesorios entre Juzgados de Primera Instancia de Distrito con competencia Civil y Comercial de los Distritos Judiciales Nro.1; 2; 3; 4; y 5: y los Registros de Procesos Universales de Santa Fe y Rosario, se realicen en forma exclusiva a través de correo electrónico oficial con Firma Digital, mediante la modalidad establecida en el Instructivo que forma parte de la Presente.
II.- Tener presente las consideraciones y excepciones aquí estipuladas.
III.- Dar la debida intervención a la Secretaría de Informática para que en forma conjunta con el Área de Auditoría de Gestión lleven a cabo las tareas necesarias para la efectiva ejecución de lo aquí dispuesto. 
IV.- Hacer saber a la Dirección General de Administración, a sus efectos. 
V.- Librar las comunicaciones pertinentes a los órganos con competencia en la materia. 
VI.- Poner en conocimiento de los encargados de la página web para su difusión y publicación. Regístrese, hágase saber y dése cuenta al Cuerpo. 
FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). ESQUIVEL (PROSECRETARIO)." Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo.


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PODER JUDICIAL DE LA NACION

Acordada nro. 113/2018 CFAR "Matrícula Federal de Abogados (Ley 22.192). Ampliacion Acordada nro. 295/2015",

MATRICULA FEDERAL DE ABOGADOS (LEY 22.192). AMPLIACIÓN ACORDADA 295/2015  

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los  diecisiete  días del mes de mayo del año dos mil dieciocho, reunidos en Acuerdo los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones;

Y VISTO:

1) Que el trámite de inscripción en la matrícula de abogados por ante este tribunal fue reglamentado por Acordada 295/2015 CFAR modificada por la Acordada 39/2017 CSJN, por la cual se estableció   que el pedido de inscripción o reinscripción se  realizara – a partir del primer día hábil de marzo de 2018- de manera digital  a través del Sistema de Autenticación Único con los alcances establecidos en sus considerando IV, V y VI.

2) Que este tribunal dispuso la recepción del   juramento previsto en el Art. 4 inciso d) de la Ley 22.192 el primer miércoles hábil del mes siguiente a la aprobación de los trámites presentados en la ciudad de Rosario y en las sedes judiciales de Santa Fe, San  Nicolás y Rafaela, el segundo miércoles o siguiente día hábil del mes siguiente a la aprobación de los trámites presentados ante esta Cámara.

Y CONSIDERANDO:

1º) Que en atención a la facultad de este Tribunal, a cargo del registro y matrícula de la ley 22192 en su jurisdicción,  de delegar  la realización de los trámites referidos a ella  en los Juzgados federales cuyo asiento no sea a la vez sede de cámara (cfr. Acordadas 37/87 CSJN),  ya dispuesto respecto de los Juzgados de la jurisdicción existentes al momento de su dictado,  y a la habilitación, en fecha 4/05/2018, del Juzgado Federal Nº1 de Venado Tuerto, se entiende adecuado delegar en éste dicha tramitación y la recepción del  juramento previsto  en el Art. 4 inc. d de la ley 22192 por parte del magistrado a su cargo.

2º) Respecto al día de la recepción del juramento se entiende adecuado, por razones de organización establecer que, en los Juzgados de la jurisdicción, cuyo asiento no sea a la vez sede de cámara, en caso de que el segundo miércoles del mes siguiente a la aprobación de los trámites de inscripción sea inhábil, el juramento se reciba el miércoles hábil posterior o excepcionalmente y por razones atendibles cualquier otro día que el Magistrado disponga, previa concertación con la oficina de Matrícula de este Tribunal. En el caso del juramento recibido por este tribunal, por las mismas razones, el vocal en ejercicio de la Presidencia puede modificar la fecha de juramento. En ambos casos  se deberá comunicar a los abogados inscriptos con la debida antelación.

En su mérito,

ACORDARON:

I) Delegar en el Juzgado Federal Nº 1 de Venado Tuerto los trámites referidos a la  matrícula de la ley 22192 en su jurisdicción y la recepción del  juramento previsto  en el Art. 4 inc. d de la referida ley por parte del magistrado a su cargo.

2) Disponer que en caso de que el miércoles establecido para la recepción del juramento, sea inhábil, éste se reciba el miércoles hábil siguiente o excepcionalmente y por razones atendibles cualquier otro día que el Magistrado disponga, previa concertación con la oficina de Matrícula de este Tribunal, en el caso de los Juzgados.  Respecto del juramento recibido por este tribunal, por las mismas razones, el vocal en ejercicio de la Presidencia puede modificar la fecha de juramento. En ambos casos  se deberá comunicar a los abogados inscriptos con la debida antelación.

Todo lo cual dispusieron, ordenando se registre en el protocolo de Resoluciones de Superintendencia y se comunique a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de los Juzgados Federales de primera instancia y Colegios de Abogados de la jurisdicción de esta Cámara, por ante mí que doy fe.-  No participa del Acuerdo el Dr. Edgardo Bello por encontrarse en uso de licencia.- (firmado) Dres. Elida I. VIDAL - Fernando L. BARBARÁ –- Aníbal PINEDA – José Guillermo TOLEDO - Jorge Sebastián GALLINO (Subrogante) -  Jueces de Cámara - Raquel N. BOLZICO. Secretaria de Superintendencia.-                                                                              

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MINISTERIO PUBLICO FISCAL

LLAMADO A CONCURSO

De conformidad a lo normado por el Art. 120 de la Constitución Nacional, la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal de la Nación n° 27148, y el artículo 6° del Reglamento para la Selección de Magistrados/as del M.P.F.N. (Resolución PGN 1457/17, rectificada por Resolución PGN 1962/17 y por Resolución PGN 19/18), el señor Procurador General de la Nación interino, doctor Eduardo Ezequiel Casal convoca a concurso abierto y público de oposición y antecedentes N° 115, para proveer los siguientes cargos:

Concurso N° 115 (Resolución PGN 42/18): nueve (9) vacantes de Fiscal ante los Juzgados Nacionales en lo Criminal y Correccional (Fiscalías 3, 7, 27, 35, 43, 45, 49, 55 y 60).

Inscripción: hasta el 4 de julio de 2018.

Publicación de la lista de personas inscriptas: 1° de agosto de 2018.

Sorteo público del Tribunal evaluador: El sorteo público para la determinación de los integrantes del Tribunal Evaluador, titulares y suplentes será llevado a cabo el día 7 de agosto de 2018 a las 11 hs., en la sede de la Secretaría de Concursos, sita en Libertad 753, Capital Federal.

Informes y trámite de Inscripción: los formularios de inscripción, el instructivo para su adecuada presentación y toda la información relacionada al concurso está disponible en el sitio web www.mpf.gob.ar y también podrá solicitarse personalmente en la Secretaría de Concursos del MPFN, sita en Libertad 753, Capital Federal, los días hábiles en el horario de 09:00 a 15:00 hs., a los teléfonos (011) 4372-4972 y (011) 4372-4993 y a través del correo electrónico concursos@mpf.gov.ar

El formulario de Inscripción y la documentación que acredite los antecedentes personales, laborales y académicos invocados, en soporte papel o digital, podrá presentarse personalmente o por tercero/a autorizado/a en la Secretaría de Concursos, los días hábiles en el horario de 09:00 a 15:00 hs., o remitirse por correo postal a la dirección indicada en el párrafo anterior o por correo digital a inscripcion-concursos@mpf.gov.ar, hasta el 4 de julio de 2018, fecha de cierre del período de inscripción del concurso. 

 

  
 



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Especialización en Derecho Agrario.

El convenio entre el Colegio y la UNL se encuentra vigente.
Para acceder al beneficio se deberá presentar credencial.
Transcribo link de la especialización y costos en adjunto.
http://www.fcjs.unl.edu.ar/sitios/dagra/Pages.showSubcategoria&id=75


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Circular 67/18 – CONCURSO DE INGRESO AL PODER JUDICIAL.

Circular nro. 67. Modificación reglamento concurso de ingreso al Poder Judicial y llamado a concurso para el concurso del ingreso 2018.

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5677

1.- Por Acuerdo Ordinario celebrado el día 5.6.2018, Acta Nro. 19 la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, dispuso lo siguiente:

CONCURSO DE INGRESO AL PODER JUDICIAL -AGENTES ADMINISTRATIVOS- AÑOS 2018. (ver texto en extenso en enlace a la circular)

2.- Por Acuerdo Ordinario celebrado el día 19.6.2018, Acta Nro. 22, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, ratificó la siguiente resolución de la Secretaría de Gobierno:

CONCURSO DE INGRESO AL PODER JUDICIAL:

«Santa Fe, 12 de junio de 2018. VISTO: La proximidad de una nueva evaluación de postulantes para ingresar a este Poder Judicial, conforme la reglamentación vigente en la materia (v. Acuerdo del 08.07.03, Acta Nro. 24, punto 8 y sus modificatorias) y; CONSIDERANDO: Que resulta pertinente proceder al llamado a concurso para formar las nóminas de aspirantes para cubrir cargos de empleados administrativos en los distintos Distritos Judiciales de la Provincia y en los Juzgados de Primera Instancia de Circuito, a fin de ser designados en las vacantes que se produzcan durante los años 2019, 2020 y 2021. Por lo que, atento las previsiones del art. 2 del Régimen de Ingreso de empleados administrativos al Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley Nro.10.160 (t.o. según Decreto Nro. 0046/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta Nro. 41, punto único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, RESUELVE:

I.- Llamar a Concurso de Ingreso de Empleados Administrativos del Poder Judicial, estableciéndose que las bases y condiciones del mismo serán las señaladas en Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de fecha 08 de julio de 2003, Acta Número 24, punto 8 y sus modificatorias.

II.- Disponer que las inscripciones se recepcionarán en las sedes de los Tribunales de Distrito en los que los postulantes aspiren a ser designados, estableciéndose asimismo que los aspirantes a cubrir cargos en las sedes de Circuito, deberán inscribirse en las sedes de los Juzgados de Distrito en que se encuentren comprendidos los respectivos Circuitos, conforme la enumeración del Artículo 5 de la Ley 10.160, con excepción de los Distritos N° 21-Helvecia, N° 22-Gálvez y Coronda, Nº 23 Las Rosas y Nº 24 Sunchales, por no haber sido aún puestos en funciones. Asimismo, y a los efectos de este concurso, los postulantes que aspiren a ser designados en el Distrito Villa Ocampo y Las Toscas deberán presentar su inscripción en la sede judicial Villa Ocampo y los que aspiren a ingresar en el Juzgado de Distrito Civil, Comercial y Laboral con asiento en Ceres, en la sede judicial San Cristóbal.

III.- Conforme la pauta reglamentaria precitada, fijar como período de inscripción, el comprendido entre el 1 y el 15 de agosto del corriente año y en el horario de oficina.

IV.- Recordar que los requisitos establecidos en la norma vigente, y que deberán acreditar los postulantes son los siguientes: a) nacionalidad argentina; b) buenos antecedentes de conducta; c) dieciocho (18) años de edad como mínimo, cumplidos antes del 31 de diciembre del año en que se realiza el concurso; d) no deberán haber cumplido cuarenta y cinco (45) años de edad como máximo, al 31 de diciembre del año en que se realiza el concurso; e) título de enseñanza media completa, salvo para el Personal Obrero, de Maestranza y Servicio del Poder Judicial con cinco años de antigüedad como mínimo y cincuenta años de edad como máximo -cumplidos al 31 de diciembre del año en que se realiza el concurso-, al que solo se le requerirá estudios primarios completos; f) aprobación del concurso exigido por los artículos 92 inciso 5 de la Constitución de la Provincia y 19 inciso 3 de la Ley Nro. 10.160, reglamentados por la pertinente normativa. Los requisitos exigidos en los apartados a) c) y d) se acreditarán mediante la presentación de copia certificada del respectivo documento de identidad. El requisito previsto en el punto b) se acreditará con el certificado de buena conducta que deberá acompañar el interesado. El requisito exigido en el apartado e) se comprobará con la pertinente documentación de la autoridad educativa correspondiente.

V.- Establecer que la prueba de tipeado y los exámenes de ortografía y conocimientos teóricos de los aspirantes se recibirán en computadora, conforme el siguiente detalle: a)Distrito Judicial N° 1 -Santa Fe- y sus Circuitos: Coronda, Gálvez, Helvecia, Laguna Paiva, San Carlos Centro, San Genaro y Santo Tomé, a partir del 3.9.2018 a las 8,00 horas en la ciudad de Santa Fe. b)Distrito Judicial N° 2 -Rosario- y sus Circuitos: Rosario, Arroyo Seco y Villa Gobernador Gálvez a partir del 3.09.2018 a las 8,00 horas en la ciudad de Rosario; c)Distrito Judicial N°. 20 – San Javier y su respectivo Circuito -San Javier- el 31.10.2018, a partir de las 8 horas en la ciudad de San Javier; d)Distrito Judicial N° 5 – Rafaela y sus respectivos Circuitos -Rafaela, San Vicente y Sunchales- a partir del 17.10.2018 a las 8 horas en la ciudad de Rafaela; e)Distrito Judicial N° 10 – San Cristóbal y sus respectivos Circuitos: San Cristóbal y Ceres, el 12.10.2018 a partir de las 8 horas en la ciudad de San Cristóbal; f)Distrito Judicial N° 17 – Villa Ocampo y Las Toscas y su respectivo Circuito -Villa Ocampo- el 28.9.2018 a partir de las 8 horas en la la ciudad de Villa Ocampo; g)Distrito Judicial N° 4 – Reconquista y sus respectivos Circuitos -Reconquista y Avellaneda- a partir del 25.9.2018 a las 8 horas en la ciudad de Reconquista; h)Distrito Judicial N° 11 – San Jorge y sus correspondientes Circuitos -El Trébol y Sastre- el 21.9.2018 a partir de las 8 horas en la ciudad de San Jorge; i)Distrito Judicial N° 13 – Vera y su respectivo Circuito -Vera- el 3.10.2018 a partir de las 8 horas en la ciudad de Vera; j)Distrito Judicial N° 18 – San Justo y su respectivo Circuito -San Justo- el 5.10.2018 a partir de las 8 horas en la ciudad de San Justo; k)Distrito Judicial N° 15 – Tostado, el 10.10.2018 a partir de las 8 horas en la ciudad de Tostado; l)Distrito Judicial Nro. 19 – Esperanza y su respectivo Circuito -Esperanza- a partir del 24.10.2018 a las 8 horas en la ciudad de Esperanza; ll)Distrito Judicial N° 9 – Rufino, el 23.10.2018 a partir de las 8 horas en la ciudad de Rufino; m)Distrito Judicial N° 3 – Venado Tuerto y su correspondiente Circuito -Venado Tuerto-, a partir del 25.10.2018 a las 8 horas en la ciudad de Venado Tuerto; n)Distrito Judicial N° 8 – Melincué, el 1.11.2018 a partir de las 8 horas en la ciudad de Melincué; o)Distrito Judicial N° 16 – Firmat, el 30.10.2018 a partir de las 8 horas en la ciudad de Firmat; p)Distrito Judicial N° 12 – San Lorenzo y su correspondiente Circuito -San Lorenzo-, a partir del día 24.9.2018 a las 8 horas en la ciudad de Rosario; q)Distrito Judicial N° 6 – Cañada de Gómez y sus correspondientes Circuitos -Cañada de Gómez y Las Rosas- a partir del 8.10.2018 a las 8 horas en la ciudad de Rosario; r)Distrito Judicial N° 7 – Casilda y su correspondiente Circuito -Casilda-, a partir del día 3.10.2018 a las 8 horas en la ciudad de Rosario; s)Distrito Judicial N° 14 – Villa Constitución y su correspondiente Circuito Villa Constitución-, a partir del día 28.9.2018 a las 8 horas en la ciudad de Rosario.

VI- Establecer que en cada distrito se recibirá en primer lugar la prueba de tipeado a todos los inscriptos y; que finalizada la misma se comenzarán con los restantes exámenes -ortografía y conocimientos teóricos-.

VII- Oportunamente se darán a conocer las fechas de recepción de las entrevistas previstas en la reglamentación en vigencia. Insértese, hágase saber, dése cuenta al Cuerpo y oportunamente archívese. FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). PIVIDORI (PROSECRETARIO ADMINISTRATIVO).»

Finalmente, se recuerda que en la página web del Poder Judicial: www.justiciasantafe.gov.ar, los interesados podrán consultar todo lo relativo al Concurso de Ingreso (Reglamento y material de estudio actualizados, fecha de los exámenes, etc). Además, desde la citada página oportunamente podrán completar los formularios de Inscripción pertinentes y formular consultas referidas al tema.

 






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Jornada ORALIDAD: IMPLEMENTACION Y REFORMA EN LA JUSTICIA CIVIL,

Jornada ORALIDAD: IMPLEMENTACION Y REFORMA EN LA JUSTICIA CIVIL.
Docente Sergio BARBERIO.
Lunes 21/05/2018 - SUM del Colegio de Abogados.
De 17.00 a 20.00
ACTIVIDAD NO ARANCELADA.
Cupo limitado. Se solicita a los interesados inscribirse en administración del Colegio de Abogados (Buenos Aires 168 - Tel. 03492-431405 / colabrafaela@wilnet.com.ar)
Organiza: Secretaría de Posgrado FCJS/UNL  / COLEGIO DE ABOGADOS - Sede Rafaela.


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Circular nro. 42. Aumento de la unidad jus prevista en el art. 32 de la Ley 12.851 – HONORARIOS PROFESIONALES.

Circular nro. 42. Aumento de la unidad jus prevista en el art. 32 de la Ley 12.851
http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5621
 

Santa Fe, 10 de mayo de 2018.-

 

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

 

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 8.5.2018, Acta Nro. 15, punto 3, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

INFORME DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.- 

El señor Secretario de Gobierno de la Corte, Dr. EDUARDO MARCOS PEDRO BORDAS informa que, atento las prescripciones de los arts. 92 de la Constitución Provincial y 217 de la ley 10.160 (t.o. según Decreto N° 0046/98) y conforme facultades conferidas (vid Acuerdo del 20.10.99, Acta Nro. 41, punto único), da cuenta de una resolución de fecha 27.4.2018 mediante la cual, atento a la delegación que le confirió el Cuerpo en Acuerdo del 10.6.2008, Acta N° 23, punto 6, apartado V, estableció que el monto de la Unidad Jus prevista en el artículo 32 de la ley 12.851, es de $ 1969,30 a partir del 1.1.2018. 


Por todo ello, y oído el señor Procurador General, 

SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo. 

Fdo: GUTIÉRREZ. FALISTOCCO. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).-

Saludo a Ud. atentamente.

 

 

                                                                 Dr. Eduardo Bordas

                                                                 Secretario de Gobierno

 





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Precongreso Latinoamericano de Niñez, Adolescencia y Familia

Estimado Colega:

 

La Delegación  San Cristóbal del Colegio de Abogados de la V Circunscripción Judicial invita al “Precongreso Latinoamericano de Niñez, Adolescencia y Familia”, que se realizará el día 8 de Junio de 2018, a partir de las 8:00hs hasta las 19.00hs, en sede del Club Unidad Sancristobalense, sito en calle Caseros N° 1021.

Esta actividad es organizada  conjuntamente con  la Asociación Latinoamericana de Magistrados, Funcionarios, Profesionales y Operadores de Niñez, Adolescencia y Familia  y es  preparatoria del X Congreso Latinoamericano de Niñez, Adolescencia y Familia –“Asociación Latinoamericana de Magistrados, Profesionales, Funcionarios y Operadores De Niñez, Adolescencia y Familia” y del IV Foro Latinoamericano de Adolescentes y Jóvenes, que tendrá lugar en ENCARNACIÓN, PARAGUAY, en fecha 15 al 17de Noviembre de 2018

PRESENTACIÓN PONENCIASFecha límite: 15 de mayo 2018  Enviar a:  roccaferrero@gmail.com

 INSCRIPCIÓN PRECONGRESO: A los fines de la inscripción al Precongreso, se envía formulario de inscripción que debe enviarse abogadossancristobal@gmail.com  en forma conjunta con el comprobante de pago/ transferencia a la cuenta bancaria que se indica a continuación:

 

El costo es:

ü  Hasta el 31/05/18 Asistentes y ponentes: $400/ Estudiantes $300

ü  Desde el 31/05/18 y en el Precongreso: Matrícula General $450

 Cuenta donde  efectuar el pago

.

TITULAR : COLEGIO DE ABOGADOS DE LA 5TA CIRC.JUD.STA FE
CUIT 30580076196
CUENTA CORRIENTE
NUEVO BANCO DE SANTA FE SUCURSAL SAN CRISTOBAL

CBU 3300539115390042153072

Esperando contar con  su presencia dando apoyo a esta iniciativa, saluda con distinguida consideración.

Delegación  San Cristóbal

 del Colegio de Abogados

de la V Circunscripción Judicial

 

 

 


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ABORDAJE EN MEDIACION FAMILIAR – Curso de formación continua. 24 horas homologadas.

CURSO DE FORMACIÓN CONTINUA

“Abordaje en Mediación Familiar”

Resol. 517/14

Inscripción en el Registro De Entidades Formadoras del Ministerio de Justicia de la nación Nº 86 según Disposición Nº 106/98 – Revalidada según Disposición 42/2016 de la DNMyMPRC con la habilitación Nº 6

 

DIRECTOR: Mg Antonio Tula

 

 

OBJETIVO GENERAL DEL CURSO

El propósito de esta formación es proponer un cambio de la mirada simplista y lineal de la conflictiva familiar al momento de intervenir en una mediación. En efecto, pondremos en juego la complejidad sistémica de cada familia, los subsistemas que la integran y su entorno, el tipo de equilibrio que sostiene su estilo de comunicación, las diversas alianzas y coaliciones, entre sus miembros, las etapas evolutivas de cada sujeto y el ciclo evolutivo del conjunto etc.

Esta meta mirada sobre la familia se funda en contenidos teóricos que relacionan al aporte de la teoría de los sistemas, la teoría de la comunicación circular, la teoría del observador, la epistemología constructivista, el ciclo vital de la familia y el divorcio etc.  La propuesta estriba en dar a los alumnos los elementos que permitan observar al sistema familiar consultante y obtener una mirada diagnóstica tentativa generadora de distintas hipótesis de intervención y aplicación de herramientas

 

 

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

* Deconstruir el concepto de familia a lo largo de la historia y sus implicancias en las nuevas configuraciones familiares.

* Analizar las tipologías y ciclos de vida de las familias para su aplicación en la mediación familiar.

* Analizar el conflicto en situaciones de crisis familiares.

* Identificar los diferentes atravesamientos horizontales y verticales del conflicto en la mediación familiar.

* Identificar las particularidades del proceso de mediación familiar.

* Conocer y aplicar los aportes de los diferentes modelos de abordaje.

* Conocer y aplicar estrategias y técnicas específicas para el ejercicio del rol del mediador familiar.

* Desarrollar habilidades para conducir la comunicación en procesos con alto contenido emocional.

* Diseñar dispositivos específicos para la incorporación de los niños, niñas y adolescentes en el proceso de Mediación.

* Comprender las temáticas familiares en función de los estereotipos de género y vulnerabilidad.

* Detectar señales de violencia en los contextos familiares y analizar sus posibles abordajes.

* Adquirir habilidades para el ejercicio de prácticas interdisciplinarias en la mediación familiar.

* Conocer el marco jurídico y normativo que encuadra la mediación familiar.

* Aplicar las nuevas denominaciones y disposiciones del Código Civil y Comercial.

 

COMPETENCIAS PROFESIONALES

Analizar, evaluar y diseñar intervenciones mediadoras o formativas en el marco de la prevención, la gestión y la transformación del conflicto y para identificar factores de riesgo que promuevan y mantengan los conflictos.

Aplicar estrategias y técnicas mediadoras en la prevención y en la gestión del conflicto en el ámbito de la mediación familiar, comunitaria, civil, mercantil y de las organizaciones. Desarrollar habilidades comunicativas efectivas para prevenir y gestionar conflictos, y poder aplicar metodologías y procedimientos de investigación relacionados con los procesos de mediación y con otras intervenciones mediadoras. Identificar las propias limitaciones y las de los demás con el fin de mejorar la eficacia de los procedimientos de mediación o de formación en mediación.

 

REQUISITOS DE ACCESO

Pueden realizar este programa Mediadores, conciliadores, jueces de familia y funcionarios de familia , profesionales de contextos sociopsicojurídico, etc que deseen desarrollar las competencias necesarias para el ejercicio de este perfil profesional siendo fieles a la metodología y principios que le son propios.

 

CONTENIDO

MODULO I:

– Evolución histórica del concepto de familia.

– Aportes de la psicología, antropología, sociología, educación y otras disciplinas a las temáticas de familia, minoridad, adolescencia.

– Construcción y operatividad del concepto de familia para la Mediación en disputas familiares

– Dimensiones para el análisis del contexto familiar: Ciclos de vida, eventos esperables, accidentales, otros.

– Tipología de las familias: nuclear, extensa y expandida.

– Nuevas configuraciones familiares

– Familias funcionales y disfuncionales. Relación con el ciclo de vida.

MODULO 2:

– El conflicto en el sistema familiar. Características.

– Atravesamientos generacionales, culturales y socioeconómicos.

– La red familiar.

– El divorcio: tipos y etapas. Proceso relacional, emocional y legal.

– Las crisis familiares en relación a: clases de familias y problemática familiar.

– Mediación Familiar integral divorcio, post divorcio, cuestiones derivadas de las relaciones de pareja, cuestiones patrimoniales.- Conflictos entre hermanos, padres e hijos, etcétera. Conflictos trigeneracionales.

MODULO 3:

– Características especiales en los procesos de Mediación Familiar: el caso familiar.- Conflictos de larga data.- Temáticas familiares.

– Casos no mediables

– Modelos de abordaje -Elementos conceptuales de la negociación colaborativa: Posiciones e intereses, pluralidad de opciones, concepto de alternativa, criterios objetivos – Los aportes del modelo circular narrativo: concepto de historias o narrativas. Atribución de significados y resignificación de las historias. Las narrativas culturales. La clausura narrativa. – Los aportes del modelo transformativo. El manejo de los aspectos relacionales y emocionales.

– Métodos y etapas de la mediación familiar.

– Reuniones privadas: cuándo y para qué utilizarlas. Ventajas y dificultades.- Confidencialidad de las mismas. Reuniones de equipo. Trabajo con la red familiar.

– Formas de intervención de terceros en la familia: diferenciación de la tarea del mediador con otras intervenciones familiares.

– El rol de los abogados

MODULO 4:

– Genograma y mediación familiar.

– Legitimación: tipos: substancial y relacional, empática y de anclaje, Empoderamiento, legitimación y reconocimiento

– Reencuadre. Recontextualización. Normalización. Externalización.

– Mirada a futuro.- Mutualización

– Preguntas exploradoras.

– Preguntas circulares. Su aplicación en la desestabilización de las narrativas.

– La pregunta del milagro.

– Confección de la “Agenda”. Temas habituales.- Lenguaje de la agenda.- Neutralidad

– Utilización de estándares objetivos.

– El Equipo reflexivo.

– Reconocimiento y manejo de las emociones propias y de las partes.

– Los espacios distributivos.- Trabajo con sumas de dinero.-

– Acuerdos: de procedimiento y de fondo.- Totales y parciales.- Definitivos y temporarios.- Redacción  de los acuerdos.- Cláusulas de seguimiento

MODULO 5:

– Los niños, niñas y adolescentes en la mediación. Etapas evolutivas.- Efectos de la separación

– Representación legal. Obligación o derecho.

– Su presencia en la mediación. Conformidad de los padres.

– Entrevista con niños. Cómo, cuándo, para qué. Tipos de entrevistas. Rol de los entrevistadores.

– Alcances y límites.

– La co-mediación interdisciplinaria.

MODULO 6:

– Género y mediación familiar.

– Vulnerabilidad, familia y mediación (padres adolescentes; migraciones; adicciones; desempleo,  poblaciones indígenas; otros)

– Concepto de violencia.- Su detección en contextos familiares. Tipos, grados e indicadores.- Posibles abordajes. Alcances y límites de la mediación familiar. Aspectos legales.

– Dilemas éticos en la mediación familiar.

MODULO 7:

– Co-mediación: la construcción del Equipo.

– El rol del profesional asistente.

– Tipos de co-mediación: simétricas y asimétricas. La implicancia de género.

– Ventajas y desventajas de la co-mediación.

– Posibilidades y límites de la inclusión de profesionales asistentes.

MODULO 8:

– Aspectos jurídicos y sociales de la mediación familiar. Marco jurídico y normativo. Cuestiones de orden público

– Implicancias del nuevo Código Civil y Comercial en la mediación familiar.

– Responsabilidad parental

– Cuidado personal

– Alimentos

– Compensación

– Autonomía progresiva de los hijos

– Aspectos patrimoniales

– Convenio regulador.

 

EQUIPO DOCENTE

Dirección Académica y Convalidaciones

– Mgtr Antonio Tula: Abogado, Magister en Psicoterapia Sistémica- Universidad del Aconcagua 2010; Executive Master de Estudios Avanzados en Mediación y Negociación Institut Universitaire Kurt Bösch de Suiza 2015 Mediador , Docente de la Universidad del Aconcagua, Facultad de Psicología. Capacitado en Harvard Negotiation Project . Universidad de Harvard Conflict Management, Inc EEUU(CMI) 1995 – Diplomado en Gerenciamiento Estratégico Universidad Tecnológica de Monterrey (TEC) México 200- Consultor en Mediación Penal (Universidad de Quito Ecuador)

http://www.abogadosrafaela.com.ar/wp-content/uploads/2018/05/DI-2017-11435239-APN-DNMYMPRCMJ-CURSOS-JUNIO-2017.pdf

En adjunto ficha de inscripción que se deberá enviar por correo electrónico o presentarla en Administración de este Colegio.



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Conferencia sobre el tema “DERECHOS DE LOS PACIENTES Y DE LOS PRESTADORES DE SALUD”

La Asociación de Abogados de Suardi, San Guillermo y Villa Trinidad, con el auspicio de la Municipalidad de Suardi y la colaboración del Centro de Estudios de Bioética Regional Rafaela, invita a la conferencia sobre el tema “DERECHOS DE LOS PACIENTES Y DE LOS PRESTADORES DE SALUD”, que tendrá lugar el viernes 11 de Mayo próximo, a las 20.00 horas, en el Primer Piso del edificio de la Municipalidad de SUARDI, calle 1° de Mayo N° 364.

 

La misma estará a cargo del Dr. Enrique Marchiaro, doctorado en Ciencias Jurídicas, profesor universitario y acreditado jurista, quien se referirá no sólo a la ciencia de la bioética, sino también a la Autonomía de la Voluntad y el Consentimiento Informado, como un derecho en la relación médicos- pacientes para que estos últimos puedan aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos.

 

También se abordará el derecho que asiste a los prestadores de salud en el legítimo ejercicio de su profesión, incluyendo aspectos legales de la Historia Clínica, en su calidad de documento básico en el que debe constar toda la actuación realizada al paciente por los profesionales y auxiliares de la salud.

 

La invitación se orienta hacia una finalidad informativa y de actualización que se extiende, además de los prestadores de la salud en todas sus especialidades, también a abogados y escribanos, en su actividad de asesorar y documentar; como así también a todas aquellas personas que sientan interés por los tópicos a desarrollar.

 

La entrada es no arancelada, y se propicia un intercambio de ideas con los presentes sobre los temas principales u otro que planteen los asistentes.

 




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Taller de trabajo sobre perspectiva de género y violencia doméstica – Rafaela

Por medio de la presente, se invita a integrantes del Poder Judicial y a abogadas/os pertenecientes a la 5° Circunscripción Judicial a participar en el Taller de Trabajo sobre perspectiva de género y violencia doméstica.

Este Taller forma parte de un programa diseñado por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y validado por el Sistema de Naciones Unidas en Argentina en el marco del cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por nuestro país, en especial, por los artículos 8c. de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (“Belém do Pará”) y 2c. de la “Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer” (CEDAW).

El mismo se realizará el día martes 15 de mayo del corriente año desde las 15 hs. hasta las 20 hs. en el Salón Auditorio de la Universidad Católica de Santiago del Estero – Departamento Académico Rafaela-, sito en calle Bv. H. Irigoyen 1502 de la ciudad de Rafaela.

Período de inscripción: del 24/04 al 11/05 mediante email a: capacitacionsfe@justiciasantafe.gov.ar; debiendo consignarse nombre y apellido, D.N.I., cargo y lugar de trabajo, email y teléfono. Cupo máximo: 50 personas.

Ha de tenerse presente que en tanto los módulos de aprendizaje se encuentran relacionados unos con otros, no es posible saltearse instancias y es requisito indispensable haber completado la totalidad de las horas de cursado para obtener la certificación correspondiente.

Asimismo, se informa que el material de trabajo se entregará al inicio de la jornada.

Sin otro particular, saludamos a Ud. muy atte.

Centro de Capacitación Judicial de Santa Fe



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REUNIONES

COMISIÓN DE JÓVENES ABOGADOS

JUEVES 26 DE ABRIL DE 2018 – HORA 18.30 – CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

                                                       

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INSTITUTO DE MEDIACIÓN

JUEVES 10 DE MAYO DE 2018 – HORA 15.00 – COLEGIO DE ABOGADOS (BUENOS AIRES 168


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CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS CTD FRONTERA 2018

1 Cargo de Receptor de Denuncias - CTD Frontera

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias (CTD) del Nodo Rafaela.


El Profesional seleccionado deberá desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD de Frontera de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs) o vespertino (de 14 a 20 hs), por un término de 12 meses. El cargo es rentado. 

REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Abogado/a, con matrícula vigente, inscripto en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.

• Edad entre 24 y 35 años.

• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética. 

• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados. 

• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, editor de texto, programas de gestión, etc.).

• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación. 


REQUISITOS PREFERENTES:

• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración / recepción o atención al ciudadano. 

• Inscripción en AFIP del interesado. 



PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:

El postulante deberá presentar su currículum vitae por declaración jurada (sin soporte papel de antecedentes) en Recepción del Colegio de Abogados de Rafaela (Buenos Aires 168) desde el 24/04/2018 hasta el 04/05/2018 inclusive.





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Domótica Rafaela – Descuentos para colegiados.

Domótica Rafaela – Descuentos para colegiados.

Smart-House

Pioneros en Rafaela y zona en instalaciones de sistemas Domóticos Inalámbricos (automatizaciones  inteligentes de casas y edificios).

 

Se llama domótica al conjunto de sistemas capaces de automatizar una vivienda o edificio, mediante servicios de gestión energética, seguridad, confort y comunicación, y que pueden estar integrados por medio de redes interiores y exteriores de comunicación, cableadas o inalámbricas, y cuyo control goza de cierta ubicuidad, desde dentro y fuera del hogar. Se podría definir como la integración de la tecnología en el diseño inteligente de un recinto cerrado.

 

FIBARO es una completa y poderosa solución para controlar, administrar y automatizar viviendas o ambientes de trabajo. Es un sistema de módulos y sensores inalámbricos que le permitirán a tu casa u oficina adaptarse para responder a los cambios ambientales, maximizar tu confort, aumentar la seguridad y consumir energía de manera eficiente.

 

La propuesta que ofrecemos a todos los matriculados del Colegio de Abogados de Rafaela es la siguiente: 

1-  Un descuento del 10% en todos los productos Fibaro y un 5% en las cerraduras digitales Yale. 

2- Un 5% en el costo del instalación, programación, parametrización y servicio post-venta. 

 

Beneficios de nuestra solución:

  1. No requiere cableados, no es invasivo.  Lo cual lo hace ideal tanto para proyectos nuevos como en obras ya finalizadas.
  2. No trabaja con Wifi, por lo tanto no genera interferencia con otros dispositivos.
  3. Cuantos más dispositivos tenés conectados, más poderosa es la red Z-Wave.
  4. Tiene un interfaz muy intuitiva y fácil de usar.
  5. Está elaborado con estándares EUROPEOS.
  6. Cada dispositivo conectado a la red, tiene además la función de medición de consumo de energía, por lo tanto también lo hace aplicable a las empresas para distribuir adecuadamente la energía por sectores y dispositivos o máquinas.
  7. Aumenta la eficiencia energética de los ambientes, como por ejemplo: al no detectar presencia en la habitación a paga todos los dispositivos conectado a la red, para evitar el CONSUMO HORMIGA.
  8. Aumenta la seguridad, cada dispositivo actúa también como ANTI-INTRUSIÓN, mandando una alerta al celular y generando diferentes escenas ante un evento X. También se pueden generar escenas de SIMULACIÓN DE PRESENCIA, donde los diferentes dispositivos conectados a la red simulan que hay gente en el hogar.
  9. El sistema es ESCALABLE, se puede ir agregando dispositivos luego de instalar el kit inical.

Se adjuntan archivos informativos sobre los  beneficios de nuestros productos, catálogos y un video con un ejemplo.

 

 

———————————-

Ing. Javier M Carelli 

Ingeniero Industrial

www.smart-house.com.ar

javier.carelli@smart-house.com.ar

3492565148

Rafaela

 



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IMPORTANTE –  CAMBIO DE FORMULARIOS PARA INSCRIPCIÓN A CONCURSOS CIRCULARES NROS. 29 Y 31  (Secret. Distrito Rafaela y Reconquista)

IMPORTANTE –  CAMBIO DE FORMULARIOS PARA INSCRIPCIÓN A CONCURSOS CIRCULARES NROS. 29 Y 31  (Secret. Distrito Rafaela y Reconquista).

VER ARCHIVOS ADJUNTOS

 

Circular nro. 29. Llamado a concurso para 2 cargos de Secretario de Distrito para Reconquista http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5590

Circular nro. 31. Llamado a concurso para 2 cargos de Secretario de Distrito para Rafaela http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5592

Otros concursos

Circular nro. 33. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Circuito Ceres http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5594

Circular nro. 32. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Distrito de Ceres http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5593

Circular nro. 30. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Distrito para Villa Ocampo http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5591

Circular nro. 29. Llamado a concurso para 2 cargos de Secretario de Distrito para Reconquista http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5590

Circular nro. 28. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Circuito de El Trébol http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5589

Circular nro. 27. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Circuito de Gálvez http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5588

Circular nro. 26. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Distrito para Esperanza http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5587

Circular nro. 25. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Cámara para Santa Fe http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5586

Circular nro. 24. Llamado a concurso para 1 cargo de Oficial de Justicia para Gálvez http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5585




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Llamados a Concurso – CSJ –

C.S.J. Llamados a concursos.

Circular nro. 33. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Circuito Ceres
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5594

Circular nro. 32. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Distrito de Ceres
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5593

Circular nro. 31. Llamado a concurso para 2 cargos de Secretario de Distrito para Rafaela
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5592

Circular nro. 30. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Distrito para Villa Ocampo
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5591

Circular nro. 29. Llamado a concurso para 2 cargos de Secretario de Distrito para Reconquista
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5590

Circular nro. 28. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Circuito de El Trébol
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5589

Circular nro. 27. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Circuito de Gálvez
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5588

Circular nro. 26. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Distrito para Esperanza
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5587

Circular nro. 25. Llamado a concurso para 1 cargo de Secretario de Cámara para Santa Fe
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5586

Circular nro. 24. Llamado a concurso para 1 cargo de Oficial de Justicia para Gálvez
http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5585



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Información sobre Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe : Medidas de Fuerza sector Correo Argentino

Estimados colegiados:

Debido a medidas de fuerza de un sector del Correo Argentino, ente repartidor del Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe se vio dificultada la entrega del mismo, siendo la última publicación recibida en Biblioteca del Colegio de Abogados de Rafaela la correspondiente al 28/03/2018. Mediante averiguaciones a la entidad fuimos informados que esta semana debe regularizarse la situación y entrega del mismo.

Atte.

Colegio de Abogados de Rafaela



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C.S.J. Informativas.

LA AUTOCONSULTA DE EXPEDIENTES LLEGA A LOS JUZGADOS DE CIRCUITO DE SAN CRISTÓBAL Y VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dispuso que desde el próximo martes 3 de abril, en los Juzgados de Circuito de las localidades de San Cristóbal y Villa Gobernador Gálvez, se comience a operar en el «Sistema de Autoconsulta de Expedientes».

http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5572

 

RÉPLICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN JUDICIAL EN LAS CÁMARAS DE APELACIÓN EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES N° 3, 4 Y

5; JUZGADOS EN LO CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL DE LOS DISTRITOS JUDICIALES N° 3 A 20, JUZGADOS DE FAMILIA Y DE CIRCUITO DE LA PROVINCIA (CUIJ: 21-17531772-1 – Expte. C.S.J. N° 1357/2017).

 

El señor Secretario de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia informa que en fecha 19 de marzo de 2018 del corriente año, dictó la siguiente resolución:

«… VISTAS: Las actuaciones caratuladas «Réplica del Sistema de Gestión Judicial en las Cámaras de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de las Circunscripciones Judiciales N° 3, 4 y 5; Juzgados en lo Civil, Comercial y Laboral de los Distritos Judiciales N° 3 a 20, Juzgados de Familia y de Circuito de la Provincia» (Expte. C.S.J.N° 1357/2017 – CUIJ N° 21-17531772-1) y;

CONSIDERANDO:

  1. I) Que en el marco del Proyecto de Modernización y Transformación Integral que viene llevando adelante este Poder Judicial, y en aras de continuar impulsando y adaptando el funcionamiento del servicio de justicia a los usos y prácticas de estos tiempos, se han venido incorporando paulatinamente nuevas tecnologías. En este sentido, corresponde hacer referencia en primer lugar a los antecedentes relacionados con la Licitación Pública Internacional N° 10. En virtud de la misma y a través de recursos de financiamiento externo, se adjudicó por contrato suscripto por la Provincia de Santa Fe con la Empresa Indra SI S.A., el diseño, fabricación, prueba, entrega y puesta en servicio de un nuevo «Sistema de Gestión Judicial» (Lote 1 Ítem 1), ajustado a las necesidades de este Poder Judicial, con provisión del hardware necesario. De resultas de dicha ejecución, el sistema fue instalado y puesto en funcionamiento en los órganos designados oportunamente como «pilotos» -cada uno de los cuales respondió a un Juzgado tipo por Fuero e Instancia, excepto Fuero Penal-, en los Registros de los Fueros Civil y Comercial y Penal, y en los Archivos Generales de Tribunales (correspondientes al Ítem 2); todos los cuales totalizaron 24 dependencias modelos implementadas.

 

  1. II) En orden a lo mencionado, y a fin de dar continuidad al Proyecto Integral -que trasciende los términos previstos en la Licitación y contratación antes referida-, el Poder Judicial consideró propicio iniciar la puesta en funcionamiento del nuevo Sistema de Gestión Judicial en el resto de los órganos jurisdiccionales de la Provincia, en distintas etapas denominadas de «Réplica». La primera de ellas fue comprensiva de 30 dependencias -28 Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de los Distritos Judiciales N° 1 y 2 y sus Mesas de Entradas Única-. La segunda fase abarcó 31 unidades jurisdiccionales, correspondientes a los Juzgados en lo Laboral, y Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial y en lo Laboral de Santa Fe y Rosario, junto a sus Mesas distribuidoras; y los Registros Públicos de Comercio de la Provincia, en la parte concerniente a la gestión de Mesa de Entradas. Asimismo, en la tercera etapa, se ha avanzado con 62 dependencias, comprensiva de los demás órganos considerados «modelo» en la Licitación anteriormente citada, a saber: Tribunales Colegiados de Familia y de Responsabilidad Extracontractual, Juzgados de Circuito y de Ejecución de Circuito -y sus respectivas Mesas distribuidoras-, y las Cámaras de Circuito y de lo Contencioso Administrativo, todos ellos de Santa Fe y Rosario; y los Juzgados de Menores, de Faltas y en lo Laboral, y Salas de Efectos Secuestrados de la Provincia. A lo cual se suma, además, la digitalización de las Mesas de Entradas y de los trámites y actuaciones que involucra la Gestión de Gobierno de la Corte Suprema de Justicia Provincial.
  2. III)  Que, en virtud de lo expuesto, el Poder Judicial se encuentra encaminado en proseguir con la extensión del Sistema informático integral «SISFE» a los demás órganos jurisdiccionales con asiento en los restantes Circuitos y Distritos de la Provincia, y cuyos modelos del fuero no estaban previstos en la Licitación supra referida, en una cuarta etapa comprensiva de 74 dependencias.

 

  1. IV) Que, en la continuidad de las actividades según la planificación integral de este Proyecto, teniendo en cuenta los antecedentes mencionados, y encontrándose informatizado con el Nuevo Sistema de Gestión Judicial la totalidad del Fuero de Circuito (tanto en Primera como en Segunda Instancia) de Santa Fe y Rosario, como así también los Juzgados de Circuito de Venado Tuerto y Rafaela, se está en condiciones de continuar con su ejecución en los demás Juzgados de Circuito de la Provincia. Que, en este sentido, y como ya se mencionara oportunamente, la informatización a llevar a cabo alcanza al sistema en el cual se realiza la registración de las causas civiles y comerciales, y en su caso, laborales, que son de conocimiento de dichos Juzgados, conforme la competencia material y cuantitativa que les atribuye la legislación vigente. Es así que, en la fase inicial de esta cuarta etapa, por Acuerdos del 20.2.2018, 27.2.2018 y 7.3.2018 la Corte Suprema de Justicia ha resuelto la puesta en funcionamiento del nuevo Sistema de Gestión de Expedientes en los Juzgados de Primera Instancia de Circuito de Santo Tomé, Laguna Paiva y Esperanza, a partir del 26.2.2018, 5.3.2018 y 12.3.2018, respectivamente; y por Acuerdo del 13.3.2018 ordenó lo propio respecto de los Juzgados de Circuito de Coronda y Arroyo Seco, a partir del día de la fecha. Que, teniendo en cuenta lo expuesto, y en el mismo orden de lo antes mencionado, corresponde en esta oportunidad iniciar la implementación efectiva del Sistema de Gestión de Expedientes -en las materias civil y comercial, y laboral-, en el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Gálvez, quien comenzará a operar el mencionado sistema a partir del 26 de marzo del corriente año, en reemplazo del sistema informático existente respecto de las materias mencionadas; todo ello, sin mediar prueba en paralelo del mismo, con la correspondiente capacitación intensiva y soporte de atención a usuarios; y proveyéndose los elementos técnicos necesarios a tales fines (escáneres y lectores de código de barras). Que, por otra parte, y como ya lo mencionara el Alto Cuerpo, teniendo en cuenta que este nuevo sistema identifica de manera única y unívoca cada expediente a lo largo de su proceso y que se representa a través de un Código Único de Identificación Jurídica (CUIJ) y, dado que actualmente en este Poder Judicial cada organismo asigna una identificación propia de cada expediente cuando la causa llega a su ámbito de acción, corresponde dejar sin efecto dicha formalidad en la dependencia judicial antes aludida, comenzando a utilizar únicamente la registración propia del nuevo Sistema de Gestión Judicial. Que, asimismo, la modalidad de impresión de carátula con código de barra torna aconsejable su protección, por lo que resulta necesario exceptuar al Juzgado de Circuito de Gálvez, de lo dispuesto mediante Acta Nro. 26 Punto 1 del 1.7.1998, y disponer que comenzará a utilizarse en esa dependencia judicial una carátula de PVC 400 grs., color negro, con cubierta cristal de 360 x 225 mm más solapa de 45 x 225 mm. Que, así también, dado que los Archivos Generales de las ciudades de Santa Fe y Rosario cuentan con un nuevo Sistema de Gestión desde el 12 de octubre de 2010, corresponde que el órgano jurisdiccional mencionado utilice la nueva modalidad de envío de remesas prevista, quedando sin efecto a estos fines la utilizada hasta el momento.

 

  1. V) Que, por otra parte, atento a que el sistema de gestión de causas cuenta con la modalidad de «Autoconsulta Online», y en aras de seguir brindando un mejor servicio de justicia, resulta conveniente proceder a incorporar al Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Gálvez al Sistema de Autoconsulta de Expedientes del Poder Judicial. Siendo así, se deberá poner en conocimiento de los Colegios de Abogados y Procuradores y demás Colegios Profesionales Auxiliares de la justicia y de la comunidad toda, que para la consulta de expedientes del órgano jurisdiccional aludido, deberán ingresar por internet a la página oficial de este Poder -como lo hacen habitualmente para la consulta de expedientes- y seleccionar el link que haga referencia a «Nuevo Sistema de Gestión Judicial – Juzgados de Primera Instancia de Circuito». Igualmente, y en tanto las consultas se realicen desde los puestos de autoconsulta instalados en los edificios de los Tribunales Provinciales, deberán seleccionar «Consulta Juzgados – Nuevo Sistema de Gestión Judicial». Que, teniendo en cuenta todo lo expuesto, y atento a lo establecido en los artículos 92 de la Constitución Provincial, 19 y 22 de la Ley N°10160 (t.o. según Decreto N° 46/98) y las facultades conferidas por Acuerdo de fecha 20.10.99, Acta N° 41, Punto Único, la Secretaría de Gobierno de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe,

RESUELVE:

1) Poner en conocimiento de la Excma. Corte Suprema de Justicia lo actuado en el marco del Proyecto de Réplica dentro del Proyecto Integral de Modernización del Poder Judicial.

2) Disponer que el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Gálvez comience a operar el Sistema de Gestión de Expedientes, en reemplazo del actual sistema informático -en las materias civil y comercial, y laboral-, a partir del 26 de marzo del corriente año, utilizándose de modo exclusivo a los fines de la registración e identificación de los expedientes el Código

Único de Identificación Jurídica (CUIJ).

3) Disponer que la mencionada dependencia judicial utilice la nueva carátula descripta en los Considerandos precedentes, exceptuándola a esos fines de lo dispuesto mediante Acta 26 Punto 1 del 1.7.1998.

4) Autorizar que el mencionado órgano jurisdiccional utilice la nueva modalidad de envío de remesas prevista, quedando sin efecto a esos fines la utilizada hasta el momento.

5) Disponer como fecha de puesta en funcionamiento del Sistema de Autoconsulta para el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Gálvez, la del 26 de marzo de 2018, en la modalidad establecida.

6) Regístrese, resérvese copia y dese cuenta al Cuerpo, librándose las comunicaciones pertinentes.

 

FDO.: BORDAS (SECRETARIO DE GOBIERNO). GUERRERO (SECRETARIA DE INFORMÁTICA).» Oído lo cual y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General, SE RESUELVE: Ratificar lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo.

 

 

 

 

 

 





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Charla sobre Derecho Municipal.-

La flamante Asociación de Abogados de Suardi, San Guillermo y Villa Trinidad (Asociación Simple), iniciará su actividad académica del corriente año  con una charla que ha de brindar el Dr. Lisandro Mársico, profesor universitario especialista en Derecho Provincial y Municipal, quien abordará el tema “Reflexiones y Analísis de la Ley de Municipios”,  en la que expondrá sobre distintos aspectos que hacen al desempeño y atribuciones de los órganos municipales.

 

La misma se llevará a cabo en el Salón de Conferencias de la Municipalidad de San Guillermo, el día viernes 06 de Abril próximo a las 19.30 horas.

 

La charla no sólo estará destinada a los profesionales del derecho, sino también a autoridades, funcionarios y empleados municipales, como así también al público en general que sienta interés por las cuestiones a exponer.

 


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Concurso de Relatos de casos de Mediación y Facilitación en la provincia de Santa Fe» en el marco del XIV Congreso Mundial de Mediación «Construyendo cultura de paz»

Hasta el martes 3 de abril inclusive se reciben relatos del concurso de mediación, que serán publicados en el libro que va a editar la defensoría con motivo del próximo Congreso Mundial de Mediación a realizarse en nuestro país. Los libros además se van a distribuir en forma gratuita.

Dichos autores de estos relatos tendrán participación activa en el Congreso, por ello los invitamos a participar activamente y que puedan  dejar los trabajos en la delegación de la defensoría más cercana.

Consultas www.defensoriasantafe.gob.ar

 

 

Concurso de Relatos de casos de Mediación y Facilitación en la provincia de Santa Fe»

En el marco del XIV Congreso Mundial de Mediación «Construyendo cultura de paz»

 

REGLAMENTO DEL CONCURSO DE RELATOS DE MEDIACIÓN Y FACILITACIÓN CONVOCADO POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE SANTA FE XIV CONGRESO MUNDIAL DE MEDIACIÓN – ARGENTINA 2018

«Construyendo cultura de paz»

CONDICIONES Y REQUISITOS

http://www.defensoriasantafe.gob.ar/normativas/resoluciones/concurso-de-relatos-de-mediacion-y-facilitacion




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Reuniones de Institutos Derecho Animal, Derecho Laboral y Mediación.

REUNIONES:

*INSTITUTO DE DERECHO ANIMAL

 MIÉRCOLES 28 DE MARZO DE 2018 – HORA 19.30  – CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

                                                          

*INSTITUTO DE DERECHO LABORAL

 MARTES 03 DE ABRIL DE 2018 – HORA 19.00 – CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

 

*INSTITUTO DE MEDIACION

 JUEVES 05 DE ABRIL DE 2018 – HORA 19.00 –  COLEGIO DE ABOGADOS (BUENOS AIRES 168)

 




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CONVOCATORIA PROGRAMA JÓVENES ABOGADOS CTD RAFAELA 2018.

2 Cargos de Receptor de Denuncias - CTD Rafaela

El Programa Jóvenes Abogados CTD es fruto de un convenio firmado entre el Colegio de Abogados de Rafaela y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, tendiente a colaborar en el funcionamiento de los Centros Territoriales de Denuncias (CTD) del Nodo Rafaela.

Los profesionales seleccionados deberán desarrollar una jornada de seis horas diarias de labor en el CTD de Rafaela (Av. Santa Fe 750) de lunes a viernes, en horario matutino (de 8 a 14 hs) o vespertino (de 14 a 20 hs), por un término de 12 meses. El cargo es rentado. 

REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Abogado/a, con matrícula vigente, inscripto en el Colegio de Abogados de la 5º Circ. Judicial, con 5 años como máximo de matriculación a la fecha de la preselección.
• Edad entre 24 y 35 años.
• No registrar sanciones disciplinarias en el Tribunal de Ética. 
• No estar realizando ninguna pasantía o voluntariado en el Colegio de Abogados. 
• Conocimiento en aplicaciones informáticas de oficina (planilla de cálculo, editor de texto, programas de gestión, etc.).
• Acreditación de antecedentes laborales, académicos y de investigación. 

REQUISITOS PREFERENTES:
• Experiencia comprobable o cursos realizados en administración / recepción o atención al ciudadano. 
• Inscripción en AFIP del interesado. 
• Residir en Rafaela.

PERÍODO DE INSCRIPCIÓN:
El postulante deberá presentar su currículum vitae por declaración jurada (sin soporte papel de antecedentes) en Recepción del Colegio de Abogados de Rafaela (Buenos Aires 168) desde el 23/03/2018 hasta el 28/03/2018 inclusive. 

Más información: www.abogadosrafaela.com.ar


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Noticia online «Abogados no quieren cambios en los aportes a su caja previsional».

El Litoral | Política

Jueves 22.03.2018 | Última actualización | 9:02

8:27

Los cinco colegios rechazan un proyecto de ley

Abogados no quieren cambios en los aportes a su Caja Previsional

Los profesionales acordaron unificar su queja y realizar gestiones conjuntas a fines de febrero. La iniciativa que los preocupa está en el Senado y no puede ser tratada hasta el 1ro de mayo.

http://m.ellitoral.com/index.php/id_um/167215-abogados-no-quieren-cambios-en-los-aportes-a-su-caja-previsional-los-cinco-colegios-rechazan-un-proyecto-de-ley-politica.html


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REUNIONES de Institutos: DERECHO AGRARIO (22/03) y DERECHO ANIMAL (28/03).

INSTITUTO DE DERECHO AGRARIO

 JUEVES 22 DE MARZO DE 2018 – HORA 19.00  – COLEGIO DE ABOGADOS (BS. AS. 168)

Tema: Organización de charla.

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INSTITUTO DE DERECHO ANIMAL

 MIÉRCOLES 28 DE MARZO DE 2018 – HORA 19.30  – CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

                                                          

 





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DTRC Nº1 y Nº4 – Registro General.

DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 4

ROSARIO, 12 de marzo de 2018.

VISTO: El paro de actividades sin asistencia dispuesto por la conducción de la U.P.C.N.- Regional Santa Fe-, para los días 13 y 14 de marzo de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que la referida medida afectará directamente a esta repartición, alterando la normalidad del ingreso y del curso de los plazos registrales que rigen a los distintos trámites.

La ley 9263 y la Resolución del Ministerio de Gobierno Nº 381/83, normas que facultan a esta Dirección General para suspender los mencionados plazos, cuando existan circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor, y la situación referida en “Visto” configura una de la excepciones que se encuadran en dichas normas.

Que ello se torna aplicable en ambos Registros de la Propiedad Inmueble con motivo de la implementación mediante Disposición Técnico Registral Conjunta N° 03/2015 del Sistema unificado de Inhibiciones en toda la provincia

Por ello y lo dispuesto en el artículo 75, 76,y concordantes de la ley Nº 6435.

EL SECRETARIO DE GESTION PUBLICA A/C DE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL, LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y EL DIRECTOR
DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO

D I S P O N E N :

1.- Suspender los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 13 de marzo de 2018 hasta las 24 hs. del 14 de marzo de 2018.

2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.

3.- Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.

FIRMADO:Dr. Matías Figueroa. Secretario de Gestión Pública A/C de la Dirección Provincial del Registro General-

Dr. Miguel Angel Luverá. Director General. Registro General Rosario.

Dra. Graciela Gimenez. Directora General. Registro General Santa Fe.

***************************************************************************************************************************************

DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 1

ROSARIO, 6 de marzo de 2018.

VISTO: El Decreto N° 0366 de fecha 5 de marzo de 2018, dictado por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que adhiere a la celebración del «Día Internacional de la Mujer»; y

CONSIDERANDO:

Que el referido decreto dispone desobligar a las agentes de la Administración Pública Provincial, a efectos de facilitar la participación en las distintas actividades, en virtud de la dimensión y trascendencia pública que han tomado los acontecimientos y manifestaciones que llevará a cabo el movimiento de mujeres en ese día.

Que ello afectará directamente a esta repartición, alterando la normalidad del ingreso y del curso de los plazos registrales que rigen a los distintos trámites.

La ley 9263 y la Resolución del Ministerio de Gobierno Nº 381/83, normas que facultan a esta Dirección General para suspender los mencionados plazos, cuando existan circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor, y la situación referida en «Visto» configura una de la excepciones que se encuadran en dichas normas.

Que ello se torna aplicable en ambos Registros de la Propiedad Inmueble con motivo de la implementación mediante Disposición Técnico Registral Conjunta N° 03/2015 del Sistema unificado de Inhibiciones en toda la provincia

Por ello y lo dispuesto en el artículo 75, 76 y concordantes de la ley Nº 6435.

EL SECRETARIO DE GESTION PUBLICA A/C DE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL, LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y EL DIRECTOR
DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO

D I S P O N E N :

1.- Suspender los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 8 de marzo de 2018 hasta las 24 hs. del mismo día.

2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.

3.- Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.


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INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE ASPIRANTES DE ABOGADAS Y ABOGADOS PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE ASPIRANTES DE ABOGADAS Y ABOGADOS PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

CUERPO DE ABOGADAS Y ABOGADOS PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO – LEY 27210
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN

PLAZO: 7/3/2018 al 6/4/2018.
REQUISITOS:

• Poseer título de abogada/o
• Ser ciudadana/o argentino
• Contar por lo menos con 5 años de ejercicio efectivo en la profesión en el ámbito público o privado
• Acreditar el ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado/a en el ámbito público o privado, de los últimos dos (2) años
• Estar matriculada/o en el Colegio de Abogadas/os de tu jurisdicción
• Tener certificado de carencia de antecedentes penales
• No registrar sanciones y/o suspensiones ante el organismo emisor de tu matrícula.

Las/os abogadas/os que cumplan con estos requisitos, podrán inscribirse y posteriormente deberán realizar el Curso Virtual de Transformación Actitudinal en Género (TAg), que durará 10 semanas, que estará a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Aprobado el curso TAg, el Cuerpo evaluará tu incorporación al Registro de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género.
Una vez que seas parte, tu tarea contará con el apoyo, el asesoramiento y el seguimiento del Cuerpo.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación tendrá a cargo los honorarios del abogado o la abogada patrocinante.

Más Información: http://www.jus.gob.ar/cuerpo-de-abogadas-y-abogados-para-vi…




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Reunión de los cinco Colegios de Abogados de la provincia.

Trabajando por la Abogacía y los colegas

Importante Reunión de los Cinco Colegios de Abogados de la Provincia

El pasado 28 de febrero, en la ciudad de Rosario, se reunieron los cinco Colegios de Abogados de la Provincia, es decir Rosario, Santa Fe, Venado Tuerto, Reconquista y Rafaela.

Se abordaron temas trascendentes para la abogacía, el funcionamiento de la justicia y el ejercicio profesional.

Entre ellos podemos destacar la Oposición al Proyecto de modificación de la ley 10.727, la exención del pago de sellados en vía de apremio e inyuccional por honorarios mediante la modificación del Código Fiscal, el Proyecto de Modificación del Consejo de la Magistratura de la Nación, presentado por la FACA, El rechazo al aumento de tickets de cédulas y mandamientos dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fey el apoyo al Proyecto de Ley de Matricula Federal.

Cada uno de estos temas fueron debatidos y se fijaron posicionamientos que quedaron plasmados mediante la rúbrica de los responsables de cada uno de los Colegios.

Celebramos el arribo a estos acuerdos, que fortalecen a la abogacía organizada de nuestra provincia y permiten, a través del trabajo mancomunado, que los reclamos tengan verdadera recepción por parte de los funcionarios de los tres poderes, tanto a nivel nacional como provincial.

Les acercamos un breve extracto de cada uno de los temas centrales trabajados.

 

Oposición al Proyecto de modificación de la ley 10.727

Los cinco Colegios se oponen a este proyecto de Ley la cual se encuentra en tratamiento en la Legislatura Provincial, bajo el número 36.070.

El mismo contempla el aumento de la boleta de iniciación de juicios, sumado a un pago extra en concepto de anticipo de aportes (0,10 JUS).

Se deja en claro que la reforma proyectada carece de legitimidad, puesto que fue absolutamente inconsulta.

No se pueden avalar medidas que restrinjan el acceso a la justicia e incrementen los costos para los profesionales que se esfuerzan por honrar sus obligaciones.

Como representantes de la abogacía santafesina y por tanto, conocedores de la realidad de nuestros matriculados, solicitan a los Poderes del Estado, se los convoque para al tratamiento de cualquier iniciativa atinente al funcionamiento de las instituciones forenses.

 

La exención del pago de sellados en vía de apremio e inyuccional por honorarios. Proyecto de modificación del Código Fiscal

Por iniciativa de los 5 Colegios de Abogados de la Provincia de Santa Fe, en diciembre del 2017, ingresó a la Cámara de Senadores de nuestra provincia, el proyecto de modificación del artículo 284 del Código Fiscal de Santa Fe.

La iniciativa propone básicamente exceptuar del pago de la tasa proporcional de justicia en los juicios de apremio e inyuccional de cobro de los honorarios profesionales.

Tal como surge de la exposición de motivos de la norma proyectada y siendo reconocido de manera categórica por la doctrina y jurisprudencia, los aranceles profesionales poseen naturaleza alimentaria, por cuanto se vinculan con la satisfacción de las necesidades elementales del propio abogado y de su familia.

En razón de ello, consideran justa e indispensable la urgente aprobación de la propuesta, teniendo en consideración que el ejercicio de un derecho esencial no puede quedar obstruido en modo alguno por barreras impositivas y/o de cualquier otra índole.

 

Proyecto de Modificación del Consejo de la Magistratura ele la Nación, presentado por la FACA

Los cinco Colegios de Abogados de la provincia de Santa Fe, manifiestan su enérgico apoyo al proyecto de modificación del Consejo de la Magistratura de la Nación, impulsado por la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

La iniciativa de la Federación prevé una composición de 17 consejeros y promete un equilibrio perfecto entre los estamentos abogadil, judicial y político. La norma proyectada por la entidad señera de los abogados del país, refuerza la representación del interior, puesto que de los cinco letrados propuestos para integrar el Consejo, tres deben ser del interior, uno de la Capital Federal y otro de la provincia de Buenos Aires.

Asimismo se fijó la oposición al proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo de la Nación, apoyado por el Colegio Público de la Capital Federal.

 

Rechazo al aumento de tickets de cédulas y mandamientos dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, dispuso incrementar el valor de los tickets de cédulas y mandamientos, a partir de enero del corriente año.

Sobre el particular, y más allá de la cuestionada legitimidad de los costos por el diligenciamiento de cédulas, se sostiene que el mentado incremento resulta desproporcionado en relación a la inflación real existente en nuestra provincia.

En segundo término, constituye un obstáculo más para el acceso al servicio de justicia de parte de los ciudadanos, por cuanto se le aplican, cada vez con mayor frecuencia, gastos que escapan a la esfera de sus posibilidades y previsiones.

Es por ello que los Cinco Colegios de Abogados de Santa Fe, solicitamos se revea esta decisión.

 

Apoyo al Proyecto de Ley de Matricula Federal

La Matricula Federal es un proyecto acuñado y analizado durante años en las esferas públicas y privadas, que procura poner punto final a una irritante situación de desigualdad, constitucionalmente objetable, en la que se encuentran los abogados del interior del país que litigan en el ámbito de la Justicia Federal con asiento en la ciudad de Buenos Aires, desde la sanción de la ley 23.187 de creación del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF),

En rigor, en la actualidad nos hallamos ante una situación injusta, paradójica y absurda en la cual los letrados del país -con excepción de los porteños- están obligados, por imperio de dicha ley, a matricularse en el CPACF para poder actuar ante la Justicia Federal capitalina, lo cual genera una doble, costosa e innecesaria matriculación, efectuándose un parcelamiento territorial de la jurisdicción federal que contraria el principio de unidad según la materia, que es esencial a la misma (Art. 116 de la Const.Nac.).

Es posible destacar los siguientes puntos del proyecto:

Regula la matricula federal con carácter general e igualitario para todos los abogados del país. No crea obstáculos para el acceso a la justicia, ni implica más burocracia, ni más trabas ni regulaciones.

No establece una doble matriculación. No crea una nueva matrícula para actuar en la Justicia Federal, pues la otorgarán los colegios de abogados del interior conjuntamente con la matricula provincial.

Crea un registro confiable de abogados matriculados en la Justicia Federal, garantizando al Poder Judicial y a los ciudadanos que el profesional se encuentra habilitado.

Permitirá el control ético de la profesión en el fuero federal, hoy de imposible ejercicio. Los Tribunales de Ética cobrarán real relevancia con el registro de antecedentes de todo el país que llevaría la FACA.

La matriculación federal proyectada no implicará el pago de un costo adicional con respecto a la matriculación local y será otorgada «gratuitamente» por los Colegios de Abogados conforme a las leyes vigentes en sus respectivas provincias.

 

 

 

 


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DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 1

DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 1
                        ROSARIO, 6 de marzo de 2018.

 

VISTO: El Decreto N° 0366 de fecha 5 de marzo de 2018, dictado por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, que adhiere a la celebración del “Día Internacional de la Mujer”; y

CONSIDERANDO:

                        Que el referido decreto dispone desobligar a las agentes de la Administración Pública Provincial, a efectos de facilitar la participación en las distintas actividades, en virtud de la dimensión y trascendencia pública que han tomado los acontecimientos y manifestaciones que llevará a cabo el movimiento de mujeres en ese día.

Que ello afectará directamente a esta repartición, alterando la normalidad del ingreso y del curso de los plazos registrales que rigen a los distintos trámites.

La ley 9263 y la Resolución del Ministerio de Gobierno Nº 381/83, normas que facultan a esta Dirección General para suspender los mencionados plazos, cuando existan circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor, y la situación referida en “Visto” configura una de la excepciones que se encuadran en dichas normas.

Que ello se torna aplicable en ambos Registros de la Propiedad Inmueble con motivo de la implementación mediante Disposición Técnico Registral Conjunta N° 03/2015 del Sistema unificado de Inhibiciones en toda la provincia

Por ello y lo dispuesto en el artículo 75, 76 y concordantes de la ley Nº 6435.

 

EL SECRETARIO DE GESTION PUBLICA A/C DE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL, LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y EL DIRECTOR DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO

D I S P O N E N :

1.- Suspender los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 8 de marzo de 2018  hasta las 24 hs. del mismo día.

2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.

3.– Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.

 


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Invitacion Comisión Derechos de la Mujer

Actividad organizada desde la Comisión de los Derechos de la Mujer de FACA junto con el Colegio de Abogados de Junín. La misma tendrá lugar el día 15 de marzo, a las 15 horas , para tratar  el tema de la organización de las VIII JORNADAS NACIONALES DE ABOGADAS DE LA FACA  que se llevarán a cabo los días 10 y 11 de MAYO DE 2018 en el Colegio de Abogados de TUCUMAN.

 

En esta oportunidad  haremos una actividad preparatoria de las Jornadas a la que se invita a todo público,  que se llevará a cabo a las 17 hs. en la sede del Colegio de Abogados de Junín, cuya invitación se adjunta.

 

 

 

Dra. María Elena Barbagelata- Directora de la Comisión Derechos de la Mujer





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MEDIAS BECAS Ciclo Lectivo 2018 – UNIVERSIDAD CATOLICA ARGENTINA – Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario

UNIVERSIDAD CATOLICA ARGENTINA

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario

 MEDIAS BECAS Ciclo Lectivo 2018 

INTERESADOS COMUNICARSE, A LA BREVEDAD, CON EL COLEGIO DE ABOGADOS

(Plazo: hasta las 14.00 horas del día JUEVES 15/03).

 

PARA LAS CARRERAS DE

  • Doctorado en Derecho:                                                                    2 (dos) medias becas
  • Especialización para la Magistratura:                                               2 (dos) medias becas
  • Especialización en Derecho Tributario:                                            2 (dos) medias becas
  • Especialización en Derecho de Daños:                                             2 (dos) medias becas
  • Especialización en Derecho del Trabajo:                                          2 (dos) medias becas
  • Especialización en Derecho de Infancia, Adolescencia y Familia:  2 (dos) medias becas

 

Es requisito indispensable que el interesado se inscriba personalmente en la Facultad, abone la matrícula correspondiente (la cual no resulta alcanzada por el beneficio) y, dentro del mismo plazo, entregue toda la documentación requerida.

Se renovarán las becas a quienes ya cursaron con ese beneficio su primer año en 2017 siempre que hubieran cumplido regularmente con todas las obligaciones inherentes al cursado.

 

MAS INFORMACION EN

UNIVERSIDAD CATOLICA ARGENTINA

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario



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Llamado a inscripción para Defensores Públicos Coadyuvantes (función rentada), cuyos honorarios son a cargo de la Defensoría General de la Nación. Plazo de inscripción: 24/05/2018

Llamado a inscripción para Defensores Públicos Coadyuvantes (función rentada),

cuyos honorarios son a cargo de la Defensoría General de la Nación.

Plazo de inscripción: 24/05/2018

 

Convenio Marco para la selección de Defensores Públicos Coadyuvantes –abogados de la matrícula- entre el Ministerio Público de la Defensa –Defensoría General de la Nación- y la Federación Argentina de Colegios de Abogados.

(se adjunta convenio marco)

 

El presente Convenio Marco tiene dentro de sus objetivos la colaboración entre las partes para la elaboración del listado anual de Defensores Públicos Coadyuvantes -abogados de la matrícula-, conforme las previsiones de los artículos 34 y 35, inciso p), de la LOMPD.

 

El MPD seleccionará a los profesionales de los listados remitidos por la FACA, conforme la jurisdicción que representan, siempre que necesidades del servicio así lo justifiquen.

 

Los  profesionales deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

  1. a) ser ciudadano argentino;
  2. b) tener treinta (30) años de edad;
  3. c) contar con seis (6) años de ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, o de cumplimiento, por igual término, de funciones en el Ministerio Público o en el Poder Judicial;
  4. d) acreditar el ejercicio efectivo en el país de la profesión de abogado en el ámbito público o privado, de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de inscripción al listado;
  5. e) contar con por lo menos seis (6) años de antigüedad en el título de abogado;
  6. f) contar con certificado de carencia de antecedentes penales con la excepción al artículo 51 del Código Penal, vigente al momento de la inscripción al listado;
  7. g) no registrar sanciones y/o suspensiones ante el Organismo emisor de su matrícula;
  8. h) todo otro requisito que para el caso concreto estime pertinente el MPD.

 

Los interesados que cumplan con los requisitos establecidos en el convenio deberán inscribirse en la sede del Colegio de Abogados debiendo suscribir al efecto el Formulario de Inscripción que conforma el Anexo I del presente (ver adjunto).

 

El MPD se reserva la facultad de aprobar la integración del listado propuesto por la FACA.

 

Entre el MPD y el profesional designado -por acto administrativo del/de la Defensor/a General de la Nación o de la autoridad en la que se encuentre delegada esta atribución- se suscribirá un Convenio de Honorarios, que forma parte del presente como Anexo II (ver adjunto), en el cual se determinará el objeto, derechos y obligaciones de las partes, condiciones particulares del servicio a prestar, plazos y cualquier otra previsión que el MPD considere oportuna, notificándose tal suscripción a la FACA.


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Corte Suprema de Justicia de la provincia // Defensoría del Pueblo prov. de Santa Fe

La Corte Suprema amplia su red wifi en nuevos edificios judiciales        .
De esta forma, distintos  edificios sedes de los Tribunales de Reconquista, Rafaela y Esperanza, contarán con acceso gratuito a internet mediante el uso de la Red Wifi judicial.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe concluye -el próximo lunes 26- una nueva etapa en el marco de la ejecución de un “Proyecto Integral” que busca dotar de avances tecnológicos -en materia de comunicaciones-, a los operadores del sistema de justicia y a todo ciudadano que ingresando a los edificios citados desee utilizar este servicio libre y gratuito.
Tales avances, permitirán a los profesionales y particulares que circulan diariamente por los  edificios sedes de los Tribunales de Reconquista (San Martín 1060), Rafaela donde funcionan las Cámaras de Apelación (Lavalle 139), el Juzgado de Familia de dicha sede (Bv. Lehmann 363), y Esperanza (Berutti 1516),  acceder – por ejemplo-  al portal del Poder Judicial de Santa Fe, consultar el estado de expedientes, las  bases jurisprudenciales disponibles de los distintos fueros, y las acordadas en materia de Gobierno del Alto Cuerpo; como todo otro servicio disponible en el sitio web oficial.

Texto completo en http://www.poderjudicial-sfe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5536

Concurso de Relatos de casos de Mediación y Facilitación en la provincia de Santa Fe»

en el marco del XIV Congreso Mundial de Mediación «Construyendo cultura de paz»

REGLAMENTO DEL CONCURSO DE RELATOS DE MEDIACIÓN Y FACILITACIÓN CONVOCADO POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE SANTA FE XIV CONGRESO MUNDIAL DE MEDIACIÓN – ARGENTINA 2018

«Construyendo cultura de paz»

CONDICIONES Y REQUISITOS

http://www.defensoriasantafe.gob.ar/normativas/resoluciones/concurso-de-relatos-de-mediacion-y-facilitacion





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DISPOSICION TECNICO REGISTRAL N° 002 – P.H. y pasillo en condominio

DISPOSICION TECNICO REGISTRAL N° 002

 

Santa Fe, 8 de agosto de 2017.-

VISTO:

La necesidad de unificar criterios en los supuestos de nuevas inscripciones como así también en relación a las registraciones existentes de Sometimientos al Régimen de Propiedad Horizontal originadas en Planos de Sometimiento en los cuales se hace referencia a Pasillos en Condominio que no se encuentran mensurados en el mismo; y,

CONSIDERANDO:

Que en los supuestos objeto de la presente el Pasillo en Condominio o la parte indivisa correspondiente debe haber sido efectivamente objeto de transferencia al momento del Sometimiento a Propiedad Horizontal y de las sucesivas transferencias, si las hubiere, no siendo aplicable para los casos en que no lo hayan transferido expresamente;

 

Que se ha detectado la coexistencia en este Registro General de distintos criterios de registración, ya que por un lado encontramos casos en los cuales el Pasillo en Condominio fue trasladado al momento del Sometimiento a la Sección Propiedad Horizontal. Mientras que en otros, no obstante no trasladarse el Pasillo en Condominio a la Sección Propiedad Horizontal tampoco se generaba una nueva inscripción en la Sección Registraciones de Dominio, sino que continuaba en el dominio antecedente, es decir a nombre del titular originario del inmueble sometido a Propiedad Horizontal;

 

Que para lograr el objetivo propuesto, es imprescindible fijar un criterio de registración, para las nuevas inscripciones como así también para las ya existentes, a fin de evitar irregularidades, siempre que el Pasillo en Condominio o la parte indivisa correspondiente haya sido objeto de transferencia al momento del Sometimiento a Propiedad Horizontal y en las sucesivas transferencias de Unidades;

 

Por ello y de conformidad con las facultades emergentes en los arts. 75°, 76° y 87° de la ley 6435;

EL SUBDIRECTOR DE ASUNTOS REGISTRALES Y LA DIRECTORA GENERAL

DISPONEN:

1°.- Para las nuevas inscripciones de Sometimiento al Régimen de Propiedad Horizontal se deberá:

1) Presentar rogatoria (S.R.) para inscribir el Reglamento de Sometimiento a Propiedad Horizontal en la Sección Propiedad Horizontal. El inscriptor deberá relacionar por nota marginal los datos de inscripción que se le asignen en la Sección Registraciones de Dominio al Pasillo en Condominio o a la parte indivisa correspondiente.

2) Presentar rogatoria (S.R.) para inscribir la transferencia del Pasillo en Condominio o de la parte indivisa correspondiente en la Sección Registraciones de Dominio. El inscriptor deberá marginar los datos de inscripción del Reglamento en la Sección Propiedad Horizontal.-

3) Presentar por cada adjudación y/o transferencia de Unidades rogatoria (S.R.) para inscribir en la Sección Propiedad Horizontal. El inscriptor deberá relacionar por nota marginal los datos de inscripción que se le otorgue al Pasillo en Condominio en la Sección Registraciones de Dominio.

2°.- Para las inscripciones de transferencias de Unidades sometidas a Propiedad Horizontal, en las cuales en oportunidad de su registración el Pasillo en Condominio o la parte indivisa correspondiente se hubiese trasladado erróneamente a la Sección Propiedad Horizontal se deberá:

1) Presentar rogatoria (S.R.) para inscribir la transferencia de la Unidad en la Sección Propiedad Horizontal. El inscriptor deberá relacionar por nota marginal los datos de inscripción que se le otorgue a la parte indivisa del Pasillo en Condominio en la Sección Registraciones de Dominio.

2) Presentar rogatoria (S.R.) para trasladar la parte indivisa del Pasillo en Condominio correspondiente a la Sección Registraciones de Dominio. El inscriptor deberá marginar los datos de inscripción que se le otorgue a la Unidad en la Sección Propiedad Horizontal.-

3°.- Se inscribirá con carácter provisional cuando no se presenten las rogatorias de conformidad con lo establecido en los incisos 1° y 2° de la presente.-

4°.- El Jefe de la Sección Propiedad Horizontal podrá elevar en consulta al Departamento Relatoría Registral los casos que presenten dificultad para su registración.-

5.- La presente disposición entrará en vigencia el 1° de septiembre de 2017.-

6.- Regístrese, archívese y comuníquese.-

 


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Inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe

Resolución Provincial 0004/2018

Convoca a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores de la Provincia de Santa Fe

Convóquese a inscripción en el Registro de Mediadores y Comediadores Prejudiciales de la Provincia de Santa Fe para los nodos de Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto, Rafaela y Reconquista desde el día 26 de febrero hasta el 28 de marzo del año 2018, en la forma y los horarios indicados en el Anexo Único de la presente, conforme Resolución N° 0413/11.- 
 
Texto completo en http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/221432/(subtema)/93807



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DESCUENTOS  para colegiados en D & Z Indumentaria S.R.L.

 

(Bv. Hipólito Yrigoyen 313 – Tel.  435210 / 501856 – RAFAELA)

** ** **

El Colegio de Abogados comunica importante propuesta de descuentos, para colegiados con cuota al día, en la compra de guardapolvos y uniformes “Temporada Escolar 2018” en la firma “D y Z Indumentaria.

 

20% de descuento en Línea Escolar blanco y Jardines de Infantes oficiales.

10% de descuento en la Línea de Colegios Privados (San José, Misericordia y Escuela de la Plaza).

10% de descuento en chombas de EESO Nro. 429 Mario Vecchioli  y EESO Nro. 204 Domingo de Oro.

Para acceder al descuento solicitarán la credencial y constancia de pago de la última cuota de colegiatura.

 

Vigencia 17/03/2018

 

 

El colegiado abonará en mostrador su compra y dichos descuentos se efectuarán sobre los precios de venta al público según la opción que elija: tarjeta de crédito/débito/efectivo  (son precios diferenciados y no acumulables con promociones de Entidades Bancarias).



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Ley registrada bajo el Nº 13675. Creación Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, con asiento en la ciudad de Sunchales.

REGISTRADA BAJO EL Nº 13675

https://www.santafe.gov.ar/boletinoficial/recursos/boletines/16-01-2018ley13675-2018.html

LA LEGISLATURA DE LA

PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Créase un Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, con asiento en la ciudad de Sunchales.

ARTÍCULO 2.- Modifícase el punto 2 inc. a) del artículo 2 de la ley Nº 10160 (Ley Orgánica del Poder Judicial) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“a) 1.- La competencia territorial, cuando todas las pautas de demandabilidad establecidas en el artículo 4 del Código Procesal Civil concurren a uno de los Distritos Judiciales N° 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24. Sin perjuicio de ello, la competencia territorial es concurrente entre los Distritos Judiciales N° 3, 8, 9 y 16, por un lado, y 4 y 13, por el otro.”

ARTÍCULO 3.- Modifícase el artículo 5 de la ley N° 10160 (Ley Orgánica del Poder Judicial) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 5.- Los Distritos Judiciales son veinticuatro y sus números y sedes son los siguientes:

1) Distrito N° 1; con sede en la ciudad de Santa Fe, comprende los Circuitos Judiciales N° 1, 22, 24 y 28;

2) Distrito N° 2: con sede en la ciudad de Rosario, comprende los Circuitos Judiciales N° 2, 15 y 33;

3) Distrito N° 3: con sede en la ciudad de Venado Tuerto, comprende el Circuito Judicial N° 3;

4) Distrito N° 4: con sede en la ciudad de Reconquista, comprende los Circuitos Judiciales N° 4 y 36;

5) Distrito N° 5: con sede en la ciudad de Rafaela, comprende los Circuitos Judiciales N° 5 y 29;

6) Distrito N° 6: con sede en la ciudad de Cañada de Gómez, comprende los Circuitos Judiciales N° 6 y 23;

7) Distrito N° 7: con sede en la ciudad de Casilda, comprende el Circuito, Judicial N° 7;

8) Distrito N° 8: con sede en la ciudad de Melincué, comprende el Circuito Judicial N° 8;

9) Distrito N° 9: con sede en la ciudad de Rufino, comprende el Circuito Judicial N° 9;

10) Distrito N° 10: con sede en la ciudad de San Cristóbal, comprende los Circuitos Judiciales N° 10 y 16;

11) Distrito Nº 11: con sede en las ciudades de San Jorge y El Trébol, comprende los Circuitos Judiciales N° 11, 18 y 30;

12) Distrito N° 12: con sede en la ciudad de San Lorenzo, comprende el Circuito Judicial N° 12;

13) Distrito N° 13: con sede en la ciudad de Vera, comprende el Circuito Judicial N° 13;

14) Distrito Nº 14: con sede en la ciudad de Villa Constitución, comprende el Circuito Judicial N° 14;

15) Distrito N° 15: con sede en la ciudad de Tostado, comprende el Circuito Judicial N° 32;

16) Distrito N° 16: con sede en la ciudad de Firmat, comprende el Circuito Judicial N° 35;

17) Distrito N° 17: con sede en las ciudades de Villa Ocampo y Las Toscas, comprende el Circuito Judicial N° 34;

18) Distrito N° 18: con sede en la ciudad de San Justo, comprende el Circuito Judicial N° 27;

19) Distrito N° 19: con sede en la ciudad de Esperanza, comprende el Circuito Judicial N° 19;

20) Distrito N° 20: con sede en la ciudad de San Javier, comprende el Circuito Judicial N° 26;

21) Distrito N° 21: con sede en la ciudad de Helvecia, comprende el Circuito Judicial N° 21;

22) Distrito N° 22: con sede en la ciudad de Gálvez y Coronda, comprende los Circuitos Judiciales N° 17, 20 y 25;

23) Distrito N° 23: con sede en la ciudad de Las Rosas, comprende el Circuito Judicial N° 23;

24) Distrito N° 24: con sede en la ciudad de Sunchales, comprende el Circuito Judicial N° 31.”

ARTÍCULO 4.- Modifícase el inciso 5) del artículo 6 de la ley N° 10160 (Ley Orgánica del Poder Judicial) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“5) Circunscripción N° 5; con sede en la ciudad de Rafaela, comprende los Distritos Judiciales N° 5, 10, 15 y 24.

ARTÍCULO 5.- Incorpórase el inciso 4.24) al artículo 7 de la ley N° 10160 (Ley Orgánica del Poder Judicial) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“4.24) uno en lo Civil Comercial y Laboral con asiento en la ciudad de Sunchales.

ARTÍCULOS 6.- Modifícase el artículo 77 de la ley Nº 10160 (Ley Orgánica del Poder Judicial) y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 77.- Tienen asiento en las sedes de los Distritos Judiciales Nº 6, 7, 8, 9, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24 y ejercen su competencia material en sus respectivos territorios.

En el Distrito Judicial N° 10 tienen asiento un Juzgado en, lo Civil, Comercial Laboral en la ciudad de San Cristóbal y otro en la ciudad de Ceres, con competencia territorial concurrente, en los términos del inciso a) punto 2 del artículo 2 de la ley N° 10160.”

ARTÍCULO 7.- La Corte Suprema de Justicia dispondrá las medidas pertinentes para dotar de los recursos humanos y materiales al nuevo Juzgado de primera instancia de distrito que se crea por la presente norma.

ARTÍCULO 8.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias que fueran necesarias para el cumplimiento de esta ley.

ARTÍCULO 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017.

 

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

  1. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

  1. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

 

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

9 de Enero de 2018;

 

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletin Oficial

PABLO GUSTAVO FARIAS

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado

21308



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CSJ Nombramientos de oficio 2018

NOMBRAMIENTOS DE OFICIO AÑO 2018. 

Considerando lo previsto por la ley 2034 para la formación de las Listas para Nombramientos de Oficio; y que del examen de las solicitudes presentadas, se seleccionaron aquellas que reúnen todos los requisitos legales, conforme lo dispuesto por Acuerdo de fecha 5.12.2017, Acta N° 48, p. 12, se formó lista única de las distintas profesiones de las cuales se servirán todos los Tribunales y Juzgados de cada sede judicial.



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DISPOSICIONES TÉCNICO REGISTRALES CONJUNTAS Nº 1 Y 2 Año 2018

DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL CONJUNTA N° 1

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 25 de enero de 2018

VISTO: lo dispuesto en el Decreto N° 705/1985 y los artículos 75 y 76 inc. 6 de la Ley provincial N° 6435 que facultan a los Directores Generales a fijar turnos de trabajo; y,

CONSIDERANDO:

 

Que ante el requerimiento por parte de los usuarios es conveniente retomar el horario habitual de atención al público en el Registro General Santa Fe y Rosario, en los Nodos Reconquista, Rafaela y Venado Tuerto, a partir del mes de febrero de 2018;

Que durante el mes de febrero continúan las licencias debiendo procesarse con menor cantidad de personal la carga de los documentos presentados a efectos del Ordenamiento Diario conforme artículo 68 de la ley 6435 y su posterior tramitación; consecuentemente es necesario suspender durante el mes de febrero el trámite de los servicios urgentes;

Por ello y de conformidad a lo normado en el Decreto 705/1985 y en los artículos 75, 76 inc. 6° y concordantes de la Ley Provincial N° 6435, y la Resolución N° 42/11 del Ministerio de Justicia y DD.HH.,

EL SECRETARIO DE GESTION PUBLICA Y LOS DIRECTORES

GENERALES DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE y ROSARIO

 DISPONEN:

1º.- El horario de atención al público será a partir del mes de febrero de 2018 el habitual de 7.30 horas a 12.30 horas para el Registro General Santa Fe y Rosario, como así también para los Nodos Reconquista, Rafaela y Venado Tuerto.-

2°.- Continuará la suspensión de los trámites diferenciales o urgentes durante el mes de febrero de 2018.-

3º.- Regístrese, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.-

************************

DISPOSICIÓN TÉCNICO REGISTRAL CONJUNTA N° 2

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 25 de enero de 2018

VISTO: lo dispuesto por el Decreto Provincial N° 1309/2017, emitido en consecuencia del Expediente N° 13401-0726625-3 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el Servicio de Catastro e Información Territorial procedió a elaborar las modificaciones de las normas para la Confección de Planos de Mensura aprobadas por Decreto N° 5947/1962; y,

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Provincial N° 1309/17 facultó a la Administración Pública del Servicio de Catastro e Información Territorial a dictar las resoluciones pertinentes que modifiquen las normas e instrucciones por razones de actualización tecnológica (arts. 1° a 101 inclusive del Anexo);

Que la Resolución N° 108 de fecha 20 de octubre de 2017, emitida como consecuencia del Expediente N° 13401-1266338-0, referido a la implementación de procesos de trabajo que refieren a diversas tramitaciones que se deben realizar en el Servicio, resolvió aprobarlos de manera obligatoria a partir del 1° de noviembre de 2017 para los Trámites de Actualización de Mejoras, actualización del titular catastral, Verificación del Estado Parcelario y Registración de Planos de Mensura en la Provincia de Santa Fe;

Que del Anexo Único, ítem 4.2.3 “Registración de Planos de Mensura para Usucapión”, que describe el circuito que sigue el expediente para la inscripción del Plano de Adquisición de Dominio tanto Administrativa como Judicial dentro del SCIT, surge claramente que el trámite de registración de planos para usucapión concluye con la expedición del certificado catastral (ítem 4.2.4), el cual se expide una vez cumplimentados todos y cada uno de los requisitos exigidos a efectos de la registración del plano respectivo, acreditándose la clara intervención del organismo catastral a ese efecto;

Por ello y de conformidad a las facultades emergentes de los artículos 74, 75 y 76 inc. 4° de la Ley Provincial N° 6435,

 

EL SECRETARIO DE GESTION PUBLICA Y LOS DIRECTORES

GENERALES DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE y ROSARIO

DISPONEN:

1º.- Para la inscripción de la adquisición de dominio mediante usucapión administrativa o judicial, la intervención del Servicio de Catastro e Información Territorial que se requiere en los planos respectivos, se cumplimenta con la presentación ante el Registro General del CERTIFICADO CATASTRAL expedido por el SCIT.-

2º.- Regístrese, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.-


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Búsqueda Secretario- Procurador –

Información de interés – Grupo Consultores de Empresa

Secretario – Procurador

Importante estudio jurídico se encuentra en la búsqueda de secretario – procurador quienes se postulen a la vacante deberán ser estudiantes avanzados o recibidos de la carrera de abogacía o procurador, comprobar experiencia en atención al público, manejo de expedientes y procuraciones.

Nos orientamos a hombres entre 23 a 40 años. La empresa ofrece excelentes condiciones contractuales.

Cantidad de vacantes: 1

Incorporación inmediata.

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Informativas

Certificación de Firmas 

de 7.30 a 12.30 (sólo por la mañana) – 3º piso de Tribunales de Rafaela – Juzgado Laboral


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Exclusión de la FACA de la Comisión de Garantías

La Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.) debe pronunciar públicamente su rechazo, por afectar el federalismo institucional, al Decreto N° 1095/17 (publicado en el Boletín Oficial el día  26/12/17) que modifica el Decreto N° 272/06 en el punto crucial de la conformación de la Comisión de Garantías.

Las competencias de dicha Comisión, de fundamental importancia, consisten en calificar excepcionalmente como servicio esencial a una actividad no enumerada en el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Nº 25.877 –Medidas de Acción Directa en Conflictos Colectivos de Trabajo-; asesorar a la Autoridad de Aplicación para la fijación de los servicios mínimos necesarios, cuando las partes no lo hubieren así acordado o cuando los acuerdos fueren insuficientes, para compatibilizar el ejercicio del derecho de huelga con los demás derechos reconocidos en la Constitución Nacional; pronunciarse, a solicitud de la Autoridad de Aplicación, sobre cuestiones vinculadas con el ejercicio de las medidas de acción directa; expedirse, a solicitud de la Autoridad de Aplicación, cuando de común acuerdo las partes involucradas en una medida de acción directa requieran su opinión; consultar y requerir informes a los entes reguladores de los servicios involucrados, a las asociaciones cuyo objeto sea la protección del interés de los usuarios y a personas o instituciones nacionales y extranjeras, expertas en las disciplinas involucradas, siempre que se garantice la imparcialidad de las mismas (conf. art. 2 del Decreto N° 272/06).

De acuerdo con el art. 3 del Decreto N° 272/06  los integrantes de la Comisión de Garantías serían designados por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de las organizaciones de empleadores y de trabajadores más representativas, de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.) y del Consejo Interuniversitario Nacional (C.I.N.). A estos fines, cada una de dichas organizaciones nominaba tres (3) candidatos.

La presencia de la F.A.C.A. se explica y justifica puesto que el art. 3º del Decreto N° 272/06 establece que la Comisión de Garantías se encuentra integrada por cinco (5) miembros y que la elección de los mismos debe recaer en personas de reconocida solvencia técnica, profesional o académica en materia de relaciones del trabajo, del derecho laboral o del derecho constitucional y destacada trayectoria, añadiendo además el art. 4 del mismo reglamento que todos los designados deben cumplir el requisito de la independencia.

En tal sentido, la F.A.C.A. se encuentra integrada por más de ochenta (80) Colegios de Abogados de todo el territorio nacional, los cuales -casi en su totalidad- ejercen por delegación estatal el gobierno de la matrícula y la potestad disciplinaria, a la par que poseen dentro de sus competencias, realizar estudios, informes, dictámenes, proyectos y demás trabajos que se refieran a la profesión, a la ciencia del derecho, a la investigación de instituciones jurídicas y sociales, al funcionamiento de la administración de justicia y a la legislación en general.

Se trata, de personas jurídicas de derecho público no estatal, creadas por las legislaturas provinciales, de conformidad con facultades constitucionalmente reservadas.

Su participación en el ámbito de la Comisión de Garantías, durante la vigencia del Decreto N° 272/06 se dio a partir de destacados juristas, integrantes del Instituto de Estudios Legislativos de la Federación (I.D.E.L. – F.A.C.A.),  los que durante poco más de diez años se han desempeñado sin ninguna clase de reproche.

El Decreto N° 1095/17, sin alterar ni modificar las atribuciones conferidas a la Comisión de Garantías, ha resuelto excluir de las organizaciones con competencia para nominar candidatos para dicha Comisión -sin dar fundamentación alguna- a la Federación Argentina de Colegios de Abogados, reemplazándola por la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires y manteniendo al Consejo Interuniversitario Nacional.

La Federación Argentina de Abogados (F.A.C.A.) considera que la incorporación de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires como institución que proponga integrantes para la Comisión podría resultar enriquecedor, pero excluir a la Abogacía organizada lesiona el federalismo.

La decisión adoptada,  nos merece el más enérgico rechazo, no solo en tanto implica desconocer los antecedentes y las bases de la representación federal de esta Federación, su aquilatada trayectoria y participación en la construcción del Estado Constitucional y Democrático de Derecho, así como una visión que permite contrapesar las más elevadas opiniones de la teoría jurídica con las praxis de los más de cien mil abogados inscriptos en los Colegios federados, los que contribuyen cotidianamente con su tarea a la promoción y protección de los derechos y garantías de los habitantes.

Otra vez, la F.A.C.A. y los Colegios de Abogados que la integran sufren un injustificado embate a su amplia y plural representación federal, consumada mediante su exclusión en la posibilidad de proponer integrantes para un órgano que proyecta decisiones y opiniones que exigen precisamente de esas condiciones.

Denunciamos por ello este retroceso en la reglamentación de un vital órgano para garantizar el derecho de huelga y su razonable armonización con los derechos fundamentales que puedan verse afectados por su ejercicio, instando al Poder Ejecutivo Nacional a revisar esta infudada modificación y mantener a la Federación Argentina de Colegios de Abogados entre las organizaciones habilitadas para proponer integrantes para la Comisión de Garantías prevista en el 3er. Párrafo del art. 24 de la Ley 25.877.

 

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2017

 

Federación Argentina de Colegios de Abogados.-


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Nuevos tribunales de San Cristóbal.

Corte Suprema de Justicia de la provincia informa 

“Nuevos Tribunales de San Cristóbal Etapa Final -  inicio de obras: previsto para el día martes 2 de enero de 2018. 

Cabe advertir, que el proyecto contempla la demolición del frente del edificio donde actualmente se encuentra el ingreso principal, ubicado en Av. Trabajadores Ferroviarios 1233, por lo que el mismo permanecerá clausurado durante el período de realización de los trabajos, que se estima tendrá una duración de 455 días.

Atento a ello, deviene pertinente disponer que el ingreso, tanto de personal judicial como de público en general, deberá realizarse por el acceso al sector de cocheras, ubicado en calle Saavedra 945, desde el día 2.1.2017 y hasta la conclusión efectiva de las obras.

 


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Suspensión de los plazos registrales – DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 24

DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 24
Rosario, 20 de diciembre de 2017

VISTO: El paro de actividades dispuesto por la Unión Personal Civil de la Nación -Seccional Santa Fe- para el día 18 de diciembre de 2017 a partir de las 13 hs y para el día 19 la jornada completa que afectó el funcionamiento del Registro General Santa Fe, Registro General Rosario y los Nodos Reconquista, Rafaela ,Venado Tuerto y Tribunales; y

CONSIDERANDO:

Que durante la mañana del día 18 de diciembre y desde principios del mes en curso se ha incrementado el número de presentaciones, esta documentación ingresada sumada al remanente constituye una situación de excepción que entorpece el despacho en tiempo oportuno, adicionándosele las modificaciones edilicias en ambos Registros Generales, así como también la implementación de los diversos sistemas registrales que se encuentran funcionando, se hace aconsejable en ese marco de circunstancias mantener la situación enunciada en la DTRC N° 23/17 y continuar con la suspensión de plazos vigente.

Que la ley 9263 y la Resolución del Ministerio de Gobierno Nº 381/83, normas que facultan a esta Dirección General para suspender plazos cuando existan circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor, y la situación referida en “Visto” configura una de la excepciones trascendentes que se encuadran en dichas normas.

Que ello se torna aplicable en ambos Registros de la Propiedad Inmueble con motivo de la implementación mediante Disposición Técnico Registral Conjunta N° 03/2015 del Sistema unificado de Inhibiciones en toda la provincia.

Por todo ello y lo dispuesto en el artículo 75, 76, y concordantes de la ley Nº 6435 (conc. Ley 17.801):

 

EL SECRETARIO DE GESTIÓN PÚBLICA Y LOS DIRECTORES GENERALES DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y ROSARIO

DISPONEN:

1.- Mantener la suspensión de los plazos registrales establecida en la Disposición Técnico Registral Conjunta N° 23/2017 los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 15 de diciembre de 2017 hasta las 24 hs. del día 29 de diciembre de 2017.

2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.

3.– Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.

 

FIRMADO: Dr. Matías E. Figueroa -Secretario de Gestión Pública- del Registro General, Dr. Miguel A. Luverá. Director General. Registro General Rosário y Dra. Graciela Gimenez. Directora General. Registro General Santa Fe.


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Circular nro. 123. Pautas para los sorteos de Profesionales para Nombramientos de Oficio

Circular Nro. 123/2017.-

 

Santa Fe, 27 de diciembre de 2017.-

Señor

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a los demás integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 05.12.2017, Acta 48 p. 12, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe dispuso que a partir del 01.02.2018 el sorteo de profesionales de Nombramientos de Oficio, Martilleros y Síndicos se llevará a cabo mediante sistema informático, confeccionado a partir de listas únicas, y a través de las “Oficina de Sorteo de Peritos, Martilleros y Síndicos” creadas al efecto y dependientes de las Presidencias de Cámara. En este sentido, dicha oficina se ubicará en las Mesas de Entradas Únicas Civiles en las ciudades de Santa Fe, Reconquista y Rafaela; en la Presidencia de Cámara Civil de la ciudad de Venado Tuerto; y en las Presidencias de Cámara Civil y Laboral en Rosario.

En este marco, los juzgados de circuito y distrito de los distintos fueros con asiento en las ciudades sedes de las Cámaras deberán canalizar las solicitudes de sorteo –o cualquier otra comunicación al efecto– mediante correo con firma digital a la dirección de mail de la Oficina de Sorteo respectiva. Una vez realizado el sorteo mediante el sistema informático, la Presidencia de Cámara hará saber la designación al juzgado oficiante mediante correo electrónico con firma digital.

Es dable aclarar, que en el resto de los juzgados del interior, el sistema de sorteo continuará realizándose en la forma habitual.

Asimismo, se informa que todos los listados de las distintas jurisdicciones estarán disponibles en la página web del Poder Judicial.

A continuación, se mencionan los correos respectivos:

 

Sede

Oficina de Sorteo

Santa Fe sorteoperitossfe@justiciasantafe.gov.ar

Rosario

 

peritoscivilesros@justiciasantafe.gov.ar

peritoslaboralesros@justiciasantafe.gov.ar

Venado Tuerto sorteoperitosvt@justiciasantafe.gov.ar
Reconquista sorteoperitosrecon@justiciasantafe.gov.ar
Rafaela sorteoperitosrafa@justiciasantafe.gov.ar

Saludo a Ud. atentamente.-

 

 

Dr. Eduardo Bordas

Secretario de Gobierno


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FERIA JUDICIAL ENERO 2018 Horarios de atención

COLEGIO DE ABOGADOS

*Biblioteca: 10.00 a 12.00 hs.     Permanecerá cerrado desde el 22/01 hasta el  02/02, inclusive.

 

*Administración: 08.00 a 12.00 hs.

CAJA FORENSE

*Obra Social:  09.30 a 12.00 hs.

 

*Fiscalización:  Guardia permanente en Rafaela (sólo para exptes. con habilitación de feria judicial)



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Circulares nº 121/2017 – Tasas retributivas de servicios // nº 122/2017 Nuevos montos de los tickets de mandamientos y cédulas.

Circular nro. 121. Tasas retributivas de servicios.

TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS JUDICIALES.

Expte. Nro. 194/2002.

VISTO Y CONSIDERANDO: Que en Acuerdo del 19.6.2002, Acta N° 23, punto 5, esta Corte ratificó lo actuado por la Secretaría de Gobierno del Cuerpo, y en consecuencia, aprobó el Reglamento Unificado para la percepción de tasas retributivas de servicios que presta el Poder Judicial Provincial, como así también los formularios respectivos y estableció la previsión de Tasas por los servicios mencionados. Que, asimismo, en Acuerdo del 20.12.2016 (Acta N° 55, punto 8), este Cuerpo aprobó lo actuado por Secretaría de Gobierno en dicha oportunidad, estableciendo a partir del 1.3.2017, los nuevos valores en las tasas retributivas de servicios que brinda este Poder Judicial. Que ello así, conforme las prescripciones del Artículo 3ro. del citado Reglamento Unificado, la Secretaría de Gobierno del Cuerpo ha procedido a disponer -atento la propuesta que le fuera realizada por la Dirección General de Administración-, la actualización de los importes establecidos en el Artículo 1ro. del mismo (vgr. Certificaciones, Informes del Registro Público de Comercio, Informes del Registro de Procesos Universales, Servicio de fotocopiado, Venta de Formularios, Venta de Foja Cero de Mesas de Entradas Unicas, Impresión de Fallos expedidos por Secretaría de Informática, Impresión de material bibliográfico en las Bibliotecas del Poder Judicial, Compensación por Usufructo del espacio físico en los edificios de los Tribunales y Prestaciones del Registro de Deudores Alimentarios Morosos), de lo que se da cuenta a esta Corte. Que para el establecimiento de los nuevos valores de las Tasas se ha tenido en consideración el tiempo transcurrido desde la fijación de las referidas tasas, como así también el importe actualizado según el Indice de Precios al Consumidor Nivel General. Que atento todo ello, teniendo en cuenta las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, luego de un intercambio de opiniones y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General,

 

SE RESUELVE:

  1. Aprobar lo actuado por la Secretaría de Gobierno de este Cuerpo, estableciendo que los nuevos valores de las tasas retributivas de servicios que brinda este Poder Judicial, regirán a partir del 1.3.2018.
  2. Disponer que la nueva escala de valores aludida se agregue al final de la presente y como parte integrante del acta.

III. Librar las comunicaciones pertinentes.-

FDO.: ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. GUTIERREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).-

 

Fuente: http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5511

 

 

 

Circular nro. 122.

Aumento del valor de los tickets de mandamientos y notificaciones

 

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE S/ SU PRESENTACIÓN REF. OBLIGACIÓN DE ACOMPAÑAR TICKETS A LOS FINES DEL DILIGENCIAMIENTO DE CÉDULAS.

 

Expte. Nro. 983/02 y sus acumulados Exptes. 573/04, 657/04, 887/04, 1725/04, 39/05, 125/05, 101/08, 246/08 y 1827/08.

VISTAS: Las actuaciones del epígrafe, en las que se encuentran acumuladas presentaciones efectuadas por diferentes integrantes de este Poder Judicial, quienes plantean el aumento del valor del ticket de cédulas de notificación y mandamientos; y,

 

CONSIDERANDO: Que el actual valor establecido para los tickets correspondientes a los Mandamientos y a las Cédulas de notificaciones, ha sido fijado por este Cuerpo en Acuerdo de fecha 29.8.2016, mediante Acta N° 36, p. 5 (v. Artículo 38 del Reglamento de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones), a partir del 17 de octubre de 2016. Que en virtud de lo informado por la Dirección General de Administración, se advierte un considerable incremento -desde aquella fecha-, en los valores de los parámetros que habitualmente han sido tenidos en cuenta para estimar el costo de los mismos, por lo que esta Corte considera razonable actualizar dichos montos, modificando los estipulados en la reglamentación aludida. Por ello y de conformidad a lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General,

 

SE RESUELVE:

 

  1. Modificar los montos estipulados en el Artículo 38 del Reglamento de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones de la Provincia de Santa Fe, estableciendo en $ 100 el valor del ticket de mandamiento; en $ 50 el valor del ticket de cédula de notificación; en $ 40 el valor del ticket de cédula de notificación de aquellos juicios en los que el Estado Nacional, la Provincia, Municipalidades, Comunas y otros Organismos Oficiales resulten ser parte; y en $ 50 el valor del ticket de cédula de mediación.
  2. Disponer que tal actualización entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2018.

 

FDO: ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. GUTIÉRREZ NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS. (SECRETARIO).

 

Fuente: http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5512



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Declaración de FACA: FORTALECER NUESTRA DEMOCRACIA.

El Colegio  de Abogados de la Quinta Circunscripción Judicial de la Provincia de Santa Fe, como miembro activo de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.), se adhiere a todos los conceptos de la presente declaración e insta a las fuerzas vivas de la ciudad a pronunciarse en igual sentido en defensa de la República y la Paz Social.

DECLARACIÓN DE F.A.C.A.

FORTALECER  NUESTRA  DEMOCRACIA

           La Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.) ha comunicado públicamente su posición institucional referida a la ley de Reforma Previsional, recientemente aprobada en el Honorable Congreso de la Nación.

Sin perjuicio de ello, y atendiendo al marco de violencia inusitada en la que se ha debatido dicha ley, desde la F.A.C.A. convocamos al diálogo y al debate dentro de las instituciones de la República, pues sólo concebimos la crítica y el disenso desde lo institucional, regidos por el Estado de Derecho, y recordando que los Señores Diputados y Senadores de la Nación han sido elegidos por el pueblo, el cual no gobierna ni delibera sino a través de sus representantes.

En democracia, el debate de las ideas requiere el respeto de las instituciones, y en especial, en un tema tan caro para la sociedad en su conjunto, como lo es el vinculado a los derechos de quienes dedicaron su esfuerzo de toda una vida para el desarrollo del país.

Todo ataque a las instituciones republicanas, a sus representantes, a los bienes del patrimonio público, a los derechos de los ciudadanos o a la convivencia, enarbolando intereses que en nada representan el de los jubilados y pensionados de la República Argentina, debe ser inmediatamente repudiado desde lo institucional e investigados y juzgados por el Poder Judicial.

Asimismo, cualquier avance dirigido a quebrantar el Estado de Derecho, traducido en el menoscabo de los derechos y garantías constitucionales, debe ser considerado un riesgoso e inadmisible intento de erosionar sus principales instituciones.

Los partidos políticos, como pilares del republicanismo argentino, y toda entidad que se atribuya representación social, deberían convocarse al diálogo y cesar en forma inmediata de cualquier “vía de hecho” en la que pudieren haber incurrido lesionando el orden constitucional.

Sólo el debate dentro de las instituciones de la República fortalecerá nuestra democracia.

 

MESA DIRECTIVA DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS

                                                                                Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de diciembre de 2017




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PERSONAL QUE PRESTARÁ SERVICIOS DURANTE LA FERIA JUDICIAL DE ENERO DE 2018.

Circular Nro. 119/17.-

Santa Fe, 20 de diciembre de 2017.-

Señor:

Titular del Órgano Jurisdiccional

S / D

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 19.12.2017, Acta Nro. 51, punto 11, la Excma Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, aprobó la siguiente resolución:

PERSONAL QUE PRESTARÁ SERVICIOS DURANTE LA FERIA JUDICIAL DE ENERO DE 2018.

VISTAS: Las nóminas de magistrados, funcionarios, empleados y personal de servicio, confeccionadas de acuerdo con lo establecido en la reglamentación en vigencia por las Secretarías de este Tribunal de Santa Fe y Rosario, en las que se especifican los agentes de las Circunscripciones Judiciales 1, 2, 3, 4 y 5 que desempeñarán sus funciones durante la feria judicial de enero del año 2018, en los correspondientes Distritos y Circuitos comprendidos en las mismas. Que en virtud de lo expuesto, atento las prescripciones del art. 248 de la ley 10.160, y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General,

SE RESUELVE:

Aprobar las nóminas y ordenar sean agregadas al final de la presente y como parte integrante del acta, estableciendo que el personal designado gozará de la licencia compensatoria respectiva de acuerdo con lo prescripto por el artículo 253 del mencionado texto legal y el criterio rector establecido por este Cuerpo en la reglamentación vigente en la materia.-

FDO.: ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).

Para acceder a las nóminas ingresar a

http://www.justiciasantafe.gov.ar/js/index.php?go=i&id=5506

 


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FACA ofrece Becas institucionales Maestría en Magistratura y Derecho Judicial año 2018

FEDERACION ARGENTINA DE COLEGIOS DE ABOGADOS (F.A.C.A.)

OFRECE

DOS  becas institucionales del 25%  destinadas a abogados
para cursar la  “Maestría en  Magistratura  y Derecho Judicial 2018/2019”
 dictada por la FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD AUSTRAL (CABA)

 

 

Información en archivos adjuntos y en el enlace: http://www.austral.edu.ar/derecho/posgrados/maestria-en-magistratura-y-derecho-judicial/

JOVENES ABOGADOS INTERESADOS EN LAS BECAS

INSCRIBIRSE  en sede del Colegio de Abogados o por correo electrónico a colabrafaela@wilnet.com.ar,

HASTA EL 15/02/2018, inclusive

 La FACA sorteará las BECAS entre TODOS  los  INTERESADOS INSCRIPTOS en los distintos Colegios de Abogados que la integran.


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I CONCURSO LITERARIO Y CIENTIFICO-JURIDICO – DR. GUILLERMO O. NANO.

Federación Argentina de Colegios de Abogados
FACA Cultura

Buenos Aires, 11 de Diciembre de 2017.

Sr. Presidente del

Colegio de Abogados

Presente

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de comunicarle que la Comisión de Cultura,  bajo la dirección del Dr.  José  Luis OLIVERA  RIVAS, ha retomado sus actividades encauzando así el  concursos literario, ampliando las  categorías para participar en los mismos, a) libre, b) abogados jubilados.  Se mantienen las categorías de «Ensayo Jurídico»; «Poesía» y «Cuento Breve».-

Por separado  enviaremos  las bases  de  dicho Concurso adelantando que  la fecha de cierre del mismo se programó para el día 30 de abril de 2018.-

Por ello se ha  resuelto invitar al Colegio que Ud. preside a fin de que puedan  designar hasta tres delegados  para integrar la Comisión de Cultura de nuestra Federación, solicitando a su vez, nos informe si en su Colegio funciona una  comisión  similar, y en tal  caso  nos pueda facilitar el contacto con el director de la misma.

Dicha información es de interés debido a que como Ud. ya conoce la Comisión de Cultura de nuestra Federación, ha venido llevando a cabo su labor viéndose ésta reflejada en la organización del   I CERTAMEN CIENTIFICO-JURIDICO Y LITERARIO ´ DR. GUILLERMO NANO´ (2015); y ante el cambio de autoridades en la misma, actual director Dr. José Luis Olivera Rivas, (Colegio de Abogados de Santa Fe),  nos resulta menester contar con tal información a efectos de continuar con tal labor e incorporar nuevas actividades culturales para y con los distintos colegas.

Informamos que el Colegio de Abogados de San Rafael, Segunda Circunscripción, Pcia. de Mendoza, ha donado dos  esculturas realizadas en hierro, una para la Sede de F.A.C.A. y otra que será destinada como premio para el Colegio de Abogados del ganador del certamen categoría Científico. Asimismo se invita al Colegio de Abogados que Usted preside a colaborar con la donación de algún premio para los ganadores del concurso o menciones especiales.

Muchas gracias por su atención, descontando la participación de esa entidad y esperando contar con vuestra colaboración lo saludamos a Ud. muy  atentamente.-

Eduardo Massot                                José Luis Olivera Rivas

PRESIDENTE                                 DIRECTOR DE CULTURA

BASES Y CONDICIONES.
ARTICULO 1º: Podrán presentar obras los abogados en actividad y/o los jubilados de todo el país y alumnos avanzados de la carrera de abogacía de Facultades de Derecho a nivel nacional que reúnan la condición de alumno regular con más de veinticinco materias aprobadas. Los géneros serán los siguientes: a) ensayo jurídico; b) poesía; c) cuento breve; d) libre.
ARTICULO 2º: Los trabajos deberán ser inéditos y estar escritos en idioma castellano.
ARTICULO 3º: El tema es libre y cada concursante podrá presentar un trabajo en cada uno de los géneros en competencia, con un seudónimo diferente en cada caso.
ARTICULO 4º: En ningún supuesto el sistema de publicación afectará los derechos intelectuales del autor.
ARTICULO 5: De cada trabajo se presentarán dos ejemplares abrochados o anillados, en un sobre cerrado, caratulado con el nombre del concurso. En el interior de este sobre, se deberán acompañar dos sobres cerrados:
sobre A (destinado al Jurado) con los siguientes datos: a) género en el que se presenta el concursante; b) título de la obra; c) seudónimo que adopta el autor.
sobre B con los siguientes datos: a) nombre y apellido del autor; b) tipo y número de documento; c) domicilio y teléfono; d) fotocopia del título de abogado o constancia de abogado jubilado; e) constancia de alumno regular y analítico parcial de donde surja la cantidad de materias aprobadas; f) declaración jurada expresa de que la obra no ha sido presentada en concurso y/o certamen anterior ni tampoco en concurso y/o certamen alguno pendiente de resolución; g) título de la obra; h) seudónimo que adopta el autor.-
ARTICULO 6º: El lugar de presentación de las obras será la sede de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, avenida de Mayo Nº 651, segundo piso, CP 1084, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, personalmente o por correo (teléfonos 011-43318008/ 011-43318009).-
ARTICULO 7: Los Jurados estarán integrados por miembros designados por la Federación Argentina de Colegios de Abogados y se expedirán en un plazo máximo de cuarenta y cinco días corridos. Se designarán un Jurado de tres miembros para el género ´ ensayo jurídico ´ y un Jurado de tres miembros para los géneros literarios ´poesía´, ´cuento breve´ y ´libre´.- Dichos Jurados determinarán a los ganadores en cada género y el orden de mérito.
ARTICULO 8º: El plazo de presentación de las obras vencerá el día martes  30 de abril  de 2018.- Para las obras remitidas por correo se considerará la fecha que conste en el matasello o timbre postal.
ARTICULO 9º: Las obras deberán presentarse escritas en computadora, en papel formato A4 (según norma DIN-A4, 210 x 297 mm. ) a doble espacio interlineado en letra ´ Times New Roman ´ cuerpo 12, impresas a simple faz, margen superior de 3 ctms, margen inferior de 3 ctms, margen izquierdo de 3 ctms y margen derecho de 1,5 ctms. Los autores deberán adjuntar un CD con copia de la obra presentada.
ARTICULO 10: El ensayo jurídico y el cuento breve tendrán una extensión máxima de diez carillas. La poesía no deberá superar los cuarenta versos. La categoría libre es sin condiciones estipuladas.-
ARTICULO 11º: Los tres primeros premios de cada género serán publicados por la Federación Argentina de Colegios de Abogados en su Página Web y/o por el medio o soporte que considere más conveniente . La participación en el concurso implica la cesión de derechos de publicación por parte del autor.

ARTICULO 12º: La Federación Argentina de Colegios de Abogados determinará fecha y lugar de entrega de premios.

ARTICULO 13º: Los trabajos presentados no serán devueltos.

ARTICULO 14º: Cualquier situación no prevista será resulta por la entidad organizadora en forma definitiva e irrecurrible.

 

 

 


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Listas de CONJUECES Año 2018

Circular Nro. 117/2017.-

 

 

 

Santa Fe, 13 de diciembre de 2017.-

 

 

 

Señor

 

Titular del Órgano Jurisdiccional

 

S / D

 

Me dirijo a Ud. a fin de comunicarle, para su conocimiento y notificación a todos los integrantes de ese órgano jurisdiccional, que en el Acuerdo Ordinario celebrado el día 12.12.2017, Acta Nro. 50, punto 14, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, adoptó la siguiente resolución:

 

“CONJUECES PARA EL AÑO 2018.

 

VISTOS: Los listados de conjueces confeccionados según la preceptiva del Artículo 19 inc. 5 de la ley 10.160 (t.o. 1998) para reemplazar, en los casos previstos en la norma legal, a Jueces y Funcionarios del Ministerio Público de la Provincia durante el año 2018; habida cuenta que no existen observaciones que formular y de conformidad con lo dictaminado en este acto por el señor Procurador General,

 

SE RESUELVE: I. Aprobar las listas de mención, procediéndose por Secretaría de Gobierno del Tribunal a su comunicación a los distintos asentamientos judiciales de la Provincia. II. Disponer se agreguen los listados aludidos al final de la presente y como parte integrante del acta.-

 

FDO.: ERBETTA. FALISTOCCO. GASTALDI. GUTIÉRREZ. NETRI. SPULER. BARRAGUIRRE. BORDAS (SECRETARIO).”

 

Se adjuntan a la presente los respectivos listados, que fueron confeccionados según las preceptivas del art. 19, inc. 5 de la Ley 10160, y de los arts. 20 bis y 23 bis de la Ley 13.018.

 

Sin otro particular, saludo a Ud. atentamente.

 

 

Dr. Eduardo Bordas

 

Secretario de Gobierno

 

 

 

 

 

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

 

 

 

1                       ALTHAUS, Alfredo Alberto                                                Corrientes 763 P. 3° Of.308/309 -Ros.

 

2                       ARAYA, Miguel Carlos Celestino                                     Corrientes 832  -1°.P.- Rosario

 

3                       BENVENUTTI, José                                                               9 de Julio 3132 – Santa Fe

 

4                       BUSSER, Roberto                                                                  H. Irigoyen 2660 – Santa Fe

 

5                       CÓCERES, Eduardo Néstor                                                Urquiza 5850 – Santa Fe

 

6                       CUENCA, Daniel Oscar                                                        Tucumán 1904 – Rosario

 

7                       CULLEN, Iván José María                                                   9 de Julio 1216 – Rosario

 

8                       DIAZ, Araceli Margarita                                                      Pje Rosales 48 (3 febrero 2100) – Ros.

 

9                       DOBSON, Juan Ignacio                                                        San Lorenzo 876 – 3er.Piso –  Rosario

 

10                     FERULLO, Vicente                                                                 Belgrano 1099 – Reconquista

 

11                     GENTILE CAPPELLA, Leonardo Emilio                            Av. Pellegrini 1810 – Rosario

 

12                     GIANFELICI, Roberto Eduardo                                         Belgrano 3867  – Santa Fe

 

13                     GÓMEZ, Reynaldo                                                                Avda. Freyre 2626-P.1-Of.2-Santa Fe

 

14                     GRANADOS, Ernesto Ignacio José                                 Paraguay 777 Piso 9° – Rosario

 

15                     GUASTAVINO, Carlos Eduardo                                        Ing. Maturo 758 – Santa Fe

 

16                     HERNÁNDEZ, Carlos Alfredo                                            Rioja 2458 -EP -Rosario.

 

17                     LARA, Patricio Carlos                                                           Balcarce 447 – P.B. A. – Rosario

 

18                     LO CELSO, Gustavo Guillermo María                             Córdoba 836 – 4to. Piso. Rosario

 

19                     MOSCARIELLO, Ricardo Victorio                                     Bv. Maiorano 424.  Arroyo Seco

 

20                     MOSSET ITURRASPE, Jorge                                               Moreno 2664 – Santa Fe

 

21                     PEYRANO, Guillermo Federico                                        Corrientes 653  Piso 6°/7° Of. 6/1-Ros.

 

22                     RACCIATTI, Hernán Juan Francisco                                Paraguay 777 – Piso 12 – Rosario

 

23                     RADKIEVICH, Oscar                                                              Mñor Zaspe 2575- P.1 D. B -Santa Fe

 

24                     REYNA, Carlos A.                                                                   1° de Mayo 1676 – Santa Fe

 

25                     SANCHEZ LECUMBERRI, Raúl Luis                                   Güemes 3171 – Santa Fe

 

26                     SCHWEIZER, Bernardo (H)                                                 1° de Mayo 1869 – Santa Fe

 

27                     SEDRÁN, Noemí Regina Rosa                                           España 234 – Cañada de Gómez

 

28                     SOMAGLIA, Héctor Gabriel                                              Junín 2982 – Santa Fe

 

29                     SUAREZ, Víctor Marcelo Ernesto                                    Zeballos 2335 – Rosario

 

30                     TOZZINI, Gabriela Inés                                                       Santiago 965 – Rosario

 

31                     VÁZQUEZ ROSSI, Jorge                                                       1° de Mayo 1570-1er. Piso – Santa Fe

 

32                     VEKIC, Nelson                                                                        Moreno 2688 – Santa Fe

 

33                     YANIERI, Alcira Ana                                                              Laprida 1864 – Rosario

 

34                     YODICE, Alejandro                                                               San Gerónimo 2423-Dpto. 2-Santa Fe

 

 

 

 

 

 

 

CIRCUNSCRIPCIÓN NRO. 5

 

 

 

CÁMARAS DE APELACIÓN CIVIL, COMERCIAL Y  LABORAL

 

Y  FISCALÍA DE CÁMARAS

 

RAFAELA

 

 

 

1                       ALEMANDI, Marcelo Edgar                                               Alte Brown 376 – Rafaela

 

2                       ALFONSO, Hugo Amílcar                                                    Necochea 296 – Rafaela

 

3                       ALVAREZ, Norberto Luis                                                    Almafuerte 85 – Rafaela

 

4                       BELLITTI, Francisco Javier                                                   Liniers 128 – Rafaela

 

5                       BERTONE de OLIVERA, Susana                                        Salta 140 – Rafaela

 

6                       CAMACHO, Héctor O.                                                         Maipú 277 – Rafaela

 

7                       CANCLINI, María del Carmen                                           3 de Febrero 333 – Rafaela

 

8                       CARLUCCI, Gabriel                                                               Rivadavia 114 – Rafaela

 

9                       CORRO, Fabián  Dario                                                          Buenos Aires 133- ler Piso. – Rafaela

 

10                     CULZONI, Adela                                                                    Alem 226 – Rafaela

 

11                     DESTEFANI DE PICCO, Ester                                              Lavalle 327 – Rafaela

 

12                     FERRATI, María Eugenia                                                     Reconquista 837 – Rafaela

 

13                     FISCHER, Yaquelina                                                              Alvear 471 – Rafaela

 

14                     GATTI, Alicia                                                                            Bv. Lehmann 797 – Rafaela

 

15                     GIORGETTI, Paula Rosa                                                      A. Alvarez 130 – Rafaela

 

16                     ROMAGNOLI, Ricardo Jorge                                             Necochea 274 – Rafaela

 

17                     SOSA, María de Belén                                                         Lamadrid 137 – Rafaela

 

18                     TERRAGNI, Marco A.                                                           Brown 233 – Rafaela

 

19                     WILLINER, Mirta Ester                                                         Tucumán 843 – Rafaela

 

 

 

 

 

JUECES DE CÁMARA PENAL

 

RAFAELA

 

(LEY 13018 y su modificatoria 13405 -Art. 20 bis)

 

 

 

1                       BARONETTI,   Raul Telmo                                                   Avda. Mitre 369  – Rafaela

 

2                       BORGNA,  Jorge                                                                    Belgrano 494   – Rafaela

 

3                       DOMENELLA,   Raul Alberto                                              Ingenieros 33 – Rafaela

 

4                       FERRERO,   Daniel Norberto                                             26 de Enero 594  – Rafaela

 

5                       KURGANOFF,   Diego Ariel                                                Alem 247  – Rafaela

 

6                       LANDA, Lilian del Rosario                                                   Las Heras 578 – Rafaela

 

7                       MOSCONI,   Pablo                                                                Av. Mitre 843  – Rafaela

 

8                       ROMAGNOLI,   Ricardo Jorge                                           Necochea 274  – Rafaela

 

9                       TRIVELLI,   Horacio Celso                                                    Alem 256 – Rafaela

 

10                     ZEHNDER,   Rodolfo Francisco                                          Alvear Nº 255  – Rafaela

 

11                     VERNA, Germán Eduardo                                                 A. Álvarez N° 130 – Rafaela

 

 

 

 

 

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Y DE CIRCUITO

 

RAFAELA

 

 

 

1                       BAINE, Alejandro Guillermo                                             Sargento Cabral 143 – Rafaela

 

2                       BARONETTI, Raúl                                                                  Avda. Mitre 369 – Rafaela

 

3                       BELMONTE BARONETTI, Lorena                                     Jorge Newbery 500 – Rafaela

 

4                       BERTOLE, Javier F.                                                                Sarmiento 144 – P.A  – Rafaela

 

5                       BRERO, Raquel                                                                       Liniers   128 – Rafaela

 

6                       BUERO, Alicia M.                                                                   Avda. Dr. D’Alfonso 1173.- S.M.Escobas

 

7                       CAFFARO, Gabriel A.                                                           3 de Febrero 105 – Rafaela

 

8                       CARRA COSTAMAGNA, Juan Carlos                              Tucumán 23 – Rafaela

 

9                       FRENQUELLI, Marcela                                                         Güemes 465 – Rafaela

 

10                     GUGLIELMONE, Ricardo L.                                                Belgrano 466. Sunchales.

 

11                     INGARAMO, Hernán A.                                                      Buenos Aires 133 Piso 1 – Rafaela

 

12                     LANDA, Lilián del Rosario                                                   Las Heras 578 – Rafaela

 

13                     MARCHIARO, Enrique                                                         Alem 226 – Rafaela

 

14                     MEDRAN, Silvana Mercedes                                            Garibaldi 574 – Rafaela

 

15                     MIRETTI, Luis                                                                          Alvear 418 – Rafaela

 

16                     MONDINO, Juan José                                                         Avda. Dr. E. Salva 479 – Rafaela

 

17                     PAVETTI, Rubén                                                                    L. de la Torre 805 – Rafaela

 

18                     PEROTTI, Oscar Miguel                                                       Brown 445 – Rafaela

 

19                     ROLANDI, Roberto                                                               Ameghino 504  -Sunchales

 

20                     ZULLI, Alejandro Rubén                                                     Bv. San Martín 213 – Suardi

 

 

 

JUECES DE PRIMERA INSTANCIA DEL NUEVO SISTEMA PENAL

 

RAFAELA

 

(Ley 13018 y su modificatoria 13405 -Art. 23 bis)

 

 

 

1                       ALAMO, Cecilia Raquel                                                       Reconquista 425 – Rafaela

 

2                       BECEYRO,   Sergio Andrés.                                                San Lorenzo 670  – Rafaela

 

3                       BORETTO BONGIOVANNI,  Lisandro D.                        Belgrano 104  – San Vicente

 

4                       CAFFARO,   Gabriel Alejandro.                                        3 de Febrero 105  – Rafaela

 

5                       CLERICI,   Gabriel Alfonso Ramón                                   Lavalle 84 Piso 4 Of 44 – Rafaela

 

6                       FARIAS,   Demalde Carlos Luis                                         A. Del Valle 565 P.A.  – Rafaela

 

7                       MARTINO NAVARRO,   Carlos Víctor                             Sarmiento 439  – Rafaela

 

8                       MIGLIORI,   Leandro Ariel                                                  Florentino Ameghino 1458  – Sunchales

 

9                       ROGIANI,   Nicolás Enrique                                               25 de Mayo 205  – Rafaela

 

10                     TERRAGNY, Enrique Mario Antonio                              Brown 233 – Rafaela

 

 

 

FISCALES, DEFENSORES Y  ASESORES DE MENORES

 

RAFAELA

 

1                       AIRASCA, Ivana María                                  Alem 226 – Rafaela

 

2                       AGLIETTO, SOFIA                                                                  Alem 265 – Rafaela

 

3                       BARELLO, Sebastián Omar                                                Mitre 369 – Rafaela

 

4                       BENDER, Gisela Belén                                                         San Martín 536 – Rafaela

 

5                       COLON, Raúl                                                                           Uruguay 523 – Rafaela

 

6                       DAGA, Gabriel Alejandro                                                  Av. Santa Fe 302 Piso 2 – Rafaela

 

7                       LEDESMA, Silvia                                                                     Avellaneda 310. Sunchales.

 

8                       MOSCONI, Pablo                                                                  Av. Mitre 843 – Rafaela

 

9                       PIACENZOTTO, Iván Fabio                                                 Sarmiento 287 – Ceres

 

10                     SALARI, María Adela                                                            Sarmiento 244 P.B. Of. 2 – Rafaela

 

 

 

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Y DE CIRCUITO

 

SAN CRISTÓBAL

 

 

 

1                       AIRASCA, Ivana María                                                         Alem 226 – Rafaela

 

2                       ALLOATTI, Claudia                                                                Las Heras 428 – San Cristóbal

 

3                       BARBINI, Jorge Daniel                                                         Ituzaingó 125 – San Cristóbal

 

4                       BERRONE, Hugo Mario Simón                                          Mendoza 163- Humberto Primo.

 

5                       BURELA, Javier Rubén                                                        Alvear 490 – San Cristóbal

 

6                       DOMENELLA, Raúl                                                                Ingenieros 33 – Rafaela

 

7                       ESPECHE DE GUTIÉRREZ, Liliana                                      Pje. G. Espouyes 231 – San Cristóbal

 

8                       PAUTASSO, Marcelo                                                           Pueyrredon 1008 – San Cristóbal

 

9                       REGINATTO, Ricardo Ovidio                                             Pueyrredon 1203 – San Cristóbal

 

10                     VARGAS, Luciano Ezequiel                                                San Martín 1801 – Tostado

 

 

 

JUECES DE PRIMERA INSTANCIA DEL NUEVO SISTEMA PENAL

 

SAN CRISTÓBAL

 

(Ley 13018 y su modificatoria 13405 -Art. 23 bis)

 

 

 

1                       BURELA,   Javier Rubén                                                      Alvear 490  – San Cristóbal

 

2                       CHAPARRO,   Cesar Dionisio                                             H.Irigoyen 939  – San Cristóbal

 

3                       DOMÍNGUEZ,   Guillermo Emilio                                     D. Matheu 218  – Ceres

 

4                       GARCIA,   Ricardo Alberto                                                 Alvear 923  – San Cristóbal

 

5                       MANSILLA,   Juan Manuel                                                 Bv. Pueyrredón 198 – Ceres

 

6                       PARMA,   Hugo Martín                                                       Aldao 101 – Ceres

 

7                       PAUTASSO,   Marcelo Oscar                                             Pueyrredón 1008  – San Cristóbal

 

8                       SCHWARTZMAN, Jaime Alfredo                                     Alvear 558 – San Cristóbal

 

9                       STRADA,   Joaquín Jorge                                                    Saavedra 723  – San Cristóbal

 

 

 

 

 

FISCALES, DEFENSORES Y  ASESORES DE MENORES

 

SAN CRISTÓBAL

 

 

 

1                       ALLOATTI, Julián Mauricio                                                 Ituzaingó 580 – San Cristóbal

 

2                       COSTA, Luciana                                                                      Belgrano 498 – Rafaela

 

3                       GOLDÍN, Dina                                                                         Maipú 1273 – San Cristóbal

 

4                       MARTINO, Edgardo Luis                                                     Cochabamba 656 – San Cristóbal

 

5                       MENEGHINI, María Gabriela                                            Caseros 948 – San Cristóbal

 

6                       PONCINO, Liliana                                                                  Pueyrredón 770 – San Cristóbal

 

7                       SCHIAVI, Viviana                                                                   Alvear 618 – San Cristóbal

 

8                       STRADA, Joaquín Jorge                                                      Saavedra 723 – San Cristóbal

 

9                       TOSELLO, Stella M.                                                               Diag. Rivadavia 1254 – San Cristóbal

 

10                     VIOTTI, María José                                                               Cochabamba 878 – San Cristóbal

 

 

 

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Y DE CIRCUITO

 

TOSTADO

 

 

 

1                       BEARZOTTI, Rubén Francisco                                           25 de mayo 488- San Vicente

 

2                       BENAVÍDEZ, Heduerd G.                                                   San Lorenzo 1541 – Tostado

 

3                       CAGLIERO, Julia Noemí                                                      Sarmiento 1280 – Tostado

 

4                       CARRERAS, Porfirio                                                              12 de octubre 1476 – Tostado

 

5                       CEJAS, María Inés                                                                 Héctor Stella 1233 – Tostado

 

6                       CLAA, Miguel Angel                                                             12 de Octubre 1371 – Tostado

 

7                       CHIAPPERO, Juan Manuel                                                 Ameghino 1458 – Sunchales

 

8                       DOMENELLA, Raúl                                                                Ingenieros 33 – Rafaela

 

9                       ELZ, Juan José                                                                        Alvear 437- Rafaela

 

10                     FASSI, Carlos Alberto                                                          Pellegrini 254 – Rafaela

 

11                     FERRERO, Arturo                                                                   Victoria 158 – Ceres

 

12                     FILIPPI, Alberto Juan                                                           Pedro Centeno 910 – Santa Fe

 

13                     FRANCO, Fernando                                                             12 de Octubre 1476-  Tostado

 

14                     FRAUSIN, Miguel Angel                                                     Sarmiento y San Lorenzo – Tostado

 

15                    GONZÁLEZ, Fabricio Raúl                                                    Santa Fe 1206 – Tostado

 

16                    GONZÁLEZ, Hugo Adrián                                                    Santa Fe 1206 – Tostado

 

17                    HOURIET, Ana Luz                                                                 12 de Octubre 1371 – Tostado

 

18                     JOVTIS, María Guadalupe                                                 Av. Pueyrredón s/n – G. Perez de Denis

 

19                     MARTIN, Juan M.                                                                 Sarmiento y San Lorenzo – Tostado

 

20                     NELLEN, Claudina                                                                  Saavedra 998 – Tostado

 

21                     NICOLA, Claudio José Antonio                                        Maipu 516 – Rafaela

 

22                     PAUTASSO, Marcelo                                                           Pueyrredón 1008 – San Cristóbal

 

23                     PLIAUZER, Cecilia                                                                  Florencio Sanchez 351 – Rafaela

 

24                     RABELLINO, Nelson Javier                                                 San Lorenzo 1541 – Tostado

 

25                    ROLDÁN FOGLIA, Noella                                                     Santa Fe 1237 – Tostado

 

26                   SEFFINO, Oscar Luis                                                               Maipu 277 – Rafaela

 

 

 

 

 

JUECES DE PRIMERA INSTANCIA DEL NUEVO SISTEMA PENAL

 

TOSTADO

 

(Ley 13018 y su modificatoria 13405 -Art. 23 bis)

 

 

 

1                       BENAVIDEZ HEDUERD,   Gualberto                                San Lorenzo 1541  – Tostado

 

2                       FRAUSIN,   Miguel Ángel.                                                  Sarmiento y   San Lorenzo  – Tostado

 

3                       LEVIS,   Ángel Roque                                                           Av. Rivadavia 1133  – Tostado

 

4                       MARTIN,   Juan Manuel                                                     Sarmiento y   San Lorenzo  – Tostado

 

5                       PONS,   Henry  Gustavo                                                     Belgrano 1875 Local 2 – Tostado

 

 

 

 

 

FISCALES, DEFENSORES Y  ASESORES DE MENORES

 

TOSTADO

 

 

 

1                       BARBINI, Jorge                                                                      Ituzaingó 125 – San Cristóbal

 

2                       CARRERAS, Porfirio Mario Martín                                  12 de Octubre 1476 – Tostado

 

3                       DÍAZ, Armando                                                                      San Martín 1815 – Tostado

 

4                       FERRERO, Arturo                                                                   Victoria 158 – Ceres

 

5                       FERRERO, María A.                                                               12 de Octubre 1390- Tostado

 

6                       FRAUSÍN, Miguel A.                                                             Sarmiento y San Lorenzo – Tostado

 

7                       GAITÁN, Néstor D.                                                               Casares y Victoria – Ceres

 

8                       GARRAHAN, María Aurelia                                               San Martin 1856 – Tostado

 

9                       LEVIS, Angel R.                                                                       San Martín 1131 – Tostado

 

10                     MARTIN, Juan M.                                                                 Sarmiento y San Lorenzo – Tostado

 

11                     PARMA, Hugo Martín                                                         Aldao 101 – Ceres

 

12                     PAROLA, Agustín A.                                                             Avda. de Mayo 68 – San Guillermo

 

13                     ROLANDI, Roberto                                                               Ameghino 504 – Sunchales

 

14                     ROLDÁN FOGLIA, Albano                                                  Santa Fe 1237 – Tostado

 

15                     UBERTI, Hugo                                                                         Colón 585 – Villa Trinidad

 

16                     ZAPATA, Rubén                                                                    Zona Rural – Tostado

 

 

 

 

 




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De interés

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SANTA FE

 

Informa que
 
Atento a las necesidades del servicio judiciario y  a los fines de obtener un óptimo aprovechamiento de los recursos edilicios disponibles, devino necesario TRASLADAR – desde el día 04/12/2017- la DEFENSORIA y FISCALIA con asiento en la ciudad de TOSTADO al edificio que ocupa el Juzgado de Primera Instancia de Instrucción, Correccional y Faltas, sito en San Martín 1545 de dicha localidad.

 

 

 

APROBARON LA CREACIÓN DE UN JUZGADO DE COMPETENCIA PLENA EN SUNCHALES.

Fuente:
http://www.sunchaleshoy.com.ar/2017/12/01/aprobaron-la-creacion-de-un-juzgado-de-competencia-plena-en-nuestra-ciudad/

 


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CONFERENCIA DE PRENSA – MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACIÓN OPERACIÓN TURISMO NACIONAL EN RAFAELA

 COMUNICADO OFICIAL DEL MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACIÓN 
OPERACIÓN TURISMO NACIONAL EN RAFAELA

 

CONFERENCIA DE PRENSA EL DIA  6 DE DICIEMBRE EN EL SALON DE CONVENCIONES DE L HOTEL PARRA & SUITES DE RAFAELA A LAS 16:30 HS.

 A CARGO DE:  

1- MALDONADO RICARDO.

DIRECTOR DE CONTROL DE AGENCIAS DE VIAJES DEL MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACION
DIRECTOR DEL INSTITUTO DEL TURISMO DEL COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS – CABA

2- CONTADORA PUBICA UBA. LORENA CECILIA MARTINEZ. INSPECTOR ASISTENTE DEL DR. MALDONADO.

 TEMAS A TRATAR.

 CUMPLIMIENTO DE FISCALIZACION DE AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO
PRIORIDAD DE CONTROL A LOS NO REGISTRADOS
TURISMO ESTUDIANTIL, VIAJES DE EGRESADOS Y VIAJES DE ESTUDIO.
PROBLEMATICA EN LA PROVINCIA DE SANTA FE
COMERCIALIZACION VIA INTERNET. VENTAS ILEGALES.
MODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
REVOCACION DE CONTRATOS TURISTICOS CON RELACION A DEFENSA DEL CONSUMIDOR
OTROS

 



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Acordadas CFAR – Autoridades feria judicial 2018 / Elección de autoridades de Cámara y salas año 2018

Acordada nro. 316/2017 CFAR "Designacion de autoridades para la feria judicial del mes de Enero del año 2018"


DESIGNACIÓN DE LAS AUTORIDADES PARA LA FERIA JUDICIAL DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2018.

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones; 

Y VISTO, Y CONSIDERANDO: 

Lo dispuesto por el art. 115 del Reglamento para la Justicia Nacional.  

En su mérito, 

ACORDARON: 

I) Designar las autoridades de esta Cámara Federal y de los Tribunales dependientes de su jurisdicción que se desempeñarán durante la Feria Judicial del mes de Enero de 2018:

CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES:  

Sala “A”:

Del 1º al 15: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ.

Del 16 al 31: Dr. Aníbal PINEDA.

Del 16 al 31: Dr. Jorge Sebastián GALLINO.

Sala “B”:

Del 1º al 7: Dr. José Guillermo TOLEDO.

Del 1º al 14: Dra. Élida I. VIDAL.

Del  15  al 31: Dr. Edgardo BELLO.

PRESIDENTE:

Del 1º al 14: Dra. Élida I. VIDAL 

Del 15 al 31: Dr. Edgardo BELLO.

 

SECRETARIOS DE CAMARA: 

Del 1º al 7: Dra. Raquel BOLZICO.

Del 1º al 12: Dra. María Araceli PROVENS.

Del 1º al 14: Dra. Milagros CABAL.

Del 1º al 15: Dra. Verónica VILLATTE y la Dra. Valeria MALGIOGLIO.

Del 13 al 31: Dra. María Victoria RUIZ.

Del 16 al 23: Dr. Víctor BOTTAZZI.

Del 24 al 31: Dr. Félix ANGELINI.

Del: 29 al 31: Dra. Eleonora PELOZZI.

Del 29 al 31: Dra. Diana LATINI.

 

JUZGADOS FEDERALES DE ROSARIO: 

Del 1º al 10 y del 19 al 26: Dra. Sylvia R. ARAMBERRI.

Del 11 al 18 y del 27 al 31: Dr. Aurelio A. CUELLO MURÚA.

Del 1º al 15: Dr. Marcelo M. BAILAQUE. 

Del 16 al 31: Dr. Carlos A. VERA BARROS.

  

JUZGADOS FEDERALES DE SAN NICOLAS:

Del 1º al 10: Dra. Sylvia R. Aramberri (subroga) J.F.1 de San Nicolás

Del 11 al 18: Dr. Aurelio A. CUELLO MURÚA (subroga) J.F. 1 de San Nicolás.

Del 19 al 20: Dra. Sylvia R. ARAMBERRI (subroga) J.F. 1 de San Nicolás. 

Del 1º al 15: Dr. Marcelo Martín BAILAQUE (subroga) J.F. 2 de San Nicolás.

Del 16 al 20 –inclusive-: Dr. Carlos VERA BARROS (subroga) J.F. 2 de San Nicolás.

Del 21 al 31: Dr. Carlos VILLAFUERTE RUZO.

 

JUZGADOS FEDERALES DE SANTA FE:

Del 1º al 15: Dr. Reinaldo R. RODRIGUEZ.

Del 16 al 31: Dr. Francisco MIÑO.

 

JUZGADO FEDERAL DE RAFAELA:

Del 1º al 15: Dr. Reinaldo R. RODRIGUEZ (subroga) J.F. de Rafaela.

Del 16 al 31: Dr. Miguel E. ABASOLO.

II) Disponer que las autoridades designadas nombrarán el personal que los secundará. 

III) Fijar el horario de atención al público de 7 a 13 horas. 

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia y se comunique, por ante mí que doy fe.- (firmado) José Guillermo TOLEDO - Fernando L. BARBARÁ – Elida I. VIDAL - Aníbal PINEDA – Dr. Edgardo A. BELLO (Subrogante) - Jorge Sebastián GALLINO (Subrogante) - Jueces de Cámara - Dra. Raquel N. BOLZICO. Secretaria de Superintendencia.-                                                          

 

 ////////////////////////////////////

Acordada nro. 320/17 CFAR "Eleccion de autoridades de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario y de sus respectivas Salas para el próximo año 2018"
ELECCIÓN DE AUTORIDADES DE LA CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE ROSARIO Y DE SUS RESPECTIVAS SALAS PARA EL PRÓXIMO AÑO 2018.

En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a los treinta    días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los abajo firmantes, Jueces de la Cámara Federal de Apelaciones, a los fines de proceder al nombramiento de las autoridades del Tribunal para el año dos mil dieciocho. 

Y CONSIDERANDO que:

Las designaciones de autoridades se han venido efectuando rotativamente, según el orden de ingreso de cada Vocal en esta Cámara Federal.

Con respecto al vocal Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ se reitera la misma situación referida en la Acordada n° 275/2012 - Considerando 2°-, y mantenida en las Acordadas Nº 310/2013, 310/2014, 269/2015 y 231/2016, por lo que se mantiene lo allí dispuesto.

Por lo expuesto, 

ACORDARON: 

Disponer que las autoridades de esta Cámara Federal de Apelaciones y de sus respectivas Salas “A” y “B”, para el próximo año dos mil dieciocho, serán las siguientes: 

I) CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES: 

Presidente: Dra. Elida Isabel VIDAL

Vicepresidente 1º: Dr. Fernando Lorenzo BARBARÁ

Vicepresidente 2º: Aníbal PINEDA

II) SALA “A”: 

Presidente: Aníbal PINEDA

III) SALA “B”:  

Presidente: José Guillermo TOLEDO

Todo lo cual dispusieron, ordenando se registre en el protocolo de resoluciones de Superintendencia, y se comunique, ante mí que doy fe.- (firmado) José Guillermo TOLEDO - Fernando L. BARBARÁ – Elida I. VIDAL - Aníbal PINEDA – Dr. Edgardo A. BELLO - Jorge Sebastián GALLINO (Subrogante) - Jueces de Cámara - Dra. Raquel N. BOLZICO. Secretaria de Superintendencia.-                                                                              

 

        

 

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Registro General -Disposición N° 85 prorroga entrada en vigencia Disp. N° 83

DISPOSICIÓN N° 85
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 30 de noviembre de 2017

	Vista la fecha prevista para la entrada en vigencia de la Disposición N° 83 del 21 de noviembre del corriente año de suspensión por tiempo indeterminado de los trámites urgentes para el ingreso de documentos al Departamento Registraciones de Dominio; y,
CONSIDERANDO:

			Que los argumentos esgrimidos por los usuarios hacen conveniente prorrogar la entrada en vigencia de la Disposición citada; 

			Por ello y de conformidad a lo normado en los artículos 75, 76 y concordantes de la Ley Provincial N° 6435;


LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE 

DISPONE:

1º.- Fijar la entrada en vigencia de la Disposición N° 83/2017 a partir del día 11 de diciembre del corriente año.-
2°.- Regístrese, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.-

ES COPIA – FDO. DRA. MIRTA GRACIELA GIMENEZ



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DISPOSICIÓN N° 83 – Suspensión del trámite urgente de dominio.

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 21 de noviembre de 2017

 

Vista la implementación de la Orden de Servicio N° 006/2017 mediante la cual se estableció un Cupo Diario de quince (15) ingresos bajo la modalidad de Trámite Urgente sólo aplicable al ingreso para registraciones de Dominio; y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que es conveniente proceder a la suspensión por tiempo indeterminado de los trámites urgentes para las solicitudes vinculadas al Departamento Registraciones de Dominio, a fin de brindar el servicio de manera óptima, con la celeridad y la diligencia debida;

 

 

Por ello y de conformidad a lo normado en los artículos 75, 76 y concordantes de la Ley Provincial N° 6435;

 

 

EL SUB SECRETARIO DE ASUNTOS REGISTRALES Y LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE

 

 

DISPONEN:

 

1º.- Suspender por tiempo indeterminado los trámites urgentes para el ingreso de documentos al Departamento Registraciones de Dominio.-

 

2°.- La presente entrará en vigencia a partir del día 04 de diciembre del corriente año.-

 

3º.- Regístrese, comuníquese a los Colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.-

 

 

ES COPIA







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BASES PARA REFORMA DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

http://www.saij.gob.ar/bases-para-reforma-procesal-civil-comercial-ministerio-justicia-derechos-humanos-nacion-lb000214-2017-08/123456789-0abc-defg-g41-2000blsorbil

 

SUMARIO

Esta publicación presenta las bases del proceso de reforma de justicia civil y comercial que se enmarca en el programa Justicia 2020 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuyo objetivo es la elaboración, implementación y evaluación de políticas para construir, junto a la sociedad, una justicia que genere resultados socialmente relevantes y permita la solución de los conflictos en forma rápida y confiable. Entre los cambios procesales a realizar para un mejor servicio de justicia, en el eje civil del programa, se incluye un nuevo Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, impulsando un nuevo procedimiento civil y comercial basado en los principios de oralidad efectiva, celeridad y transparencia.

 

INDICE

o    Doctrina

o    Prólogo

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado

o    Capítulo I : Objetivos, metodología y contexto

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado

o    Capítulo II: Enfoque sistémico con perspectiva de política pública

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado

o    Capítulo III: Principios procesales orientadores

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado

o    Capítulo IV: Aplicación , interpretación e integración de las normas procesales

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado

o    Capítulo V. Estructuras procesales

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado

o    Capítulo VI. El proceso ordinario por audiencias

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado

o    Capítulo VII. Proceso monitorio

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado

o    Capítulo VIII. Actividad procesal y actos de postulación

Doctrina. Programa Nacional de Coordinación General de Derecho Privado


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Colegio de Abogados y Caja Forense informan

Colegiados:

Les informamos que el miércoles 15 y jueves 16 del corriente, Caja Forense y Colegio de Abogados (administración y biblioteca) permanecerán cerrados en razón de los feriados por la conmemoración de la fundación de la ciudad de Santa Fe y el día del empleado judicial, respectivamente.

La adhesión a esta última fecha, en lo que respecta a administración y biblioteca del Colegio, resulta de compensar el día del empleado de comercio celebrado el pasado 25/09/2017, en cuya oportunidad el Colegio permaneció abierto en el horario habitual.



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Charla sobre Revalúo Impositivo y Reforma Tributaria

«El proyecto de revalúo impositivo y contable de bienes. Opción. Impuesto especial. Ajuste por inflación impositivo. Modificaciones a la ley del impuesto a las ganancias. La futura reforma tributaria»

Disertantes: Víctor Aramburu y Hector Astrada (socios de Impuestos de Deloitte Córdoba y Rosario, respectivamente) y Lisandro Bert (gerente de Auditoría de Deloitte Rosario)

Fecha, lugar y hora: lunes 13/11 – SUM del CCIRR – 18 hs

http://www.ccirr.com.ar/Sitio/VerNoticia.aspx?j=1&i=4510

INSCRIPCION: info@ccirr.org.ar


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JUSTICIA 2020

La plataforma  www.justicia2020.gob.ar  es un espacio de diálogo institucional y ciudadano, donde podrán encontrar las iniciativas de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, divididas en los siguientes siete Ejes temáticos, para la participación y interacción entre el funcionario responsable de cada una y los usuarios de la plataforma:

 

– Institucional
– Civil
– Penal
– Derechos Humanos
– Gestión
– Acceso a la Justicia
– Justicia y Comunidad

En el adjunto encontrarán las iniciativas incluidas dentro de cada uno de los Ejes.
En el enlace de abajo se encuentra el video sobre  cómo inscribirse en la plataforma y los equipos / foros en los que tengan interés :

https://www.youtube.com/watch?time_continue=2&v=T6VRnG_2Irk
La inscripción en los equipos permite al usuario:

1) conocer los aportes que realizan los demás usuarios y los funcionarios responsables de la temática.

2) realizar aportes si es de su interés, y

3) recibir las invitaciones a las reuniones presenciales que realiza el Ministerio, a cargo del funcionario responsable de la inciativa.

 

Ingresando a la solapa  Novedades / Eventos , en la parte superior de la página web www.justicia2020.gob.ar , podrán ver las reuniones agendas y abiertas a la participación presencial de los usuarios.

 

Quedan invitados todos los matriculados en los respectivos Colegios de Abogados,  a participar de las iniciativas  de www.Justicia2020.gob.ar , tanto en los foros de las mismas como en las reuniones presenciales.







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4º MODULO CURSO ACTUALIZACION RIESGOS DEL TRABAJO (19/10)

CURSO DE ACTUALIZACIÓN SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO

JUEVES 26 DE OCTUBRE – 4º MÓDULO –  HORARIO 17.00 A 19.00

RESPONSABILIDAD SISTEMICA Y EXTRASISTEMICA  – DR. JOSE DANIEL MACHADO.

Se solicita puntualidad.

Inscripción y cancelación del arancel del módulo indicado deberá efectuarse en administración del

Colegio de Abogados en el horario de 08.00 a 16.00


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REUNIÓN INSTITUTO DE DERECHO PREVISIONAL

 

VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2017 A LAS 15.00 HORAS  – CASA DEL FORO (ALVEAR 425)

Tema: Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados.

Análisis de la guía del adjunto. Elaboración de documento para enviar a FACA.





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REUNIONES INSTITUTOS DE MEDIACIÓN Y DE FAMILIA

  REUNIONES

INSTITUTO DE MEDIACION

JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2017 A LAS 15.30 HORAS – COLEGIO DE ABOGADOS (BS. AS. 168)

 

INSTITUTO DE DERECHO DE FAMILIA

JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2017 A LAS 18.00 HORAS – COLEGIO DE ABOGADOS (BS. AS. 168)



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2º Módulo Curso de Actualización sobre Riesgos del Trabajo – jueves 12/10

CURSO DE ACTUALIZACIÓN SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO

JUEVES 12 DE OCTUBRE – 2º MÓDULO –  HORARIO 17.00 A 19.00

ASPECTOS PROCESALES – DRES. MARIELA FREGONA/FRANCISCO IPPOLITO.

Se solicita puntualidad.

Inscripción y cancelación del arancel de éste y de los próximos módulos deberá efectuarse en administración del

Colegio de Abogados en el horario de 08.00 a 16.00



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Inscripción abierta a abogados, incluidos no mediadores JORNADA DE MEDIACIÓN CIVIL Y PENAL en Rafaela

El Centro de Capacitación Judicial y el Centro de Mediación del Poder Judicial  Santa Fe, dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, se dirigen a Ud. y a los demás colegiados a fin de invitarlos a participar de la realización de una JORNADA DE MEDIACIÓN CIVIL Y PENAL DEL PODER JUDICIAL, sus implicancias y beneficios – a cargo del Coordinador Académico, el Dr. Jorge Giandoménico, acompañado por la Directora Liliana Norma Iglesias del Centro de Mediación Santa Fe, del Poder Judicial- la cual se desarrollará el día jueves 19 de octubre a las 19:00hs, en el Salón Auditorio de la Universidad Católica de Santiago del Estero, sito en Bv. Hipolito Yrigoyen 1502 de la ciudad de Rafaela.

Período de Inscripción para Abogados: desde el 6 al 17 de octubre de 2017, mediante email a: capacitacionsfe@justiciasantafe.gov.ar; debiendo consignar nombre y apellido, D.N.I.

Sin otro particular, saludamos cordialmente.

 

Centro de Capacitación Judicial

Centro de Mediación Judicial Santa Fe

de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.


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Recordatorio 7º clase del taller de práctica profesional (10/10/2017). Se ruega puntualidad. TALLER DE PRACTICA PROFESIONAL 2017

TALLER DE PRACTICA PROFESIONAL 2017

ORGANIZA: COMISION DE JOVENES ABOGADOS.

LUGAR: CASA DEL FORO

RECORDAMOS  INGRESO Y EGRESO  POR CALLE BUENOS AIRES

SE RUEGA PUNTUALIDAD

 

CLASE Nº7 – MARTES 10 de OCTUBRE

 

RESPONSABILIDAD CIVIL: (16.00 a 18.00 hs) Accidentes de tránsito. – Dr. Cristian WERLEN.

Dº AMBIENTAL: (18.30 a 20.30 hs) La acción preventiva en el Derecho ambiental. – Dr. Pablo LORENZETTI.

 

PRÓXIMA  CLASE:

Clase Nº 8 a cargo de los Dres. Edgardo Allochis y Lucas Marín – Reprograma para el 7 de noviembre, idéntico horario.

 

 

A quienes adeuden cuotas, les recordamos que podrán cancelarlas en administración del Colegio de Abogados en el horario de 08.00 a 16.00

 


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Reuniones de Institutos – MEDIACION (jueves 19/10) – AGRARIO (martes 17/10) – NUEVA FECHA PENAL

REUNIONES

-INSTITUTO DE DERECHO PENAL – NUEVA FECHA!

JUEVES 18 DE OCTUBRE DE 2017 A LAS 20.00 HORAS – COLEGIO DE ABOGADOS (BS. AS. 168)

 

-INSTITUTO DE MEDIACION NUEVA FECHA!

JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2017 A LAS 15.30 HORAS – COLEGIO DE ABOGADOS (BS. AS. 168)

 

-INSTITUTO DE DERECHO AGRARIO – NUEVA FECHA!

MARTES 17 DE OCTUBRE DE 2017 A LAS 19.00 HORAS – COLEGIO DE ABOGADOS (BS. AS. 168)

Tema: Sociedades anónimas simplificadas – Primer fallo penal condenatorio en materia de agroquímicos




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Congreso de Derecho Ambiental

UBA 30/11 y 01/12

Beneficio para Universidades y Colegios de Abogados de las Provincias: si los mismos aportan un listado de 8/10 personas (nombre, apellido, mail y DNI) que se inscriban al Congreso y Cena, abonando la matrícula antes del 15.10.2017:   Pagarán $1.300,00.

Deberían enviar previamente el listado a fundexpoterra2014@gmail.com y luego completar cada uno de los asistentes la inscripción y cancelación de la matrícula en http://www.expoterra.com.ar/abiertas-las-inscripciones-al-vi-congreso-argentino-de-derecho-ambiental/.






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DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 16 – Suspensión de plazos

  • DISPOSICIÓN TECNICO REGISTRAL CONJUNTA Nº 16

ROSARIO, 19 de septiembre de 2017

 

VISTO: El imprevisto Corte del Servicio de Internet, que afecta el normal funcionamiento de los Registros Generales Santa Fe y Rosario y Nodos; y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Sistemas Registrales presentó un informe detallando las prestaciones  interrumpidas, Sistema de Formularios Electrónicos, Sistema Unificado de Inhibiciones, Servicio de Correo Oficial , Sistema Total Doc y accesos al Sistema Provincial de Informática.

Que esto altera el curso de los plazos registrales que rigen a los distintos trámites.

Que la ley 9263 y la Resolución del Ministerio de Gobierno Nº 381/83, normas que facultan a esta Dirección General para suspender cuando existan circunstancias de caso fortuito o de fuerza mayor, y la situación referida en “Visto” configura una de la excepciones que se encuadran en dichas normas.

Que ello se torna aplicable en ambos Registros de la Propiedad Inmueble con motivo de la implementación mediante Disposición Técnico Registral Conjunta N° 03/2015 del Sistema unificado de Inhibiciones en toda la provincia.

Por ello y lo dispuesto en el artículo 75, 76, y concordantes de la ley Nº 6435.

 

EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS REGISTRALES A/C DE LA DIRECCION PROVINCIAL DEL REGISTRO GENERAL, LA DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO GENERAL SANTA FE Y EL DIRECTOR DEL REGISTRO GENERAL ROSARIO

D I S P O N E N :

 

1.- Suspender los plazos registrales establecidos en la ley 6435 desde la cero (0) hora del día 18 de septiembre de 2017 hasta las 24 hs. del día 19 de septiembre de 2017.

2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.

3.– Regístrese, notifíquese con copia, comuníquese a los colegios Profesionales vinculados con la actividad registral, hágase conocer al público en general, y archívese.

 

FIRMADO: Dr. Matías E. Figueroa. Subsecretario de Asuntos Registrales A/C de la Dirección Provincial del Registro General, Dr. Miguel A. Luverá. Director General. Registro General Rosario y Dra. Graciela Gimenez. Directora General. Registro General Santa Fe


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Curso de actualización sobre RIESGOS DEL TRABAJO,

COLEGIO DE ABOGADOS SEDE RAFAELA

PRÓXIMA  ACTIVIDAD ACADÉMICA

 

JUEVES 05 DE OCTUBRE DE 2017 – INICIO *  “CURSO DE ACTUALIZACIÓN SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO”

Dres. Sebastián Pusineri – Mariela Fregona – Francisco Ippolito – Marcelo Giuliani – Diego Guirado- José Daniel Machado

 Atento al cupo limitado establecido para la actividad, se ruega a los interesados cancelar el arancel a los fines de confirmar la inscripción definitiva.





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Jornada sobre DERECHO CONCURSAL

Jornada sobre Derecho Concursal

Destinatarios abogados, contadores y estudiantes de ambas carreras.

Organizan: Colegio de Abogados de la V Circunscripción Judicial y Consejo de Cs. Económicas de Rafaela.

CUPOS LIMITADOS



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Información importante: Nómina de matriculados

Para consultar nómina de matriculados de la V Circunscripción – Sede Rafaela comunicarse a colabrafaela@wilnet.com.ar o al tel. 03492 – 431405 debido a que momentáneamente la nómina visualizada en la web institucional se encuentra en reparación.



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Recordatorio 5º clase del taller de práctica profesional (05/09/2017) y reprogramación de próximas clases.

TALLER DE PRACTICA PROFESIONAL 2017

ORGANIZA: COMISION DE JOVENES ABOGADOS.

LUGAR: CASA DEL FORO

RECORDAMOS  INGRESO Y EGRESO  POR CALLE BUENOS AIRES

 

CLASE Nº5 – Martes 05 de septiembre

*SERVICIO  PUBLICO PROVINCIAL DE LA DEFENSA PENAL: (16.00 a 18.00 hs) La defensa técnica en el proceso penal.- Dra. Estrella MORENO, Defensora Regional.

*NUEVO PROCESO PENAL: (18.30 a 20.30 hs): El rol del Juez de la Investigación Penal Preparatoria. – Dr. Alejando MOGNASCHI, Juez Penal.

 

 

REPROGRAMACION DE PRÓXIMAS CLASES:

Atendiendo a cuestiones de agenda de los disertantes y, asimismo, a actividades a desarrollarse en las instalaciones del SUM del Colegio, informamos las siguientes modificaciones en el cronograma publicado oportunamente:

 

Clase del Dr. Esteban Márquez Reprogramada para el 19 de septiembre  de 18.30 a 20.30. Ese mismo día se dictará la Clase nº6 Juzgados Federales en lo Civil y Penal (16.00 a 18.00) Cuestiones procesales y de secretaría. Dres. Silvio Visens, Sec. Civil y Federico Haeffelli, Sec. Penal.

Clase Nº 7 a cargo de los Dres. Cristian Werlen y Pablo Lorenzetti – Reprogramada para el 10 de octubre, idéntico horario.

Clase Nº 8 a cargo de los Dres. Edgardo Allochis y Lucas Marín – Reprograma para el 7 de noviembre, idéntico horario.

 

 

A quienes adeuden cuotas, les recordamos que podrán cancelarlas en administración del Colegio de Abogados en el horario de 08.00 a 16.00